RESOLUCIÓN 209 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO ARTÍCULO 2° DE RESOLUCIÓN N° 735-CDNNYA-20 - SE APRUEBA - PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL DEPARTAMENTO DE ASIGNACIONES PARA EL SOSTENIMIENTO DE ESTRATEGIAS - DASE - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Publicación:
23/02/2022
Sanción:
18/02/2022
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6.347), modificada por la Ley N° 6.452,
la Resolución N° 77-CDNNYA/08, modificada por las Resoluciones N° 330-
CDNNYA/08 y N° 735-GCABA-CDNNYA/20, la Resolución N° 425-CDNNYA/17, el
Expediente Electrónico N° 15760421-GCABA-VPCDNNYA/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de
autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que mediante la Resolución N° 77-CDNNYA/08, modificada por las Resoluciones N°
330-CDNNYA/08 y N° 735-GCABA-CDNNYA/20, se creó el Departamento de
Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias (DASE), cuya función consiste en
efectuar transferencias económicas directas a niños, niñas y adolescentes en el marco
de una estrategia de restitución de derechos, las cuales únicamente se realizan a
través de la gestión de un servicio centralizado o descentralizado de este Consejo de
los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que por la Resolución N° 425-CDNNYA/17 se creó el Área de Control y Seguimiento
de Registros, dependiente de la Vicepresidencia de este organismo, bajo cuya órbita
funciona el mencionado Departamento;
Que la Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 3° que el
interés superior del niño debe garantizarse en toda intervención estatal, a cuyo efecto
debe llevarse a cabo una gestión asociada de los organismos de gobierno en sus
distintos niveles y una acción privilegiada de los recursos que permitan implementar
las políticas públicas destinadas a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes (conforme artículo 5°, inciso 4 de la Ley
Nacional N° 26.061);
Que por el artículo 2° de la Resolución N° 735-GCABA-CDNNYA/20 se aprobó el
Protocolo de Funcionamiento del DASE, que como Anexo I (IF-2020-16045148-
GCABA-CDNNYA) forma parte integrante de la mencionada resolución;
Que mediante IF-2022-07135014-GCABA-CDNNYA, la Vicepresidente de este
Consejo propicia modificar el mencionado Protocolo de Funcionamiento del DASE en
el sentido indicado en el IF-2022-07133620-GCABA-VPCDNNYA, a fin de lograr una
gestión más eficiente en el seguimiento de las estrategias de restitución de derechos a
niñas, niños y adolescentes;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo por el
que se deje sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 735-GCABA-CDNNYA/20 y
por el que se apruebe un nuevo Protocolo de Funcionamiento del DASE, conforme lo
propiciado por la Vicepresidente de este Consejo;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto el artículo 2° de la Resolución N° 735-GCABA-
CDNNYA/20.
Artículo 2°.- Apruébase el Protocolo de Funcionamiento del Departamento de
Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias (DASE), que como Anexo IF-2022-
07675729-GCABA-CDNNYA forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese al Departamento de
Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias (DASE), a la Vicepresidencia, a la
Unidad de Auditoría Interna, a la Responsable de Transparencia, a la Dirección
Operativa de Articulación Institucional Área Presidencia, a la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil, a la Dirección General de Servicios de Atención
Permanente, a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, a la
Dirección General de Programas Descentralizados y a la Dirección Operativa de
Gestión Financiera de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, todas ellas
dependientes de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Para
su conocimiento y demás efectos, pase a la Vicepresidencia del organismo.
Leguizamón