RESOLUCIÓN 5569 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE SUSTITUYE ARTÍCULO - ANEXO I - RESOLUCIÓN 3749-MEFGC/19 - PROCEDIMIENTO - DESIGNACIONES - CARÁCTER TRANSITORIO - FECHA - DOCUMENTO ELECTRÓNICO - VICEJEFE DE GOBIERNO - MINISTROS/AS -  SECRETARIOS/AS - SUBSECRETARIOS/AS - DEPENDENCIA DIRECTA AL JEFE DE GOBIERNO - MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS - NOMBRAMIENTO - IDÉNTICO CRITERIO - DEBERÁ ADOPTARSE CUANDO LA DESIGNACIÓN FUERA EFECTUADA POR LA MÁXIMA AUTORIDAD DEL ENTE AUTÁRQUICO - A PROPUESTA DE LA AUTORIDAD SUPERIOR - EN LOS SUPUESTOS DE MODIFICACIÓN Y/O CREACIÓN DE ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS DE GOBIERNO - LAS DESIGNACIONES DE CARÁCTER TRANSITORIO - PODRÁN EFECTUARSE DE MANERARETROACTIVA A LA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DE DICHA ESTRUCTURA - SIEMPRE QUE LAS AUTORIDADES CITADAS PRECEDENTEMENTE - HUBIERAN GENERADO EL CORRESPONDIENTE DOCUMENTO ELECTRÓNICO DE PROPICIACIÓN - DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS CORRIDOS POSTERIORES A LA FECHA DE PUBLICACIÓN - BOLETÍN OFICIAL - ACTO QUE APRUEBA Y/O MODIFICA DICHA ESTRUCTURA 

Publicación:

22/12/2021

Sanción:

16/12/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N° 3749-

GCABA-MEFGC/19 y su modificatoria N° 1021-GCABA-MHFGC/21, el Expediente

Electrónico N° 38084355-GCABA-DGCLAP/21, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatoria, se

aprobaron, entre otras, las disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial y

el procedimiento de selección para los cargos del Régimen Gerencial del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, respecto de las designaciones transitorias en el referido régimen, el artículo 9°

del Anexo I de la normativa precitada, establece que las designaciones de carácter

transitorio no podrán efectuarse con anterioridad a la fecha de generación del

documento electrónico mediante el cual el Vicejefe de Gobierno, ministros, secretarios

y/o subsecretarios con dependencia directa al Jefe de Gobierno hayan propuesto, el

nombramiento respectivo y que idéntico criterio deberá adoptarse cuando la

designación fuera efectuada por la Máxima Autoridad del Ente Autárquico, a propuesta

de la Autoridad Superior de la cual depende el cargo en cuestión;

Que resulta conveniente que la normativa en cuestión, contemple dentro de sus

previsiones, las designaciones de carácter transitorio efectuadas dentro del régimen

gerencial de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como

consecuencia de modificaciones y/o creaciones de estructuras organizativas;

Que en ese sentido, correspondería posibilitar que dichas designaciones sean

efectuadas de manera retroactiva al momento en que las estructuras organizativas en

cuestión hayan sido modificadas y/o creadas;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que

incorpore a la referida normativa, los lineamientos previamente mencionados.

Por ello y en orden a las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyese el artículo 9° del Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-

MEFGC/19, por el siguiente: "Artículo 9°.- Las designaciones de carácter transitorio no

podrán efectuarse con anterioridad a la fecha de generación del documento

electrónico mediante el cual el/la Vicejefe de Gobierno, ministros/as, secretarios/as y/o

subsecretarios/as con dependencia directa al Jefe de Gobierno, hayan propuesto al

Ministro de Hacienda y Finanzas el nombramiento respectivo. Idéntico criterio deberá

adoptarse cuando la designación fuera efectuada por la Máxima Autoridad del Ente

Autárquico, a propuesta de la Autoridad Superior de la cual depende el cargo en

cuestión. En los supuestos de modificación y/o creación de estructuras organizativas

de Gobierno, las designaciones de carácter transitorio podrán efectuarse de manera

retroactiva a la fecha de entrada en vigencia de dicha estructura, siempre que las

autoridades citadas precedentemente, hubieran generado el correspondiente

documento electrónico de propiciación, dentro de los diez (10) días corridos

posteriores a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

del acto que aprueba y/o modifica dicha estructura".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, a la Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno y a la

Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 5569-MHFGC/21, sustituye el artículo 9° del Anexo I de la Resolución 3749-GCABAMEFGC/19.</p>