RESOLUCIÓN 41 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE PRORROGA - HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2022 - PLANTA TRANSITORIA DE PLAN DE VACUNACIÓN COVID-19 - DESIGNACIONES EFECTUADAS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE SALUD - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - PERSONAL DE SALUD

Publicación:

03/02/2022

Sanción:

31/01/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 y 167/PEN/21, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20,17/20, 5/21, 7/21,

8/21, 9/21,10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, el Decreto N° 32/21, las

Resoluciones Conjuntas Nros. 96/GCABAMHFGC/21, RESFC N°

104/GCABAMHFGC/21, RESFC N°283/GCABAMHFGC/21, RESFC N°

492/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 529/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 616/GCABA-

MHFGC/21, RESFC N° 702/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 800/GCABAMHFGC/21 y

RESFC N° 870/GCABAMHFGC/21; el Expediente Electrónico N° 04808409-GCABA-

DGAYDRH/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a

partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fuera prorrogado mediante

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167/PEN/21 y N° 867/PEN/21 hasta el 31 de

diciembre de 2022;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas por

los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20,15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,

9/21; 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21 y 1/22, se declaró la emergencia sanitaria en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 28 de febrero de 2022,

inclusive, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y

reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-

19);

Que mediante el Decreto N° 32/21 se creó la Planta Transitoria "Plan de Vacunación

COVID-19", dependiente de la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y

Comunitaria del Ministerio de Salud para el período comprendido entre el 15 de enero

y el 31 de marzo de 2021, de conformidad con lo establecido en el Anexo "I" (IF-2021-

03599366-GCABA-DGAYDRH), a los fines de poner en marcha el referido plan de

vacunación y atender la situación epidemiológica y sanitaria vigente que diera lugar a

la emergencia sanitaria imperante;

Que mediante Resoluciones Conjuntas Nros. 96/GCABAMHFGC/21, RESFC N°

283/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 492/GCABAMHFGC/21, RESFC N°

529/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 616/GCABAMHFGC/21, RESFC N°

702/GCABAMHFGC/21, RESFC N° 800/GCABAMHFGC/21 y RESFC N°

870/GCABAMHFGC/21, se prorrogaron hasta el 31 de enero, la vigencia y

designaciones efectuadas de la Planta Transitoria de "Plan de Vacunación COVID19",

en el marco el citado Decreto;

Que, asimismo por Resolución Conjunta RESFC N° 104/GCABA-MHFGC/21, se

amplió la dotación de la citada Planta Transitoria con los alcances establecidos en el

Decreto N° 32/21 y en la Resolución Conjunta RESFC N° 96/GCABA-MHFGC/21;

Que en virtud del artículo 5° del Decreto N° 32/21 se ha facultado, en forma conjunta,

al titular del Ministerio de Salud y al titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a

realizar modificaciones en la referida planta transitoria;

Que atento a las necesidades dinámicas para la prestación de servicios en el marco

de la citada pandemia, de la propia evolución de la misma y de la prórroga de la

emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/22,

resulta conveniente prorrogar hasta el 28 de febrero de 2022 la vigencia de la Planta

Transitoria creada por Decreto N° 32/21;

Que asimismo y con el objeto de no perder la continuidad en la prestación de dichos

servicios, resulta pertinente prorrogar automáticamente hasta el 28 de febrero de

2022, las designaciones, que se realizaron en el marco de la citada Planta Transitoria

y que se encuentren vigentes a la fecha, en las mismas condiciones en que se

efectuaron;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Decreto N° 32/21,

EL MINISTRO DE SALUD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°. - Prorróguese hasta el 28 de febrero de 2022 la Planta Transitoria de "Plan

de Vacunación COVID-19", creada por Decreto N° 32/21, con los alcances allí

establecidos.

Artículo 2°.- Prorróguense automáticamente hasta el 28 de febrero de 2022, las

designaciones efectuadas en el marco del Decreto N° 32/21, en las mismas

condiciones en que fueron realizadas y que a la fecha del dictado de la presente

resolución se encontraren vigentes.

Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y a la

Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, dependientes del

Ministerio de Salud. Cumplido archívese. González Bernaldo de Quirós - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 41-MHFGC-MSGC/22 prorroga hasta el 28 de febrero de 2022 la Planta Transitoria de “Plan de Vacunación COVID-19”, creada por Decreto N° 32/21.</p><p>Artículo 2° prorroga automáticamente hasta el 28 de febrero de 2022, las designaciones efectuadas.</p>