DECRETO 2160 1993

Síntesis:

APRUEBA LICITACIÓN PÚBLICA Y ADJUDICA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENSO Y EMPADRONAMIENTO DE CONTRIBUYENTES A LA FIRMA ORGANIZACIÓN CLEARING ARGENTINO S.A. (OCASA)

Publicación:

29/04/1994

Sanción:

23/12/1993

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto el Registro N° 301/SHyF/93 y las disposiciones del Decreto Nacional N° 5.720/72, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación tramita la Licitación Pública N° 573/93 realizada por la Dirección General de Compras y Contrataciones, para concretar la prestación del servicio de Censo y Empadronamiento de Contribuyentes de distintos tributos municipales;

Que mediante Resolución N° 3.433/SHyF/93 y en función de lo dispuesto por el artículo 3ero. del Decreto N°. 635/93 (B.M. N° 19.535), se dispuso la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones que rigió el aludido acto licitario;

Que efectuada por parte de la Dirección de Preadjudicaciones la evaluación de las ofertas económicas contenidas en los sobres N° 2 de las empresas preseleccionadas, conforme lo previsto en el artículo 9° de las Cláusulas Particulares, propicia la adjudicación en favor de la firma ORGANIZACIÓN CLEARING ARGENTINO S.A. (OCASA) porrazones de menor precio y menor alícuota porcentual;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por Decreto N° 1.195/93 (B.M. N° 19.621),

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Art. 1° - Apruébase el procedimiento de licitación efectuado por la Dirección General de Compras y Contrataciones y adjudícase a la firma ORGANIZACIÓN CLEARING ARGENTINO S.A. (OCASA), la prestación del servicio de Censo y Empadronamiento de Contribuyentes, de conformidad con lo especificado en la documentación que obra agregada a estos actuados; por la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y SIETE ($ 9.962.057,-)

Art. 2° - Dicho gasto será atendido con las correspondientes partidas presupuestarias, para lo cual la Dirección General de Planificación Presupuestarla deberá tomar los recaudos presupuestarios pertinentes.

Art. 3° - Toda la información suministrada por la empresa contratada instrumentada en soportes magnéticos compatibles con los sistemas instalados en la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, deberá ser recepcionada y conformada por la Subsecretaría de Inspección General, con excepción del Item a), que será recepcionada y conformada por la Dirección General de Rentas.

Art. 4° - Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a emitir la respectiva orden de provisión.

Art. 5° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° - Dése al Registro Municipal y remítase para su conocimiento y demás efectos a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría General y de Planificación Presupuestaria.

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