RESOLUCIÓN 144 2022 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

ACLARACIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 48-MHFGC/21 - PERSONAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS - COVID 19 - TRABAJADORES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - JEFE DE GOBIERNO - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - DIRECCIONES GENERALES - SERVICIOS DE ATENCIÓN PERMANENTE - PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL - LEGAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA - HABILITACIÓN DE CONDUCTORES - UNIDAD ATENCIÓN CIUDADANA - COLONIAS DE VERANO - ACTIVIDADES - VACACIONES EN LA ESCUELA - ACTIVIDADES EDUCATIVAS DE VERANO

Publicación:

24/01/2022

Sanción:

14/01/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Estado:

No vigente


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20 y 867-PEN/21, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,

8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20,

37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122- LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-

LCABA/21, 74/LCABA/21, 132- LCABA/21, 151-LCABA/21, 165- LCABA/21, 197-

LCABA/21 y 222-LCABA/21, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 48-GCABA-

MHFGC/21 y N° 11-GCABA-MHFGC/22, las Resoluciones N° 842/GCABA-MSGC/20,

N° 96/GCABA- MSGC/22 y N° 92/GCABA-SSGRH/22 y el Expediente Electrónico N°

2022-04078940-GCABA-SSGRH, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nacional

N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir

de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 867/PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de 2022;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la emergencia sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21 y 14/21

hasta el 31 de enero de 2022;

Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-

LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74/LCABA/21, 132-

LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-LCABA/21 y 222-LCABA/21 la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,

9/21, 10/21, 11/21, 12/21 y 13/21, respectivamente;

Que, en dicho contexto de emergencia sanitaria, se dictaron las Resoluciones de

Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21 y su modificatoria N° 11-GCABA-

MHFGC/22 a través de las cuales se creó un permiso de ausencia extraordinario de

carácter obligatorio en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, que asegura el aislamiento de aquellos/as trabajadores/as que se vieran

alcanzados por las situaciones contempladas en el "PROTOCOLO DE MANEJO

FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS

(COVID-19)", aprobado mediante Resolución N° 842/GCABA-MSGC/20;

Que en virtud de las citadas resoluciones, se dictó la Resolución N° 92/GCABA-

SSGRH/22 por la cual se aprobaron los procedimientos que deben ser cumplidos para

tramitar el permiso de ausencia extraordinario de trabajadores/as alcanzados/as en el

artículo 3 inciso a) y b) de la Resolución de Firma Conjunta N° 48/GCABA-MHFGC/21;

Que posteriormente, mediante Resolución N° 96/GCABA-MSGC/22, el Ministerio de

Salud actualizó el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS

Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)", aprobado por la Resolución N°

842/GCABA-MSGC/20, en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las

recomendaciones actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la

Organización Panamericana de la Salud (OPS) sumado a la experiencia local, así

como también, la necesidad de sostener las medidas de cuidado a la ciudadanía y a

su vez sostener funcionamiento de servicios fundamentales para la sociedad, y de

acuerdo a las recomendaciones del Gobierno Nacional comunicadas en el COFESA

del día 11 de enero de 2022;

Que en particular, se modificó el Punto 8 del Protocolo en relación al manejo de casos

por contacto estrecho, específicamente las condiciones para no realizar el aislamiento

respecto al personal de salud, de la Policía de la Ciudad, de Bomberos de la Ciudad,

agentes de tránsito, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat afectado a la

gestión social de la pandemia y de "todo el personal del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires que garantice el funcionamiento de la administración

pública por la autoridad competente y otros sectores cuyos servicios sean

determinados como fundamentales para la comunidad, durante la subsistencia de la

situación epidemiológica vigente";

Que, en tal sentido, por el artículo 8° de la Resolución N° 48/GCABA-MHFGC/21 se

facultó a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, a dictar las normas complementarias, aclaratorias e

interpretativas que requiera la aplicación de dicha norma;

Que conforme lo expuesto, deviene necesario dictar el presente acto administrativo

aclarando el alcance de "personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires que garantice el funcionamiento de la administración pública por la autoridad

competente y otros sectores cuyos servicios sean determinados como fundamentales

para la comunidad, durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente"

contemplado en el Punto 8 del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS

SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)", aprobado por

la Resolución N° 842/GCABA-MSGC/20 y su modificatoria N° 96/GCABA-MSGC/22,

en relación al permiso de ausencia extraordinario creado en la Resolución N°

48/GCABA-MHFGC/21 y su modificatoria.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 8° de la Resolución N°

48/GCABA-MHFGC/21,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aclárese que, a los fines de la aplicación de la Resolución N° 48/GCABA-

MHFGC/21 y su modificatoria, el "personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires que garantice el funcionamiento de la administración pública por la

autoridad competente y otros sectores cuyos servicios sean determinados como

fundamentales para la comunidad, durante la subsistencia de la situación

epidemiológica vigente" al cual hace referencia el Punto 8 del "PROTOCOLO DE

MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE

CORONAVIRUS (COVID-19)", aprobado por la Resolución N° 842/GCABA-MSGC/20

y su modificatoria N° 96/GCABA-MSGC/22, refiere a los/as trabajadores/as que

prestan servicios efectivos en las áreas y reparticiones enumeradas en el Anexo I (IF-

2022-04166254-GCABA-SSGRH) que a todos los efectos forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, entes descentralizados y comunas.

Cumplido, archívese. Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6303

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 144-SSGRH/22 aclara que, a los fines de la aplicación de la Resolución Nº 48-MHFGC/21 y su modificatoria, el “personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que garantice el funcionamiento de la administración pública por la autoridad competente y otros sectores cuyos servicios sean determinados como fundamentales para la comunidad, durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente” al cual hace referencia el Punto 8 del “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)”, aprobado por la Resolución Nº 842-MSGC/20 y su modificatoria Nº 96-MSGC/22, refiere a los/as trabajadores/as que prestan servicios efectivos en las áreas y reparticiones enumeradas en el Anexo I que a todos los efectos forma parte integrante de la presente</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 319-SSGRH/22 deja sin efecto la Resolución N° 144-SSGRH/22.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 144-SSGRH/22 aclara que, a los fines de la aplicación de la Resolución Nº 48-MHFGC/21 y su modificatoria, el “personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que garantice el funcionamiento de la administración pública por la autoridad competente y otros sectores cuyos servicios sean determinados como fundamentales para la comunidad, durante la subsistencia de la situación epidemiológica vigente” al cual hace referencia el Punto 8 del “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS (COVID-19)”, aprobado por la Resolución Nº 842-MSGC/20 y su modificatoria Nº 96-MSGC/22, refiere a los/as trabajadores/as que prestan servicios efectivos en las áreas y reparticiones enumeradas en el Anexo I que a todos los efectos forma parte integrante de la presente.</p>