RESOLUCIÓN 4412 2021 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE INCORPORA - ANEXO X - RESOLUCIÓN N° 2873/MCGC/20 Y SUS MODIFICATORIAS - CORONAVIRUS - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - VIVAMOS CULTURA - PARTICIPACIÓN - CESIÓN DE USO IMAGEN - VOZ - CREACIONES DE PROPIA AUTORÍA MENORES DE EDAD
Publicación:
10/12/2021
Sanción:
03/11/2021
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 6292 (Texto consolidado por Ley N° 6347), la Resolución N°
2873/MCGC/20 y sus modificatorias, el E.E. N° EX-2021-31208634- -GCABA-DGPSE,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6292 (Texto consolidado por Ley N° 6347) dispone en su artículo 1°
que: "El Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de
conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere la presente ley...",
estableciendo en el art. 22° que corresponde al Ministerio de Cultura asistir al Jefe de
Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, de acuerdo con los objetivos allí
enunciados, tales como "Diseñar e implementar las políticas, planes y programas
tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural", entre otros;
Que mediante la Resolución N° 2873/MCGC/20 y sus modificatorias, se creó la
actividad "Vivamos Cultura" con el objeto de que la oferta y contenidos culturales de la
Ciudad se encuentre accesible de forma remota y gratuita, a través de una plataforma
de comunicación audiovisual digital a demanda, durante la etapa de aislamiento social
obligatorio y una vez finalizada la misma;
Que, por razones técnicas y de eficiencia, resulta necesario incorporar un formulario a
los efectos de que las personas menores de edad que participan en actividades
creativas y culturales, exposiciones, charlas, talleres, capacitaciones y otros similares,
autoricen, a través de sus padres o tutores legales, la publicación en la plataforma
Vivamos Cultura de su imagen, voz y/o creaciones registradas y/o realizadas en el
marco de distintas actividades y propuestas del Ministerio de Cultura;
Que, por lo anteriormente mencionado, corresponde dictar el acto administrativo
pertinente.
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Agrégase a la Resolución N° 2873/MCGC/20 y sus modificatorias, el
Anexo X, identificado mediante IF-2021-33013647-GCABA-DGPSE, que a todos los
efectos forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro