RESOLUCIÓN 85 2022 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 260-SECTOP/20 - ANEXO I - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE EMERGENCIA POR PANDEMIA COVID-19 PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACARREO DE VEHÍCULOS EN EL MARCO DEL SERVICIO PÚBLICO DE CONTROL Y SANCIÓN DEL ESTACIONAMIENTO INDEBIDO EN EL MICRO Y MACROCENTRO - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

07/03/2022

Sanción:

04/03/2022

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, las recomendaciones de la Organización Mundial

de la Salud (OMS), los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo

Nacional Nros. 260/PEN/20, sus modificatorios y normas complementarias, los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 287-PEN/21, 334-PEN/21, 455- PEN/21,

678-PEN/21, 867-PEN/21, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus

modificatorios, los Decretos Nros. 463/2019 y 35/2022, las Resoluciones Nros.

118/SECTOP/2020; 140/SECTOP/2020, 173/SECTOP/2020, 260/SECTOP/20 y

245/SECTOP/2020; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial

de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;

Que el dicho Decreto fue prorrogado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 867-

PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de 2022 inclusive;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 287-

PEN/21, modificado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334-PEN/21, se

establecieron medidas generales de prevención respecto del Coronavirus (COVID-19)

y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios, de aplicación a todo

el país, las que fueron prorrogadas sucesivamente por sendos actos administrativos y

en última esta oportunidad hasta el día 6 de agosto de 2021 inclusive, a través del

Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 455-PEN/21;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678-PEN/21 rige el marco normativo que

contiene los parámetros para definir situaciones de alarma epidemiológica y sanitaria;

Que dicha norma en su artículo 3° establece la nómina de actividades de mayor riesgo

epidemiológico y sanitario y, al respecto, dispone que... Los Gobernadores y las

Gobernadoras de Provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán establecer

medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales a las previstas en el presente

artículo en los lugares bajo su jurisdicción, respecto de la realización de determinadas

actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, con la finalidad de contener los

contagios por COVID-19, o para disminuir el riesgo de transmisión, previa conformidad

de la autoridad sanitaria provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según

corresponda....;

Que asimismo, el artículo 4° del precitado Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder

Ejecutivo Nacional dispuso que... Las actividades económicas, industriales,

comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y

sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por

la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

según corresponda, que contemple la totalidad de las recomendaciones e

instrucciones de la autoridad sanitaria nacional...;

Que mediante la Resolución N° 260/SECTOP/20 dispuso el restablecimiento gradual

del acarreo por grúas en el marco del Servicio Público de Control y Sanción del

Estacionamiento Indebido en el Micro y Macrocentro, a partir del 4 de mayo de 2020;

Que la misma Resolución autorizó a la Dirección General de Gestión de Servicios de

Movilidad dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a establecer un

cronograma de restablecimiento y aprobó el Protocolo de Actuación de Emergencia

por Pandemia Covid- 19 para la prestación del servicio de acarreo de vehículos en el

marco mencionado (IF-2020-12789000-DGGSM), a ser aplicado mientras persista la

pandemia por Covid-19;

Que, teniendo en consideración la situación sanitaria actual que presenta un descenso

en el número de casos positivo de COVID-19 en la gran mayoría de las jurisdicciones,

sumado a que se alcanzaron altas coberturas de vacunación con dos dosis, resulta

adecuado dejar sin efecto la Resolución N° 260/SECTOP/20 y su Anexo I (IF-2020-

25564352-GCABA-SSGMO);

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 35/AJG/22,

LA SECRETARIA

DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 260/SECTOP/20 y su Anexo I (IF-

2020-12789000-GCABA-DGGSM) "Protocolo de Actuación de Emergencia por

Pandemia Covid-19 para la prestación del servicio de acarreo de vehículos en el

marco del Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido en el

Micro y Macrocentro".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese y notifíquese a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la

Dirección General de Gestión de Servicios de Movilidad, a la Dirección General de

Cuerpo de Agentes de Tránsito y a las firmas Dakota S. A. y BRD S.A.I.C.F.I., para su

conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. López Menéndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6331

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 85-SECTOP/22 deja sin efecto la Resolución N° 260-SECTOP/20 y su Anexo I.</p>