DECRETO 385 2021

Síntesis:

SE DESESTIMA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO - SERGIO LUCIO RACIOPPI - CONTRA DECRETO N° 353/20 - SANCIONA CON CESANTÍA 

Publicación:

07/12/2021

Sanción:

02/12/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires

aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, la Ordenanza N° 40.593

(textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3.360/68 y 353/20, la

Resolución N° 2.320-MEGC/15, el Expediente Electrónico N° 17.868.351-MGEYA-

DGCLEI/15, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 2.320-MEGC/15 se dispuso la instrucción del sumario

administrativo N° 1.077/15 a fin de investigar los hechos y deslindar las

responsabilidades que pudieran corresponder en relación a las presuntas conductas y

actitudes disvaliosas en el desempeño docente en la Escuela de Danzas N° 1 "Prof.

Nelly Ramicone", en la clase de Música de 2° año 1° división, el día 15 de agosto de

2014;

Que, mediante Decreto N° 353/20, se sancionó con cesantía al señor Sergio Lucio

Racioppi (DNI N° 21.113.837), por haber infringido los deberes establecidos en el

artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°

6.347), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo N°

36, inciso f), del citado ordenamiento;

Que el agente Racioppi fue debidamente notificado del acto administrativo en cuestión,

en fecha 30 de octubre de 2020;

Que, consecuentemente, en fecha 10 de noviembre de 2020, el citado agente

presentó un escrito al que nominó recurso de reconsideración, en los términos del

artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593, y luego, el 22 de marzo de 2021, presentó una

ampliación de fundamentos del mencionado recurso, los que fueron interpuestos en

tiempo y forma;

Que el quejoso alega la falta de valoración y motivación del Decreto puesto en crisis y

el Informe N° IF-2020-25268374-GCABA-DGCLEI, el incumplimiento del plazo para

sustanciar el sumario administrativo, el incumplimiento del artículo 36 y 38 del Estatuto

Docente, la nulidad de las notificaciones realizadas con fecha 29/03/2017 y 04/05/2017

y la violación del ejercicio de su derecho de defensa;

Que dichos argumentos han sido minuciosamente analizados en el dictamen jurídico

N° IF-2021-11835233-GCABA-DGSUM de la Dirección General de Sumarios de la

Procuración General de la Ciudad;

Que, se ponderaron todos aquellos parámetros legales establecidos para meritar la

sanción a imponer, conforme lo previsto en el Artículo N° 36 de la Ordenanza N°

40.593 y el Artículo N° 22 del Decreto N° 3.360/68;

Que al recurrente no le asiste razón en sus dichos, toda vez que el acto administrativo

discutido deviene ajustado a derecho en su aspecto sustancial y adjetivo;

Que atento ello, y por las razones desarrolladas en el citado dictamen jurídico N° IF-

2021-11835233-GCABA-DGSUM, corresponde desestimar el recurso interpuesto;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de

Educación ha tomado la intervención que le compete.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desestímase el recurso de reconsideración interpuesto por el señor

Sergio Lucio Racioppi (DNI N° 21.113.837), contra el Decreto N° 353/20, mediante el

cual se ordenó sancionar con cesantía al referido docente.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

al señor Sergio Lucio Racioppi (DNI N° 21.113.837), en los términos del artículo N° 63

del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347), consignando que con

su dictado se agota la vía administrativa. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Acuña - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 385/21 desestima el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Sergio Lucio Racioppi contra el Decreto N° 353/20.</p>