RESOLUCIÓN 735 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE DEROGAN ARTÍCULOS - RESOLUCIÓN 330-CDNNYA-08 - SE APRUEBA PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO - DEPARTAMENTO DE ASIGNACIONES PARA EL SOSTENIMIENTO DE ESTRATEGIAS - DASE - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NINAS NINOS Y ADOLESCENTES - FICHAS DE SOLICITUD DE ASIGNACIONES
Publicación:
01/07/2020
Sanción:
26/06/2020
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional N° 26.061, la Ley
N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución N° 77-CDNNyA/08,
modificada por la Resolución N° 330-CDNNyA/08, la Resolución N° 425-CDNNyA/17,
el Expediente Electrónico N° 15760421-GCABAVPCDNNYA/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de la promoción y protección de los derechos
de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante la Resolución N° 77-CDNNyA/08, modificada por la Resolución N° 330-
CDNNyA/08, se creó el Departamento de Asignaciones para el Sostenimiento de
Estrategias (DASE), cuya función consiste en efectuar transferencias económicas
directas a niños, niñas y adolescentes en el marco de una estrategia de restitución de
derechos, las cuales únicamente se realizan a través de la gestión de un servicio
centralizado o descentralizado de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes;
Que por la Resolución N° 425-CDNNyA/17 se creó el Área de Control y Seguimiento
de Registros, dependiente de la Vicepresidencia de este organismo, bajo cuya órbita
funciona el mencionado Departamento;
Que la Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 3° que el
interés superior del niño debe garantizarse en toda intervención estatal, a cuyo efecto
debe llevarse a cabo una gestión asociada de los organismos de gobierno en sus
distintos niveles y una acción privilegiada de los recursos que permitan implementar
las políticas públicas destinadas a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes (conforme artículo 5°, inciso 4 de la Ley
Nacional N° 26.061);
Que, desde esta perspectiva, y teniendo en consideración la experiencia adquirida a
partir del funcionamiento del DASE y de los relevamientos realizados, mediante
Informe IF-2020-15796707-GCABA-VPCDNNYA, la Vicepresidente de este Consejo
propicia la aprobación de un nuevo Protocolo de Funcionamiento del mencionado
Departamento, con el objetivo de agilizar y simplificar el proceso de solicitud y
otorgamiento de las asignaciones y de lograr una mejor articulación entre las distintas
áreas pertenecientes a este organismo, lo que redundará en un mayor beneficio de los
niños, niñas y adolescentes destinatarios;
Que, teniendo en cuenta lo expuesto, y a fin de dar cumplimiento con las funciones
establecidas en la Resolución N° 77-CDNNyA/08, modificada por la Resolución N°
330-CDNNyA/08, resulta necesario derogar los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la
Resolución N° 330-CDNNyA/08, y aprobar un nuevo Protocolo de Funcionamiento del
DASE, en el que se redefinan, además del circuito de funcionamiento, los requisitos,
motivos y tiempos de otorgamiento de las asignaciones, como así también las
condiciones para su renovación y baja, tal como se propicia desde la Vicepresidencia
de este Consejo;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se deroguen los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Resolución N°
330-CDNNyA/08, y se apruebe un nuevo Protocolo de Funcionamiento del DASE;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado por
Ley N° 6.017) y el Decreto N° 464-GCABA/19,
Artículo 1°.- Deróganse los artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Resolución N° 330-
CDNNyA/08.
Artículo 2°.- Apruébase el Protocolo de Funcionamiento del Departamento de
Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias (DASE), que como Anexo I (IF-
2020-16045148-GCABA-CDNNYA) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébanse las Fichas de Solicitud de Asignaciones (DASE), que como
Anexo II (IF-2020-16045219-GCABA-CDNNYA) forman parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese al Departamento de
Asignaciones para el Sostenimiento de Estrategias, a la Vicepresidencia, a la Unidad
de Auditoría Interna, a la Responsable de Transparencia, a la Dirección Operativa de
Articulación Institucional Área Presidencia, a la Dirección General de Responsabilidad
Penal Juvenil, a la Dirección General de Servicios de Atención Permanente, a la
Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, a la Dirección General de
Programas Descentralizados, y a laDirección Operativa de Gestión Financiera de la
Dirección General Legal Técnica y Administrativa, todas ellas dependientes de este
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Para su conocimiento y
demás efectos, pase a la Vicepresidencia del organismo. Leguizamón