RESOLUCIÓN 5578 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE AUTORIZA - APROBAR GASTOS DURANTE EL MES DE DICIEMBRE DE 2021 - FORMA ADICIONAL A - TITULAR - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
22/12/2021
Sanción:
16/12/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Ley N° 6292, el Decreto N° 433/16 y sus modificatorios Nros. 225/21 y 342/21,
las Resoluciones Nros. 1084/GCABA/MHFGC/21, 1307/GCABA/MHFGC/21 y
4050/GCABA/MHFGC/21 y el Expediente N° 9.320.704-GCABA-DGTALMHF-21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los procedimientos de
ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la
Ciudad, de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 70;
Que conforme el Anexo I del Decreto N° 433/16, uno de los procedimientos de
ejecución presupuestaria es el de aprobación de gastos descentralizados
operativamente para los Hospitales de la Ciudad y demás efectores de Salud y para
las Jurisdicciones y Entidades, conforme puntos 4 y 5 del referido Anexo;
Que a través del artículo 3° del Decreto N° 342/21, se actualizaron los montos
establecidos en los mencionados puntos 4 y 5;
Que asimismo, a través del artículo 2° del mencionado Decreto N° 342/21 se
estableció que " ... En caso que el funcionario considere que no pueda realizar la
aprobación del gasto sin exceder alguna de las competencias por monto establecidas
en los puntos 4 y 5 del Anexo I del presente Decreto, o que por cuestiones de
celeridad, se hubiese encontrado en la necesidad de contraer el gasto, el titular de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente podrá solicitar al Ministro de Hacienda y
Finanzas la autorización correspondiente, el cual considerará dicha solicitud
ponderando la oportunidad, mérito y conveniencia de la prestación para el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El titular de la Jurisdicción o Entidad, o
funcionario con rango de Secretario, podrá aprobar el gasto cuando sea otorgada la
precedente autorización por parte del Ministro de Hacienda y Finanzas";
Que mediante la sanción de la Ley N° 6292, se asignaron los objetivos primarios del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la ley referida contempla entre las competencias de la citada jurisdicción las
políticas públicas destinadas a la atención social de la población en situación de
vulnerabilidad;
Que en el presente ejercicio y previo al dictado del Decreto N° 342/21, resultó
necesario dictar las Resoluciones Nros. 1084/GCABA/MHFGC/21 y
1307/GCABA/MHFGC/21, a los efectos de delegar en la titular del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, la facultad de aprobar gastos por servicios de
alimentación, limpieza, desinfección, fumigación, transporte, mantenimiento, lavado y
planchado, prestados por la Jurisdicción y relativos a los efectores y edificios que
brindan asistencia directa a los beneficiarios de los diferentes programas sociales y
bajo la modalidad del Decreto 433/16;
Que además se dictó la Resolución N° 4050/GCABA/MHFGC/21, autorizando, a la
titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, a aprobar gastos en forma
adicional, relativos a servicios esenciales de alimentación;
Que en el marco de las políticas públicas destinadas a la atención social de la
población en situación de vulnerabilidad social, la Sra. Ministra de Desarrollo Humano
y Hábitat, mediante Nota N° 38186689-GCABA-MDHYHGC-2021, requiere una nueva
autorización para aprobar gastos durante el mes de diciembre de 2021, por la suma de
PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES ($ 42.000.000), correspondientes a servicios
esenciales de limpieza, aseo y fumigación en virtud de prestaciones brindadas entre
febrero y julio de 2021 por la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria
dependiente de la Secretaria de Integración Social para Personas Mayores, que a
partir del 1° de agosto se transfirieron a la órbita del Ministerio de Salud;
Que la titular del mencionado Ministerio informa que la Jurisdicción cuenta con una red
de más de cien (100) efectores que brindan asistencia directa a los beneficiarios de los
diferentes programas sociales, como así también, con edificios donde funcionan las
administraciones centrales de la totalidad de las dependencias y programas referidos
precedentemente, en los cuales se interviene de manera transversal para brindar
asistencia a todos los efectores y las unidades de organización mencionados
anteriormente;
Que en consecuencia, pone de manifiesto que los mencionados servicios esenciales
no pudieron ser atendidos completamente por los mecanismos de la Ley de Compras
y Contrataciones y deben canalizarse mediante el Decreto N° 433/16 y sus
modificatorios Nros. 225/21 y 342/21;
Que en el contexto descripto y siendo imprescindible garantizar con celeridad los
citados servicios esenciales de limpieza, aseo y fumigación, resulta necesario dictar el
presente acto administrativo procediendo a otorgar la autorización solicitada.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 342/21,
modificatorio del Decreto N° 433/16,
Artículo 1°. Autorízase a la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, a
aprobar gastos durante el mes de diciembre de 2021, en forma adicional a la facultad
otorgada en el punto 5 del Anexo I del Decreto N° 433/16 y su Decreto modificatorio N°
342/21, por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES ($ 42.000.000),
correspondientes a servicios esenciales de limpieza, aseo y fumigación en virtud de
prestaciones brindadas en la Jurisdicción.
Artículo 2°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y a las Direcciones
Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería.
Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Mura