RESOLUCIÓN 2 2022 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE DEJAN SIN EFECTO - RESOLUCIONES DE FIRMA CONJUNTA - 7-MEDGC-MSGC/21 - 9-MEDGC-MSGC/21 - 12-MEDGC-MSGC/21 - PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES PRESENCIALES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN NO FORMAL - PROTOCOLO PARA EL DESARROLLO DE CLASES Y PRÁCTICAS PRESENCIALES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN NO FORMAL
Publicación:
22/02/2022
Sanción:
18/02/2022
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto Nro. 155/21,
prorrogado por el Decreto N° 180/21 y sus modificatorios, las Resoluciones de Firma
Conjunta N° 7-GCABA-MEDGC/21, 9- GCABA-MEDGC/21 y su modificatoria N° 12-
GCABA-MEDGC/21 y 1-GCABA-SSCPEE/22, la Resolución N° 842-GCABA-MSGC/20
y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° Expediente Electrónico N°
07.467.208-GCABA-SSAALV/22, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley N° 6.292 el Jefe de Gobierno es asistido, en sus funciones por
los Ministerios;
Que en este sentido, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema
educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, y al
Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno en el diseño, planificación, ejecución y
control de las políticas, planes y programas de promoción, prevención, recuperación y
rehabilitación de la salud de la población, en el marco del Sistema Único e Integrado
de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en pleno ejercicio
de su autonomía y en cumplimiento de la responsabilidad constitucional indelegable de
asegurar la educación, mediante el Decreto N ° 155/21, prorrogado por Decreto N°
180/21 y sus modificatorios, y por los fundamentos allí vertidos, estableció la
modalidad de cursada presencial plena para cada nivel educativo en todos los
establecimientos educativos de gestión estatal y privada de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por Resolución de Firma Conjunta N° 7-GCABA-MEDGC/21 se aprobó el
"Protocolo para el Desarrollo de Actividades Presenciales de la Educación Superior,
Formación Profesional y Educación No Formal" para la modalidad combinada de
dictado de clases en todos los establecimientos y centros educativos de gestión estatal
y privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, mediante Resolución de Firma Conjunta N° 9-GCABA-MEDGC/21, y
su modificatoria N° 12-GCABA-MEDGC/21, se aprobó el "Protocolo para el Desarrollo
de Clases y Prácticas Presenciales de la Educación Superior, Formación Profesional y
Educación no Formal;
Que el Ministerio de Salud mediante Resolución N° 842-GCABA-MSGC/20 y sus
modificatorias, establece y actualiza el "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A
CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19";
Que en virtud de la evolución de la situación epidemiológica y, por ende, la variación
en las medidas y recomendaciones de orden sanitario, resulta necesario dejar sin
efecto las Resoluciones de Firma Conjunta Nros 7-GCABA-MEDGC/21, y 9-GCABA-
MEDGC/21 y su modificatoria N° 12-GCABA-MEDGC/21;
Que mediante Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-SSCPEE/22 se aprobó la
"Guía y Pautas para el Ciclo Lectivo 2022" para todos los establecimientos educativos
de gestión estatal y privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todos sus
niveles y modalidades;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias las Subsecretarías
Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, de Carrera Docente, de Gestión Económico Financiera y Administración de
Recursos, las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada y la Unidad de
Coordinación del Sistema de Formación Docente, del Ministerio de Educación;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación y la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud, han tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de sus facultades,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto las Resoluciones de Firma Conjunta Nros 7-GCABA-
MEDGC/21, 9-GCABA-MEDGC/21 y su modificatoria N° 12-GCABA-MEDGC/21.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a Jefatura de Gabinete de Ministros, a las Subsecretarías de de
Agencia Aprendizaje a lo Largo de la Vida, Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, de Carrera Docente, de Gestión Económico Financiera y Administración de
Recursos y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada y la Unidad
de Coordinación del Sistema de Formación Docente, todas dependientes del Ministerio
de Educación, y a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red del
Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós - Acuña