DISPOSICIÓN 22 2021 CONSEJO DE GESTIÓN DEL PARQUE DE LA MEMORIA Y DEL MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO - LEY 3078
Síntesis:
SE ESTABLECE - SALA DE EXPOSICIONES - SALA PAYS - PARQUE DE LA MEMORIA Y MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO - CUMPLIMIENTO DELPROTOCOLO PARA LA VISITA DE PÚBLICO A SALAS DE MUSEOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
02/12/2021
Sanción:
29/11/2021
Organismo:
CONSEJO DE GESTIÓN DEL PARQUE DE LA MEMORIA Y DEL MONUMENTO A LAS VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO - LEY 3078
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nros.
260-PEN/20 y N° 167-PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20,
12/20, 15/20 y 17/20, 2/21, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21,10/21, 11/21 y 12/21, los Decretos N°
463/19 y sus modificatorios, N° 378/20 y N° 206/21, , las Resoluciones N° 133-
AVJG/20, N° 3096-MCGC/20, N° 3394-MCGC/20, N° 2216-MCGC/21, N° 2756-
MCGC/21, N° 3829-MCGC/21, N° 4131-MCGC/21 y N° 4620-MCGC/21,, las
Disposiciones N° 16- CGPMMVTE/20, N° 6-CGPMMVTE/21, N° 8-CGPMMVTE/21, N°
9-CGPMMVTE/21 y N° 10- CGPMMVTE/21 y el Expediente Electrónico N° EX-2020-
29392911-GCABA-CGPMMVTE, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto
consolidado por la Ley N° 6.347) se encuentran entre las responsabilidades primarias
de la Vicejefatura de Gobierno las de diseñar e implementar proyectos que fortalezcan
la cultura cívica y la participación ciudadana, planificar, formular, implementar y
ejecutar programas, proyectos y actividades referidas a desarrollo social, cultural y
artes visuales y escénicas, educación, y salud, así como la de entender en las
acciones y programas para la promoción y preservación de la defensa de los Derechos
Humanos;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando al Parque de la Memoria y del Monumento a las Víctimas del Terrorismo
de Estado como área desconcentrada en el ámbito de la Subsecretaría de Derechos
Humanos y Pluralismo Cultural de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la
Vicejefatura de Gobierno, quien entre otras responsabilidades primarias se encarga de
promover, desarrollar y ejecutar políticas públicas tendientes a la construcción de la
memoria colectiva sobre el terrorismo de Estado;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20 el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a
partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que posteriormente, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21, el Poder
Ejecutivo de la Nación, prorrogó la emergencia pública en materia sanitaria hasta el
día 31 de diciembre de 2021;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 2/21, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21,10/21, 11/21 y 12/21 hasta el día
30 de noviembre de 2021;
Que oportunamente, en el marco de las medidas sanitarias vigentes, mediante la
Resolución N° 133-AVJG/20 de fecha 28 de octubre del 2020 se aprobó el "Protocolo
para reapertura del espacio al aire libre del Parque de la Memoria Monumentos a las
Víctimas de Terrorismo de Estado" perteneciente a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que asimismo, a través del Decreto N° 378-AJG/20 se exceptuó del "aislamiento
social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular que fueran dispuestos
por el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297-PEN/20
y sus prórrogas, a las personas afectadas a la actividad de museos con público con
aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados;
Que en dicho marco, a través de la Resolución N° 3096-MCGC/20 se aprobó el
Protocolo "PROTOCOLO PARA LA VISITA DE PÚBLICO A SALAS DE MUSEOS DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES" con el objeto de establecer pautas
para prevenir y disminuir el riesgo de COVID-19 en la visita contemplativa de visitantes
a los museos públicos y de gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que posteriormente, mediante la Resolución N° 3394-MCGC/20 se aprobó un nuevo
"PROTOCOLO PARA LA VISITA DE PÚBLICO A SALAS DE MUSEOS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES";
Que a través de la Disposición N° 16-CGPMMVTE/20 se autorizó la reapertura de la
Sala de exposiciones PAyS - Presentes, Ahora y Siempre - perteneciente al Parque de
la Memoria y Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado situado en la Av.
Costanera Rafael Obligado 6745 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del
día 10 de diciembre del año 2020 con reserva previa de turno vía web a través de la
dirección de correo electrónico parquedelamemoria.reservas@gmail.com;
Que a su vez, teniendo en cuenta el contexto producto de la pandemia declarada en
relación al COVID-19 (Coronavirus), por medio de la Disposición N° 6-CGPMMVTE/21
se estableció el cierre de la sala de exposiciones (Sala PAyS) perteneciente al Parque
de la Memoria y Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado situado en la Av.
Costanera Rafael Obligado 6745 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día
30 de abril del año 2021, prorrogándose dicho plazo mediante las Disposiciones N° 8-
CGPMMVTE/21, N° 9-CGPMMVTE/21 y N° 10-CGPMMVTE hasta el día 11 de junio
de 2021 inclusive;
Que por su parte, mediante el Decreto N° 206/21 se autorizaron en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires ciertas actividades identificadas en su Anexo I (IF-
2021-17777392-GCABA-MDEPGC), donde se contempla la apertura, a partir del
viernes 18 de junio de 2021, de teatros y otros espacios culturales en la franja horaria
06.00 hs. a 23.00 hs y se estipula que el coeficiente de ocupación de las superficies
cerradas será del TREINTA POR CIENTO (30 %) del aforo, en relación con la
capacidad máxima habilitada;
Que posteriormente, mediante las Resoluciones N° 2216/MCGC/21, N° 2756-
MCGC/21 y N° 3829-MCGC/21 y N° 4131/MCGC/21 se aprobaron nuevos protocolos
para la visita de público a salas de museos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en función de la evolución de la situación epidemiológica de la pandemia declarada en
relación al COVID-19 (Coronavirus);
Que finalmente mediante la Resolución N° 4620/MCGC/21 se dejó sin efecto la
Resolución N° 4131/MCGC/21, y se aprobó un nuevo "PROTOCOLO PARA LA
VISITA DE PÚBLICO A SALAS DE MUSEOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES", en virtud de la situación sanitaria actual que presenta un descenso
en el número de casos positivo de COVID-19 en la gran mayoría de las jurisdicciones
y sumado a que se alcanzaron altas coberturas de vacunación;
Que, atento a lo expuesto, corresponde que en la sala de exposiciones (Sala PAyS)
del Parque de la Memoria y Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado se dé
cumplimiento a lo dispuesto en el "PROTOCOLO PARA LA VISITA DE PÚBLICO A
SALAS DE MUSEOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES" aprobado
por la citada Resolución N° 4620/MCGC/21.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establécese que en la sala de exposiciones (Sala PAyS) del Parque de la
Memoria y Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado se deberá dar
cumplimiento al "PROTOCOLO PARA LA VISITA DE PÚBLICO A SALAS DE
MUSEOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES" aprobado por
Resolución N° 4620/MCGC/21, o aquellos que en el futuro lo reemplacen, modifiquen
o complementen.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y a la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano, dependientes de la Vicejefatura de Gobierno. Hochbaum