RESOLUCIÓN 5273 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXIME - BENEFICIARIOS DEL INCENTIVO - DECRETO N° 547/16 - OBLIGACIÓN DE ACREDITAR - CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - EXPEDIDO POR AUTORIDAD POLICIAL - JUDICIAL - ADMINISTRATIVA - ARTÍCULO 24  RESOLUCIÓN N° 3620-MHGC/16 - MES DE DICIEMBRE DE 2021 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - COVID 19

Publicación:

02/12/2021

Sanción:

26/11/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y 167-PEN/21, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20 y sus modificatorios, los Decretos Nros.

266/09 Y 547/16 y modificatorios, las Resoluciones Nros. 3620- MHGC/16, 2909-

GCABA-MHFGC/20, 4471-GCABA-MHFGC/20 y 2062-GCABA-MHFGC/21, el

Expediente Electrónico N° 36157363-GCABA-DGCLAP/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo

Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial

de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de UN (1)

año a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto, el cual fue prorrogado

por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el 31 de diciembre de

2021;

Que desde entonces se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con

el objeto de atender la situación epidemiológica mencionada;

Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, se

declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación de contagio del mencionado virus en la población;

Que por su parte, mediante Decreto N° 547/16, se creó un régimen de retiro voluntario,

el cual contempla la percepción de un incentivo no remunerativo para aquellos

trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se hubieran

acogido al mismo;

Que mediante Resolución N° 3620-MHGC/16, se estableció que los agentes

beneficiarios del incentivo mencionado deben presentar, en los meses de Junio y

Diciembre de cada año, un certificado de supervivencia, conforme lo establecido en el

Decreto N° 266/09, sin lo cual, dejarán de percibir el incentivo hasta la efectiva

presentación del mismo;

Que a fin de reducir el riesgo de propagación del mencionado virus, mediante

Resoluciones Nros. 2909-GCABA-MHFGC/20, 4471-GCABA-MHFGC/20 y 2062-

GCABA-MHFGC/21 se eximió a los referidos beneficiarios de la presentación del

certificado de supervivencia correspondiente a los meses de Junio y Diciembre del año

2020, y Junio del año 2021 respectivamente;

Que a los mismos fines, se estima procedente eximir a los beneficiarios del incentivo

establecido en el Decreto N° 547/16, de la presentación del certificado de

supervivencia correspondiente al mes de Diciembre del año en curso.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 547/16 y

modificatorios,

EL MINISTRO

DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Exímese a los beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N°

547/16 y modificatorios, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia

expedido por autoridad policial, judicial o administrativa establecida en el artículo 24 de

la Resolución N° 3620-MHGC/16, correspondiente al mes de Diciembre de 2021.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 5273-MHFGC/21 exime de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia expedido por autoridad policial, judicial o administrativa establecida en el artículo 24 de la Resolución N° 3620-MHGC/16, correspondiente al mes de Diciembre de 2021.</p>