RESOLUCIÓN 4 2021 SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

Síntesis:

SE RECTIFICA - RESOLUCIÓN 3-SECBI/21 - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - AUMENTO DEL VALOR DE LA HORA BASE - SUBSIDIO - ATENCIÓN DOMICILIARIA Y HOSPITALARIA DE PERSONAS MAYORES SIN COBERTURA DE OBRA SOCIAL

Publicación:

29/11/2021

Sanción:

23/11/2021

Organismo:

SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL


VISTO: las Leyes N° 731 y 5671 (textos consolidados Ley N° 6347), los Decretos N°

101-GCABA-17 y N° 262, 337 y sus modificatorios y 352-GCABA-21, las Resoluciones

N° 84-SECISPM-19 y 62-SECISPM-2, y la Resolución N° 3-SECBI-21y el EE-2021-

35149296-GCABA-DGPAPM, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente referido se dictó la Resolución N° 3-SECBI-21 a través de la

cual se incrementó, a partir del pago correspondiente a los servicios recibidos en el

mes de Octubre 2021, el valor de la hora base que se reconoce como subsidio para la

atención domiciliaria y hospitalaria de las personas mayores, en un quince por ciento

(15%), quedando determinado el valor hora en la suma de Pesos Doscientos Cuatro ($

204,-);

Que tal resolución ha tenido su sustento en la totalidad de las constancias obrantes en

el expediente referido en el Visto y en la normativa referida en el visto;

Que se ha advertido la existencia de un error involuntario de tipeo al consignarse el

nombre de la Secretaría a mi cargo, debido a que se ha consignado "La Secretaría de

Integración Social Resuelve", cuando, conforme los términos del Decreto N° 337-

GCABA-21 y su modificatorio, el nombre de la Secretaría a partir del 1 de noviembre

del corriente, resulta ser "Secretaría de Bienestar Integral";

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que subsane el

referido error.

Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto de NEcesidad y Urgencia

N° 1510/97,

LA SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

RESUELVE

Artículo 1°.- Rectifícanse los términos de la Resolución N° 3-SECBI-21 dejándose

establecido que donde dice "La Secretaria de Integración Social Resuelve", debe decir

"LA SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL RESUELVE".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efecto pase a la Dirección General Políticas

Asistenciales para Personas Mayores de la Secretaría de Bienestar Integral, y

comuníquese a la Direcciones Generales Administrativa, Contable y Presupuesto; y

Legal y Técnica, de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud del

Ministerio de Salud. Cumplido, archívese Maylin

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1º de la Resolución Nº 4-SECBI/21 rectifica los términos de la Resolución Nº 3-SECBI/21.</p>