RESOLUCIÓN 92 2022 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 2280-SSGRH-21 - SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR EL PERMISO DE AUSENCIA EXTRAORDINARIO - TRABAJADORES/AS ALCANZADOS POR RESOLUCIÓN CONJUNTA 48-MHFGC-21 - VIAJES AL EXTERIOR - CONTACTOS ESTRECHOS - DECLARACIONES JURADAS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 - CORONAVIRUS
Publicación:
12/01/2022
Sanción:
10/01/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
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ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y 867-PEN/21, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,
8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20,
37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122- LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-
LCABA/21, 74/LCABA/21, 132- LCABA/21, 151-LCABA/21, 165- LCABA/21, 197-
LCABA/21 y 222-LCABA/21, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 48-GCABA-
MHFGC/21 y N° 11-GCABA-MHFGC/22, la Resolución N° 2280/GCABA-SSGRH/21 y
el Expediente Electrónico N° 2022-03141288-GCABA-SSGRH, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 867/PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de 2022;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21
hasta el 31 de enero de 2022;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74/LCABA/21, 132-
LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-LCABA/21 y 222-LCABA/21 la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,
9/21, 10/21, 11/21, 12/21 y 13/21, respectivamente;
Que, en dicho contexto de emergencia sanitaria, se dictó la Resolución de Firma
Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 a través de la cual se creó un permiso de
ausencia extraordinario de carácter obligatorio en el ámbito del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, que asegura el aislamiento de aquellos/as trabajadores/as
que se vieran alcanzados por las situaciones allí previstas;
Que en virtud de dicha resolución, se dictó la Resolución N° 2280/GCABA-SSGRH/21
por la cual se aprobaron los procedimientos que debían ser cumplidos para tramitar el
permiso de ausencia extraordinario de trabajadores/as alcanzados/as en el artículo 3
inciso a) y b) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21;
Que posteriormente mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 11/GCABA-
MHFGC/22, se modificaron los artículos 2°, 3° y 4° y se dejó sin efecto el artículo 6°,
todos de la ya referida Resolución N° 48/GCABA-MHFGC/21, en virtud de la evolución
de la situación epidemiológica;
Que en consecuencia, deviene necesario dictar el presente acto administrativo con el
objeto de dejar sin efecto la Resolución N° 2280/GCABA-SSGRH/21 y aprobar nuevos
aspectos operativos en virtud de la modificación operada por la Resolución de Firma
Conjunta N° 11/GCABA-MHFGC/22;
Que, en tal sentido, por el artículo 8° de la Resolución N° 48/GCABA-MHFGC/21 se
facultó a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, a dictar las normas complementarias, aclaratorias e
interpretativas que requiera la aplicación de dicha norma.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Resolución N°
48/GCABA-MHFGC/21,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 2280/GCABA-SSGRH/21.
Artículo 2°.- Apruébese el procedimiento que deberá cumplirse para tramitar el
permiso de ausencia extraordinario de trabajadores/as alcanzados/as en el artículo 3
inciso a) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y su
modificatoria Resolución N° 11/GCABA-MHFGC/22 que, como Anexo I (IF-2022-
03145944-GCABA-SSGRH), forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébese el procedimiento que deberá cumplirse para tramitar el
permiso de ausencia extraordinario de trabajadores/as alcanzados/as en el artículo 3
inciso b) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y su
modificatoria Resolución N° 11/GCABA-MHFGC/22 que, como Anexo II (IF-2022-
03146521-GCABA-SSGRH), forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Apruébense las declaraciones juradas que deberán cumplirse para
solicitar el permiso de ausencia extraordinario en los supuestos alcanzados en el
artículo 3° inciso b) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y
su modificatoria Resolución N° 11/GCABA-MHFGC/22 que, como Anexos III (IF-2022-
03146885-GCABA-SSGRH) y IV (IF-2022-03147865-GCABA-SSGRH), forman parte
integrante de la presente.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, entes descentralizados y comunas.
Cumplido, archívese. Fernández