DECRETO 168 2004

Síntesis:

DECLARA DE LEGÍTIMO ABONO EL GASTO REALIZADO POR LA AGENTE ALICIA FERNÁNDEZ - DNI 10.401.002 - PARA REALIZAR LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA SALUD MENTAL - LEGISLATURA DE LA CIUDAD - PAGO DE BECAS - FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Publicación:

20/07/2004

Sanción:

24/05/2004

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto, el Expediente letra SA, N° 20.855, año 2003, y

CONSIDERANDO;

Que, en las presentes actuaciones la agente Alicia Fernández, DNI 10.401.002, tramitó la beca para realizar la carrera de Especialización en Política y Gestión de la Salud Mental, por la suma de pesos quinientos sesenta y uno ($ 561) dictada en el Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires.

Que, a fs. 38, 47 y 48 obran las respectivas conformidades.

Que, atento la Ordenanza N° 21.704 y sus modificatorias, por ser un gasto que no ha sido aprobado en tiempo y forma, y carecer de imputación en el Ejercicio 2003, debe declararse, por Decreto, de legítimo abono la erogación realizada.

Que, en uso de las facultades que le fueron otorgadas por Resolución del Cuerpo Legislativo y por artículo 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se realiza el presente acto administrativo.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA LEGISLATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Declárese como legítimo abono el gasto realizado por la agente Alicia Fernández, DNI 10.401.002, para realizar la carrera de Especialización en Política y Gestión de la Salud Mental, dictada en la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires.

Artículo 2° - Páguese a la agente mencionada en el artículo 1° la suma de pesos quinientos sesenta y uno ($ 561) e impútese con sujeción a las normas vigentes.

Artículo 3° - Regístrese y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Gestión Financiera y al Área Tesorería y a la Dirección General de Capacitación. Cumplido, pasen las presentes a la Dirección General mencionada en primer término. de Estrada - Moscariello

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