RESOLUCIÓN 1 2022 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SE ESTABLECE - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS -  ASIGNADAS A JURISDICCIONES - AÑO 2022 - JEFE DE GOBIERNO - SECRETARÍA DE MEDIOS - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN, CONTENIDOS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA - SECRETARÍA DE AMBIENTE - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN CULTURAL - SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE GESTIÓN - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE GOBIERNO - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

Publicación:

18/01/2022

Sanción:

12/01/2022

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 27 de diciembre del 2022.

VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

463/19 y modificatorios, y 416/21, y el Expediente Electrónico N° 03394931-GCABA-

DGDSCIV/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y

el 31 de diciembre de 2020;

Que a través del Decreto N° 416/21 se prorrogó el citado régimen modular por el

período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022 a fin de

continuar con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establécese la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias

asignadas a las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2022-03395140-GCABA-

DGDSCIV), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución,

por el período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios, Secretarías y

Subsecretarías del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos

Aires, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6299

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.de la Resolucion N° 22-MJGGC...-22 sustituye a partir del 1 de octubre de 2022, el Anexo de la Resolucion N° 1-MJGGC...-22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolucion N° 21-MJGGC...-22 sustitutye, a partir del 1 de septiembre de 2022, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC...- 22 y modificatorias. </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 20/MJGGC/22, rectifíca el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 19/MJGGC/22. Sustituyendo a partir del 1 de agosto de 2022, el Anexo identificado como IF-2022- 27804897-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/22 y modificatorias por el Anexo identificado como IF-2022-30681763-GCABA-DGDSCIV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 19/MJGGC/MHFGC/22, Sustituye, a partir del 1 de agosto de 2022, el Anexo identificado como IF-2022-25805271-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/MHFGC22. </p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° Resolucion 18-MJGGC... -22  sustituye, a partir del 1 de julio de 2022, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC....-22</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° Resolucion N° 17-MJGGC...-22 sustituye  a partir del 1/06/2022 el Anexo de la Resolucion N° 1-MJGGC...-22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 14-MJGGC/MHGC/22 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 13/MJGGC/22, modificatoria de la Resolución 1-MJGGC-MHFGC/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 13/MJGGC/MHFGC<strong>/</strong>22, sustituye, a partir del 1 de abril de 2022, el Anexo (IF-2022-15263341- GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/22 y modificatorias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.Resolucion N° 1-MJGGC...-22 sustituye,a partir del 1 de abril de 2022, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC....- 22 y modificatorias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 10-MJGGC-MHFGC/22 sustituye a partir del 1 de marzo de 2022 la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-MHFGC/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución Conjunta 7/MJGGC/22, rectifíquese el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta N° 1/MJGGC/22, modificada por Resolución de Firma Conjunta N° 5/MJGGC/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 5/MJGGC-MHFGC/22 sustituye, a partir del 1 de febrero de 2022, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC-MHFGC/22</p>
MODIFICADA POR
<p> Articulo N° 1 Resolucion 4-MJGGC...-22 sustituye a partir del 1 de enero de 2022, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC...- 22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución  3/MJGGC/MHFGC/22, rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC/22, modificada por Resolución de Firma Conjunta  2/MJGGC/22.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 2-MJGGC-MHFGC/22 sustituye el anexo de la Resolución Conjunta N° 1-MJGGC-MHFGC/22.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 1-MJGGC/MHYFGC/22 establece la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias<br />asignadas a las jurisdicciones detalladas en el Anexo, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, en el marco de la prórroga aprobada por Decreto 416/21.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 23/MJGGC/22 sustituye, a partir del 1° de diciembre de 2022, el Anexo identificado como IF-2022-39291236-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/22. </p>