DISPOSICIÓN 141 2021 DIRECCION GENERAL DESARROLLO PRODUCTIVO

Síntesis:

SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN - REGISTRO ÚNICO DE DISTRITOS ECONÓMICOS - DISTRITO DEL VINO - SOLICITUD DE ESPACIOS - BENEFICIARIOS - DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Publicación:

13/12/2021

Sanción:

07/12/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DESARROLLO PRODUCTIVO


VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y 6.447, los

Decretos Nros. 463-GCABA-AJG/19, su modificatorio 337-GCABA-AJG/21, y 343-

GCABA-AJG/21, la Resolución N° 323-GCABA-MDEPGC/21, el Expediente

Electrónico N° EX-2021-37393784-GCABA-DGDPR y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley No 6.292 se sanciono la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires que estableció las competencias del Ministerio de

Desarrollo Económico y Producción entre las que se encuentran las de ... Entender y

diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico integral de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad productiva y sustentable en

áreas estratégicas...;

Que por el Decreto N° 463-GCABA-AJG/19 y sus modificatorios, rige la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y se estableció a la Dirección General Desarrollo Productivo dependiente

de la Subsecretaria de Desarrollo Económico bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción, la cual tiene entre sus responsabilidades primarias las de...

realizar el diagnostico e implementar las acciones necesarias para la creación y

modificación de programas de fomento de la actividad económica en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires [...] y coordinar e implementar políticas públicas, planes,

programas y/o acciones que fomenten y consoliden el desarrollo de la competitividad y

productividad de los sectores vinculados al entramado productivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ley No 6.447 se creó el Distrito del Vino de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, dentro del área comprendida por las calles 12 de octubre, Espinosa, Biarritz,

Avenida San Martin, Carlos Antonio López, Avenida General Paz, Cervantes,

Tinogasta, Emilio Lamarca, Ricardo Gutiérrez, Alfredo R. Bufano y Terrero, en ambas

aceras;

Que la precitada Ley tiene como objeto promover el desarrollo económico de la

mencionada área geográfica de la Ciudad mediante el otorgamiento de beneficios

impositivos a quienes realicen inversiones destinadas al desarrollo de espacios para

llevar adelante actividades relacionadas a la industria vitivinícola;

Que mediante el Decreto Reglamentario No 343-GCABA-AJG/21 se designó al

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción como Autoridad de Aplicación de

tales normas y subsecuente otorgamiento de beneficios, para aquellas personas

humanas, personas jurídicas y uniones transitorias de empresas que realicen

proyectos de desarrollo de espacios en el Distrito del Vino, dictaminando acerca de su

procedencia en su inscripción ante el Registro Único de Distritos Económicos, al igual

que su permanencia;

Que, por su parte, por Resolución N° 323-GCABA-MDEPGC/21, se establecieron las

competencias de la Dirección General Desarrollo Productivo, entre las que se

encuentran: "promover la realización de desarrollos de espacios en el Distrito para la

realización de actividades comprendidas en el artículo 3° de la citada ley... fomentar y

gestionar el pleno desarrollo y evolución del Distrito a través de la coordinación con los

demás organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los

gobiernos provinciales de las regiones productoras de vino del país y con el sector

privado en coordinación con la Subsecretaria de Bienestar Ciudadano". Asimismo, se

delegó la facultad de establecer los requisitos de inscripción al el Registro de la

Economía del Conocimiento;

Que a tales efectos, los proyectos de desarrollo de espacios presentados deberán

contar con un área de acceso al público, consumidor final o turista, como puntos de

venta minorista de vinos, bares de vinos, vinotecas y cavas, restaurantes y

emprendimientos gastronómicos basados en lograr una experiencia conjunta al vino,

centros de formación y capacitación sobre el vino, museos y exposiciones

relacionadas al vino, zonas de degustación, esparcimiento y promoción de la industria,

siendo la autoridad de aplicación la encargada de adicionar otros espacios que

considere necesarios;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta pertinente facultar a la Dirección General

Desarrollo Productivo, o en el organismo que en un futuro la reemplace, a ejercer las

distintas competencias en relación al Régimen de Distrito del Vino regido por Ley N°

6.447 y dotarla asimismo de la potestad de establecer requisitos y regular el trámite de

inscripción a aquel;

Que asimismo tales competencias comprenden la promoción, el fomento y desarrollo

de la industria vitivinícola de la Ciudad, como llevar adelante el Registro Único de

Distritos Económicos a fin de otorgar y cancelar las inscripciones de los beneficiarios,

de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos exigidos en la presente ley y la

reglamentación.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE DESARROLLO PRODUCTIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el procedimiento y requisitos de inscripción al Registro Único

de Distritos Económicos enumerados en el Anexo I (IF-2021-37399233-GCABA-

DGDPR) y el Formulario de Inscripción indicado en el Anexo II (IF-2021-37400505-

GCABA-DGDPR), que a todos sus efectos forman parten de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que los solicitantes deberán dirigir sus presentaciones a

través de la casilla de correo electrónico distritodelvino@buenosaires.gob.ar,

adjuntando un enlace de almacenamiento en la nube en donde se aloje la

documentación requerida a tales efectos.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Subsecretaría

de Desarrollo Económico. y a la Dirección General Desarrollo Productivo, Cumplido,

archívese. Seco


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 141-DGDPR/21 aprueba el procedimiento y requisitos de inscripción al Registro Único de Distritos Económicos, </p>