RESOLUCIÓN 735 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE DEROGAN ARTÍCULOS  - RESOLUCIÓN 330-CDNNYA-08 - SE APRUEBA PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO - DEPARTAMENTO DE ASIGNACIONES PARA EL SOSTENIMIENTO DE ESTRATEGIAS - DASE - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NINAS NINOS Y ADOLESCENTES - FICHAS DE SOLICITUD DE ASIGNACIONES 

Publicación:

01/07/2020

Sanción:

26/06/2020

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional N° 26.061, la Ley

N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución N° 77-CDNNyA/08,

modificada por la Resolución N° 330-CDNNyA/08, la Resolución N° 425-CDNNyA/17,

el Expediente Electrónico N° 15760421-GCABAVPCDNNYA/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de la promoción y protección de los derechos

de niños, niñas y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que mediante la Resolución N° 77-CDNNyA/08, modificada por la Resolución N° 330-

CDNNyA/08, se creó el Departamento de Asignaciones para el Sostenimiento de

Estrategias (DASE), cuya función consiste en efectuar transferencias económicas

directas a niños, niñas y adolescentes en el marco de una estrategia de restitución de

derechos, las cuales únicamente se realizan a través de la gestión de un servicio

centralizado o descentralizado de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes;

Que por la Resolución N° 425-CDNNyA/17 se creó el Área de Control y Seguimiento

de Registros, dependiente de la Vicepresidencia de este organismo, bajo cuya órbita

funciona el mencionado Departamento;

Que la Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 3° que el

interés superior del niño debe garantizarse en toda intervención estatal, a cuyo efecto

debe llevarse a cabo una gestión asociada de los organismos de gobierno en sus

distintos niveles y una acción privilegiada de los recursos que permitan implementar

las políticas públicas destinadas a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los

derechos de las niñas, niños y adolescentes (conforme artículo 5°, inciso 4 de la Ley

Nacional N° 26.061);

Que, desde esta perspectiva, y teniendo en consideración la experiencia adquirida a

partir del funcionamiento del DASE y de los relevamientos realizados, mediante

Informe IF-2020-15796707-GCABA-VPCDNNYA, la Vicepresidente de este Consejo

propicia la aprobación de un nuevo Protocolo de Funcionamiento del mencionado

Departamento, con el objetivo de agilizar y simplificar el proceso de solicitud y

otorgamiento de las asignaciones y de lograr una mejor articulación entre las distintas

áreas pertenecientes a este organismo, lo que redundará en un mayor beneficio de los

niños, niñas y adolescentes destinatarios;

Que, teniendo en cuenta lo expuesto, y a fin de dar cumplimiento con las funciones

establecidas en la Resolución N° 77-CDNNyA/08, modificada por la Resolución N°

330-CDNNyA/08, resulta necesario derogar los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la

Resolución N° 330-CDNNyA/08, y aprobar un nuevo Protocolo de Funcionamiento del

DASE, en el que se redefinan, además del circuito de funcionamiento, los requisitos,

motivos y tiempos de otorgamiento de las asignaciones, como así también las

condiciones para su renovación y baja, tal como se propicia desde la Vicepresidencia

de este Consejo;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se deroguen los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Resolución N°

330-CDNNyA/08, y se apruebe un nuevo Protocolo de Funcionamiento del DASE;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado por

Ley N° 6.017) y el Decreto N° 464-GCABA/19,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Deróganse los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Resolución N° 330-

CDNNyA/08.

Artículo 2°.- Apruébase el Protocolo de Funcionamiento del Departamento de

Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias (DASE), que como Anexo I (IF-

2020-16045148-GCABA-CDNNYA) forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Apruébanse las Fichas de Solicitud de Asignaciones (DASE), que como

Anexo II (IF-2020-16045219-GCABA-CDNNYA) forman parte integrante de la

presente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese al Departamento de

Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias, a la Vicepresidencia, a la Unidad

de Auditoría Interna, a la Responsable de Transparencia, a la Dirección Operativa de

Articulación Institucional Área Presidencia, a la Dirección General de Responsabilidad

Penal Juvenil, a la Dirección General de Servicios de Atención Permanente, a la

Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, a la Dirección General de

Programas Descentralizados, y a laDirección Operativa de Gestión Financiera de la

Dirección General Legal Técnica y Administrativa, todas ellas dependientes de este

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Vicepresidencia del organismo. Leguizamón


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° Resolucion N° 209-CDNNYA-22 deja sin efecto el articulo 2° de la Resolucion N° 735-CDNNYA-20.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolucion 735-CDNNYA-20 deroga los artículos 3, 4, 5 y 6  Resolución  330-CDNNyA-08.<br /> </p>