RESOLUCIÓN 3116 1999 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA ACTA ACUERDO CON LA FIRMA DISTRIBUIDORA DISCOT

Publicación:

12/01/2000

Sanción:

17/12/1999

Organismo:

SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS


Visto el Registro N° 0150-CVD ex MCBA-96; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Registro tramita la presentación de Distribuidora Discot, efectuada en su carácter de proveedora de insumos al Hospital General de Agudos José M. Penna;

Que a través de la actuación relacionada, y por las tareas indicadas, gestionó el reconocimiento de una acreencia, por un importe de pesos veintisiete mil trescientos con ocho centavos ($ 27.300,08);

Que impulsó su reclamo al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que en el diligenciamiento de su pretensión intervino la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicho cuerpo impuso a la petición en cuestión el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;

Que las dependencias requeridas produjeron los informes solicitados;

Que la provisión de los insumos en cuestión, por parte de la verificante, generadora de la deuda reclamada, se acreditó por Resolución N° 1.739-SS-98;

Que a la interesada se le formuló propuesta de pago de los créditos, reconocidos en su favor, tanto anteriores como posteriores al 6-8-96;

Que ha quedado definitivamente determinada y reconocida la deuda para con la reclamante;

Que la misma asciende a un total de pesos veintiséis mil novecientos noventa y seis con treinta y cinco centavos ($ 26.996,35);

Que de la indicada suma corresponden pesos diecinueve mil cuatrocientos treinta y cinco con treinta centavos ($ 19.435,30) a deuda anterior al 6-8-96, y pesos siete mil quinientos sesenta y uno con cinco centavos ($ 7.561,05) a la producida con posterioridad a dicha fecha;

Que en consecuencia, y en los términos del Art. 7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se reconoce el pago, a Distribuidora Discot, de la suma de pesos diecinueve mil cuatrocientos treinta y cinco con treinta centavos ($ 19.435,30);

Que el precitado importe devengará intereses a la tasa del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual desde el 6-8-96 hasta la fecha prevista para su cancelación total;

Que de las alternativas transmitidas en su momento -de acuerdo a la Resolución N° 36-SSHyF/SSG-96- la acreedora decidió percibir lo adeudado y reconocido en su favor, sin quita alguna, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, a partir del 1° de junio de 1998;

Que dicho pago se formalizará mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96, emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto;

Que el primero de tales instrumentos cancelatorios de la obligación de marras será satisfecho a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe total será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquéllas que conforme a la propuesta aceptada, hubieren vencido a esa fecha (Art.1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97);

Que la suma resultante, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la retención que pudiera caber en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos,

Que los restantes pagarés, por los importes, correspondientes, también tendrán incorporados los intereses sobre saldos, conforme al sistema francés de amortización, a la tasa de interés del seis punto siete por ciento (6,7 %) efectivo anual;

Que los mismos se cancelarán mensual y consecutivamente -luego de cumplimentada la primera obligación- de acuerdo con la opción de cobro elegida por la interesada;

Que la deuda total posterior al 6-8-96, reconocida por los conceptos correspondientes al Art.14 Inc. a) del Decreto N° 225/GCBA-96, alcanza a pesos siete mil quinientos sesenta y uno con cinco centavos ($ 7.561,05);

Que tal importe será abonado, sin quita alguna, en veinticuatro (24) cuotas mensuales a partir del 1° de enero de 1998 conforme la decisión oportunamente anunciada por Distribuidora Discot;

Que el monto de cada obligación devengará un interés a la tasa fija del doce por ciento (12 %) efectivo anual desde el vencimiento incluido en cada una de las mismas y hasta la fecha prevista para la cancelación total según la propuesta aceptada por la acreedora;

Que los pagos de referencia se instrumentarán mediante pagarés Decreto N° 225-GCBA-96 emitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en pesos y con cláusula sin protesto;

Que el primero de tales instrumentos cancelatorios de la obligación se satisfará a los treinta (30) días de dictada la presente y su importe será del valor de una (1) cuota con más un único adicional equivalente a los montos sumados de aquéllas vencidas a la indicada fecha y conforme al ofrecimiento de pago conformado por Distribuidora Discot, (Art. 1° incisos a) y b) de la Resolución N° 236-SSHyF/SSG-97);

Que la suma pertinente, relacionada en el párrafo precedente, se verá afectada por la deducción correspondiente en concepto de Impuestos a las Ganancias e Ingresos Brutos;

Que los restantes pagarés, por los importes correspondientes, también tendrán incorporados los intereses sobre saldos de acuerdo al sistema francés de amortización a la tasa fija del doce por ciento (12 %) efectivo anual referenciada ut supra y serán cancelados mensual y consecutivamente -luego de cumplida la primera obligación- de acuerdo con la alternativa de pago conformada por la interesada;

Que a los 24 días del mes de noviembre de 1999, y conforme lo dispuesto por el Art.7° del Decreto N° 225-GCBA-96, se procedió a suscribir el Acta Acuerdo correspondiente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha pronunciado al respecto en cumplimiento de lo estipulado por el Art. 8° de la mentada normativa, conforme dictamen del 1° de noviembre de 1999;

Por ello, y de acuerdo con lo establecido en el Art. 9° del Decreto N° 225-GCBA-96,

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1° Apruébase en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrada el 24 de noviembre de 1999, por la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y Distribuidora Discot, representada por el señor Evelio Ricardo Cotignola (D.N.I. N° 4.546.277), que en su totalidad, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Art. 2° Notifíquese a la Dirección General de Contaduría a los efectos de los Arts. 10 y 11 del Decreto N° 225-GCBA-96.

Art. 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Secretaría de Salud, a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, y remítase para su conocimiento y demás fines a la Comisión de Verificación de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Tesorería y Contaduría.

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