RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 14 2022 LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 32-LOTBA/18 - SE APRUEBA - REGLAMENTO DE QUINIELA DE LA CIUDAD - QUINIELA POCEADA - TOMBOLINA  - LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SE - LOTBA SE

Publicación:

25/02/2022

Sanción:

21/02/2022

Organismo:

LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785


VISTO: las Leyes N° 538 (texto consolidado por Ley N° 6.347 y modificado por Ley N°

6.331) y N° 5.785 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 88-GCABA/17,

la Resolución 487-LCABA/2018, la Resolución de Directorio N° 32-LOTBA/18, el

Expediente Electrónico N° EX-2022-07269110-GCABA-LOTBA y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.785 (texto consolidado por Ley N° 6.347) de creación de Lotería de la

Ciudad de Buenos Aires Sociedad del Estado (LOTBA S.E.) estableció como su objeto

la autorización, organización, explotación, recaudación, administración y control de los

juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designándola a tal fin como autoridad de

aplicación de la Ley N° 538 (texto consolidado por Ley N° 6.347 y modificado por la

Ley N° 6.331);

Que por Decreto N° 88-GCABA/17 se aprobó el Estatuto Social de LOTBA S.E., cuyo

Artículo 4° prevé que esta Sociedad está plenamente facultada para dictar la totalidad

de las normas y demás actos jurídicos y administrativos necesarios para el efectivo

cumplimiento de su objeto;

Que el Artículo 18 inciso a) de la Ley N° 538 (texto consolidado por Ley N° 6.347 y

modificado por Ley N° 6.331) y N° 5.785 (texto consolidado por Ley N° 6.347),

establece que LOTBA S.E. se encuentra facultada a crear juegos de apuesta y

establecer sus reglamentos, instituyendo los premios, requisitos de exigibilidad y los

plazos de caducidad, así como cualquier otro tipo de condiciones para el desarrollo de

las actividades reguladas por la mencionada ley ad referéndum de la Legislatura de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución de Directorio N° 32-LOTBA/18, se aprobó

el Reglamento del juego Quiniela de la Ciudad obrante en IF-2017-24825377--LOTBA;

Que en, el Departamento Comercialización, la Subgerencia de Marketing y la Gerencia

Ordenamiento del Juego consideran necesario la modificación del reglamento del

juego Quiniela de la Ciudad y sus modalidades Tombolina de la Ciudad y Poceada de

la Ciudad, con el objeto de incluir en el mismo, la particularidad respecto del canal de

comercialización en línea (cfr. IF-2022-07272184-GCABA-LOTBA, PV-2022-

07284853-GCABA-LOTBA y PV-2022-07286529-GCABA-LOTBA);

Que, para tal fin, las áreas indicadas elaboraron el nuevo Reglamento de Quiniela de

la Ciudad (IF-2022-07271089-GCABA-LOTBA);

Que asimismo corresponde delegar en la Gerencia de Ordenamiento del Juego y/o

Subgerencia de Marketing, la determinación de la fecha en que entrará en vigencia el

nuevo reglamento, en virtud de la fecha de apertura de operaciones del canal en línea;

Que las Gerencias Ordenamiento del Juego y la Subgerencia de Asuntos Legales han

tomado la intervención que resulta de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades emanadas del Artículo 15 del Estatuto de LOTBA

S.E. aprobado por Decreto N° 88-GCABA/17,

EL DIRECTORIO DE LOTERIA

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S. E.

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Resolución de Directorio N° 32-LOTBA/18,

el que quedará redactado en los siguientes términos: "Apruébese el Reglamento de

QUINIELA DE LA CIUDAD, que como IF-2022-07271089-GCABA-LOTBA forma parte

de la presente".

Artículo 2°.- Deléguese en la Gerencia de Ordenamiento del Juego y/o Subgerencia de

Marketing, la determinación de la fecha en que entrará en vigencia el Reglamento

aprobado en el Artículo 1° de la presente.

Artículo 3°.- Por la Gerencia Ordenamiento del Juego realícense las comunicaciones y

demás trámites a los que hubiera lugar. Por la Secretaría General realícense las

publicaciones y comunicaciones pertinentes. Romano - Fasanella - García Santillán


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6327

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolucion de Directorio N° 14-LOTBA/22 modifica el el Artículo 1° de la Resolución de Directorio N° 32-LOTBA/18.</p>