RESOLUCIÓN 425 2022 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE ASIGNA - CAJA CHICA ESPECIAL - SUBSECRETARÍA PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - COVID 19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA
Publicación:
11/02/2022
Sanción:
08/02/2022
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6347), el Decreto N° 491/2018, la
Resolución N° 97- MEFGC/2019, Resolución N° 5741/MHFGC/2021, la Disposición N°
61-DGCG/2019, la Disposición N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, la Resolución
N° 710-GCABA-MHFGC/2022, y el EX-2022-05651234-GCABA-SSPSGER y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos
destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, por Resolución N° 97-MEFGC/2019 y su modificatoria Resolución N°
5741/MHFGC/2021, se aprobó la reglamentación del citado Decreto;
Que, por Disposición N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, se aprobó el
procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja
Chica Especial;
Que, la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto
de los gastos correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con
lo establecido, entre otros, en el Artículo 3° del Anexo II de la Resolución N° 5741-
MHFGC/2021;
Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en
concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaría Planificación Sanitaria y Gestión
en Red, sin límite de monto por comprobante y exceptuada de la presentación de tres
(3) presupuestos, por la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000,00) en una única
entrega, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que surgen
frente a la necesidad de contener la circulación y propagación del virus COVID-19 y el
fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad ante su avance y/o transmisión;
Que, en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N.° 5741-MHFGC/2021, se
establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas reglamentará los
montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u Organismo
Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos en el marco del
Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;
Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 710-MHFGC/2022,
el Ministerio de Hacienda y Finanzas incrementó el monto máximo a asignar por parte
de este Ministerio de Salud, establecido en la Resolución N° 497-MHFGC/2022;
Que el Artículo 2° de la Resolución N° 710-MHFGC/2022 establece la excepción al
plazo de rendición de sesenta (60) días estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la
Resolución N° 5741/MHFGC/2021, a los efectos de realizar la misma a la finalización
del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que suceda con anterioridad;
Que, asimismo el Ministro de Hacienda y Finanzas a través de la mencionada norma,
exceptúa a la presente de las restricciones establecidas en el artículo 3° del Anexo II
de la Resolución N° 5741/MHFGC/2021, en concordancia con las partidas del
clasificador por objeto del gasto aprobadas por la Dirección General de Contaduría
mediante Disposición N° 61/DGCG/19;
Que, mediante IF N° 6192773-DGTALMHF/2022, la Gerente Operativa de la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de manifiesto que
se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad Ministerial, como así
también se contempló a efectivizar en una (1) única entrega, en el 1° Trimestre del
presente ejercicio;
Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo
con lo establecido en el Decreto N° 346-AJG/2021.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en
atención a los términos de la Resolución N° 710-MHFGC/2022,
Artículo 1°. - Asígnese a la Subsecretaría Planificación Sanitaria y Gestión en Red, en
concepto de caja chica especial, la suma de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000,00) a fin
de garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que surgen frente a la
necesidad de contener la circulación y propagación del virus COVID-19 y el
fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad ante su avance y/o transmisión.
Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de Pesos Tres Millones ($ 3.000.000,00) en
una (1) única entrega, en el 1° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición
documentada de su inversión.
Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°
del Anexo II de la Resolución N° 5741-MHFGC/2021, toda vez que se encuentra
fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.
Artículo 4°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes
retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.
Artículo 5°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los
Fondos al Subsecretario Dr. Daniel Ferrante, DNI 20.573.624, al Lic. Diego Pozzi DNI
27.154.256 y, a la agente Sabrina Marcos DNI N° 36.077.436, debiendo depositar los
mismos en la cuenta corriente N° 9197/2 Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de
Buenos Aires correspondiente al Beneficiario N° 102118.
Artículo 6° Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que
dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la Subsecretaría
Planificación Sanitaria y Gestión en Red, de este Ministerio de Salud para su
conocimiento y demás efectos. González Bernaldo de Quirós