LEY 6481 2021

Síntesis:

SE CONDONA DEUDA - IMPUESTO INMOBILIARIO Y TASA RETRIBUTIVA DE LOS SERVICIOS DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS MANTIENE - COOPERATIVA DE VIVIENDA SAN SALVADOR LTDA - PROPIEDAD - CALLE MÉXICO 967 - EXIMICIÓN DE IMPUESTOS

Publicación:

12/01/2022

Sanción:

09/12/2021

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/01/2022


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase a la Cooperativa de Vivienda San Salvador Ltda., Matricula N°

55319, Resolución N° 3637, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

(INAES) del pago del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios de

Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros que

recae sobre la propiedad ubicada en la calle México 967 Circunscripción 13, Sección

12 Manzana 072, Parcela 019, Partida N° 216450.

Art. 2°.- Exímase a la Cooperativa de Vivienda San Salvador Ltda., Matricula N°

55319, Resolución N° 3637, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

(INAES) del pago del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de Servicios de

Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros a la

propiedad ubicada en la calle México 967 Circunscripción 13, Sección 12, Manzana

072, Parcela 019, Partida N° 216450.

Art. 3°.- La eximición regirá hasta la restitución del predio por cumplimiento del plazo

establecido o por incumplimiento de la beneficiaria de las obligaciones establecidas en

la Ley 6405.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi

Buenos Aires, 10 de enero de 2022

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.481 (Expediente Electrónico N° 38957606-

GCABA-DGALE/2021), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires en su sesión del día 9 de diciembre de 2021, ha quedado

automáticamente promulgada el día 7 de enero de 2022.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección

General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al

Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Montiel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Arts. 1 y 2 de la Ley 6481 condonan deuda y eximen de impuestos a la Cooperativa de Vivienda San Salvador Ldta.</p><p>Art. 3 establece que a eximición regirá hasta la restitución del predio por cumplimiento del plazo establecido o por incumplimiento de la beneficiaria de las obligaciones establecidas en la Ley 6405.</p>