RESOLUCIÓN 43 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

SE MODIFICA - ANEXO I - RESOLUCIÓN 1447-MHYDHGC-16 - SUBSIDIO - PROGRAMA DE APOYO PARA LA VIDA INDEPENDIENTE PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT -COPIDIS

Publicación:

11/02/2022

Sanción:

02/02/2022

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT


VISTO: Las Leyes N° 447 y 6.292, las Resoluciones N° 1447-GCABA-MHYDHGC/16,

52-GCABA-COPIDIS/16 y 115-GCABA- MDHYHGC/21, el EX-2022-03662947-

GCABA-COPIDIS, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 447 se creó la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de

las Personas con Discapacidad (COPIDIS), cuyas funciones son entre otras la de

asesorar, supervisar, capacitar y difundir en los aspectos relacionados con la temática

relativa a las personas con discapacidad;

Que mediante la Ley N° 6.292 se aprobó la nueva estructura del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose dentro de la misma el

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, entre otros, encontrándose como

organismo fuera de nivel la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las

Personas con Discapacidad (COPIDIS);

Que la Resolución N° 1447-GCABA-MHYDHGC/16 creó el "Programa de Apoyo para

la Vida Independiente para Personas con Discapacidad" en el ámbito del organismo

fuera de nivel Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS) dependiente del entonces Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano;

Que el objetivo primordial de dicho programa es promover la autonomía individual y la

autodeterminación de las personas con discapacidad proveyendo asistencia,

asignando recursos y brindando apoyos para equiparar sus oportunidades y lograr la

plena participación e inclusión en la comunidad;

Que según surge de dicha Resolución, se facultó a COPIDIS a dictar normas

reglamentarias, aclaratorias, operativas y complementarias para la implementación del

programa creado;

Que la citada normativa aprobó el Anexo I con el Procedimiento del "Programa de

Apoyos para la Vida Independiente para las Personas con Discapacidad",

estableciéndose un subsidio mensual a los beneficiarios del Programa a fin de poder

afrontar los gastos que demande el fomento de su autonomía individual y

autodeterminación, mediante el desarrollo de un Plan Individual de Vida Independiente

(PIVI), siendo el citado Ministerio el que tendrá a su cargo la actualización del monto

del beneficio;

Que por la Resolución N° 52-GCABA-COPIDIS/16 se dio por aprobado el Marco

General y el Procedimiento del Programa estableciéndose el pago del subsidio por el

término de seis meses a los beneficiarios que acrediten el cumplimiento del Plan

Individual de Vida Independiente (PIVI), supervisado por el equipo interdisciplinario de

COPIDIS;

Que por Resolución N° 115-GCABA-MDHYHGC/21, se actualizó el monto del subsidio

mensual a la suma de pesos cuatro mil trescientos ($ 4.300), modificándose el Anexo I

de la Resolución N° 1447-GCABA-MHYDHGC/2016;

Que, la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con

Discapacidad (COPIDIS), propicia el dictado de un acto administrativo por el cual se

actualice el monto del subsidio mensual a la suma de pesos siete mil ($ 7.000);

Que la Gerencia Operativa Legal dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal de la Subsecretaría de Administración, elaboró el

correspondiente informe técnico legal concluyendo que resulta jurídicamente viable

suscribir el acto administrativo propiciado;

Que por todo lo expuesto y atento al tiempo transcurrido desde la creación del

Programa, corresponde actualizar nuevamente el monto del subsidio mensual a la

suma de pesos siete mil ($ 7.000).

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE

Artículo 1°.- Modifícase el punto "SUBSIDIO" del Anexo I (IF-2016-24535987-GCABA-

COPIDIS) de la Resolución N° 1447-GCABA-MHYDHGC/16, el que quedará

redactado de la siguiente manera: "Se otorgará un subsidio mensual de hasta pesos

siete mil ($ 7.000) a los beneficiarios del Programa, a fin de poder afrontar los gastos

que demande el fomento de su autonomía individual y autodeterminación, su

participación e inclusión en la comunidad, mediante el desarrollo de un plan individual

de vida independiente."

Artículo 2°.- El gasto que demande la ejecución de la presente, será imputado a las

partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio 2022.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aíres.

Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás

efectos, remítase al organismo fuera de nivel Comisión para la Plena Participación e

Inclusión de las Personas con Discapacidad. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 43-MDHYHGC/22 modifica el punto “SUBSIDIO” del Anexo I de la Resolución N° 1447-MHYDHGC/16.</p>