RESOLUCIÓN 180 2022 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO DECLARACIONES JURADAS APROBADAS POR RESOLUCIÓN 92-SSGRH/22 - SE APRUEBAN LAS DECLARACIONES JURADAS QUE DEBERÁN CUMPLIRSE PARA SOLICITAR EL PERMISO DE AUSENCIA EXTRAORDINARIO DE LA RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 48-MHFGC/21 - PERSONAL DE PLANTA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - AGENTES - LICENCIAS - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR EL PERMISO DE AUSENCIA EXTRAORDINARIO - TRABAJADORES/AS
Publicación:
26/01/2022
Sanción:
20/01/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Estado:
No vigente
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y 867-PEN/21, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,
8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20,
37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-
LCABA/21, 74/LCABA/21, 132-LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-
LCABA/21 y 222-LCABA/21, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 48-GCABA-
MHFGC/21 y N° 11-GCABA-MHFGC/22, las Resoluciones N° 842/GCABA-MSGC/20,
N° 96/GCABA-MSGC/22, N° 92/GCABA-SSGRH/22 y N° 144/GCABA-SSGRH/22, y el
Expediente Electrónico N° 2022-04623322-GCABA-SSGRH, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional
N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 867/PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de 2022;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21
hasta el 31 de enero de 2022;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74/LCABA/21, 132-
LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-LCABA/21 y 222-LCABA/21 la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,
9/21, 10/21, 11/21, 12/21 y 13/21, respectivamente;
Que, en dicho contexto de emergencia sanitaria, se dictaron las Resoluciones de
Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y su modificatoria N° 11-GCABA-
MHFGC/22 a través de las cuales se creó un permiso de ausencia extraordinario de
carácter obligatorio en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que asegura el aislamiento de aquellos/as trabajadores/as que se vieran
alcanzados por las situaciones contempladas en el "PROTOCOLO DE MANEJO
FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS
(COVID-19)", aprobado mediante Resolución N° 842/GCABA-MSGC/20 y actualizado
por Resolución N° 96/GCABA-MSGC/22;
Que en virtud de las citadas resoluciones, se dictaron, por un lado, la Resolución N°
92/GCABA-SSGRH/22 por la cual se aprobaron los procedimientos que deben ser
cumplidos para tramitar el permiso de ausencia extraordinario de trabajadores/as
alcanzados/as en el artículo 3 inciso a) y b) de la Resolución de Firma Conjunta N°
48/GCABA-MHFGC/21, y, por el otro, la Resolución N° 144/GCABA-SSGRH/22, por la
cual se aclara el alcance del Punto 8 del ya referido protocolo en relación al permiso
de ausencia extraordinario;
Que como consecuencia de las últimas modificaciones expuestas, deviene necesario
dictar el presente acto administrativo con el objeto de dejar sin efecto las
declaraciones juradas que fueran aprobadas como Anexos III y IV en el artículo 4° de
la Resolución N° 92/GCABA-SSGRH/22 y aprobar las nuevas con las actualizaciones
correspondientes.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Resolución N°
48/GCABA-MHFGC/21,
Artículo 1°.- Déjanse sin efecto las declaraciones juradas que como Anexos III (IF-
2022-03146885-GCABA-SSGRH) y IV (IF-2022-03147865-GCABA-SSGRH), se
aprobaron en el artículo 4° de la Resolución N° 92/GCABA-SSGRH/22.
Artículo 2°.- Apruébense las declaraciones juradas que deberán cumplirse para
solicitar el permiso de ausencia extraordinario en los supuestos alcanzados en el
artículo 3° inciso b) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y
su modificatoria Resolución N° 11/GCABA-MHFGC/22 que, como Anexos III (IF-2022-
04670967-GCABA-SSGRH) y IV (IF-2022-04671067-GCABA-SSGRH), forman parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, entes descentralizados y comunas.
Cumplido, archívese. Fernández
ANEXOS