RESOLUCIÓN 3748 2021 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE AMPLÍA ALCANCE - PROGRAMA INTENSIFICACIÓN EN UN CAMPO DEL CONOCIMIENTO CREADO POR RESOLUCIÓN N° 565-SED/05 EN EDUCACIÓN MUSICAL - APRUEBA LINEAMIENTOS PEDAGOGICOS - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
06/12/2021
Sanción:
04/11/2021
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley 6.292 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución del Consejo Federal N° 111/10, las
Resoluciones Nros. 565-SED/05 y N° 1849-MEGC/17, el Expediente Electrónico N°
26.902.810/GCABA-DGEGE/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los
Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le confiere dicha
ley;
Que en el marco de la precitada norma es competencia del Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que por Resolución N° 565-SED/05 se creó el programa de escuelas primarias de
jornada completa con intensificación en un campo del conocimiento, en el ámbito de la
entonces Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que implica la inclusión de manera sistemática y continua de nuevas propuestas
de formación en la escuela primaria como las que proponen la intensificación en los
siguientes campos: artes, actividades científicas y educación física;
Que asimismo por la Resolución N° 1849-MEGC/17, se amplió el alcance del
Programa Intensificación en un Campo del Conocimiento, en "Nuevas Tecnologías";
Que la intensificación en un campo del conocimiento se constituye como una
reorganización pedagógica que contribuye a promover una diversificación de
experiencias formativas para los alumnos/as;
Que a partir del dictado de las citadas normas, se ha implementado la intensificación
de jornadas completas, aplicándose a diversos campos del conocimiento con
experiencias positivas, enriqueciendo la formación y educación de los alumnos/as en
Artes, Actividades Científicas, Educación Física y Nuevas Tecnologías;
Que la Resolución del Consejo Federal N° 111/10, reconoce el aporte de la Educación
Artística en la Educación Común y Obligatoria, consolidándose, así como un campo de
conocimiento conformado por diferentes lenguajes artísticos;
Que en dicho contexto, la música se configura como un campo de conocimiento
propicio para el abordaje de procedimientos de producción y de reflexión para la
formación de sujetos situados, críticos y capaces de interpretar la realidad socio-
histórica, favoreciendo su actuación comprometida en la sociedad;
Que en consideración de las constantes innovaciones, que trascienden al plano social,
económico y cultural, deviene necesario la apropiación de nuevas experiencias
formativas;
Que a dichos fines resulta conveniente y oportuno la ampliación del Programa de
Escuelas con Intensificación en un Campo del Conocimiento en "Educación Musical",
en el ámbito de la Dirección de Educación Primaria, de la Dirección General de
Educación de Gestión Estatal, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa;
Que la implementación de Escuelas con Intensificación en un Campo del
Conocimiento en "Educación Musical" permitirá hacer posible la ampliación y
diversificación de los espacios formativos específicos, tendientes a fortalecer el
ejercicio de prácticas variadas de producción, propiciar la construcción de
conocimientos musicales en su diversidad sonora, tímbrica y rítmica, buscando la
interdisciplinariedad de la enseñanza a través de asignaturas curriculares que
propicien lo musical en su diversidad sonora, tímbrica y rítmica;
Que la intensificación de la escuela renueva en términos de acción pedagógica y
educativa la tarea de la enseñanza, ya que supone la posibilidad de acompañar a los
niños y niñas desde una perspectiva sociocultural, situada en contexto, que pone a la
música y sus prácticas de producción en el medio, como gestora de experiencias
múltiples de aprendizaje;
Que la escuela intensificada en Música ofrece a las/os estudiantes la posibilidad de
adquirir herramientas expresivas y técnicas para la interpretación, la creación y la
audición comprensiva de la música, mediante experiencias que abarcan la práctica
instrumental, la enseñanza de los aspectos propios del discurso musical y la
lectoescritura, así como también la participación en actividades grupales vocales e
instrumentales;
Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno el dictado de un acto administrativo por
el que se amplíen los términos de la Resolución N° 565-SED/05, implementándose la
intensificación en "Educación Musical" en el marco del Programa de Escuelas con
Intensificación en un Campo del Conocimiento;
Que la implementación en cuestión se efectuará de manera progresiva a través de la
reglamentación respectiva;
Que habiendo tomado intervención la Dirección General de Educación de Gestión
Estatal y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, han
brindado su conformidad en los presentes;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
en el ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Ampliase el alcance del programa Intensificación en un Campo del
Conocimiento creado por Resolución N° 565-SED/05 en "Educación Musical".
Articulo 2°.- Apruébanse los lineamientos pedagógicos que se detallan en el Anexo
(IF-2021-26905217-GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establézcase que la Intensificación en un Campo del Conocimiento:
"Educación Musical" aprobada por Artículo 1°, se implementará en forma progresiva en
las Escuelas que oportunamente se designen.
Artículo 4°.- Determínase que el gasto que demande lo dispuesto en el artículo
precedente será imputado a la Jurisdicción 55 - Inciso 1 - Partida Principal 1.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Carrera Docente y a la Dirección General de
Personal Docente y No Docente ambas dependientes de la Subsecretaría de Carrera
Docente, a la Dirección General de Administración de Recursos, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a la
Dirección General de Educación de Gestión Estatal dependiente de la Subsecretaría
de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa. Cumplido, archívese. Acuña