RESOLUCIÓN 657 2022 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA - GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN GENERAL EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
07/03/2022
Sanción:
04/03/2022
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 22 de junio del 2022.
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21,
9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22 y 2/22, la Resolución N° 99-GCABA-
MDEPGC/22, el Expediente Electrónico N° 09045334-GCABA-MSGC/22, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley N° 6.292, el Jefe de Gobierno es asistido, en sus funciones por
los Ministerios;
Que en este sentido, le corresponde al Ministerio de Salud asistir al Jefe de Gobierno
en el diseño, planificación, ejecución y control de las políticas, planes y programas de
promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el
marco del Sistema Único e Integrado de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21,
1/22 y 2/22 hasta el 31 de marzo de 2022;
Que mediante la Resolución N° 99-GCABA-MDEPGC/22, se dejaron sin efecto las
Resoluciones Nros. 102-GCABA-MDEPGC/20; 106-GCABAMDEPGC/20; 111-
GCABA-MDEPGC/20; 112-GCABA-MDEPGC/20; 124-GCABA-MDEPGC/20; 126-
GCABA-MDEPGC/20; 131-GCABA-MDEPGC/20; 132-GCABA-MDEPGC/20; 135-
GCABAMDEPGC/20; 226-GCABA-MDEPGC/20; 262-GCABA-MDEPGC/20; 289-
GCABA-MDEPGC/20; 320-GCABA-MDEPGC/20; 324-GCABA-MDEPGC/20; 325-
GCABA-MDEPGC/20; 389-GCABAMDEPGC/20 393-GCABA-MDEPGC/20; 430-
GCABA-MDEPGC/20; 239-GCABA-MDEPGC/21; 246-GCABA-MDEPGC/21; 248-
GCABA-MDEPGC/21; 255-GCABA-MDEPGC/21; 257-GCABAMDEPGC/21; 258-
GCABA-MDEPGC/21; 259-GCABA-MDEPGC/21; 273-GCABA-MDEPGC/21; 277-
GCABA-MDEPGC/21; 278-GCABA-MDEPGC/21; 279-GCABA-MDEPGC/21; 280-
GCABAMDEPGC/21; 281-GCABA-MDEPGC/21; 284-GCABA-MDEPGC/21; 285-
GCABA-MDEPGC/21; 286-GCABA-MDEPGC/21; 287-GCABA-MDEPGC/21; 288-
GCABA-MDEPGC/21; 289-GCABA-MDEPG/21; 290-GCABA-MDEPGC/21; 291-
GCABA-MDEPGC/21; 292-GCABA-MDEPGC/21; 294-GCABA-MDEPGC/21; 295-
GCABA-MDEPGC/21; 296-GCABA-MDEPGC/21; 297-GCABAMDEPGC/21; 307-
GCABA-MDEPGC/21; 308-GCABA-MDEPGC/21; 353-GCABA-MDEPGC/21; 391-
GCABA-MDEPGC/21; 79-GCABA-MDEPGC/22, a través de las cuales se aprobaron
diferentes protocolos para el desarrollo de diversas actividades económicas,
comerciales, de servicios, culturales, deportivas, recreativas y sociales en el ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la situación epidemiológica actual demuestra, en las últimas semanas, un
descenso en el índice de casos positivo de COVID-19 en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, sumado a ello un alto porcentaje de población de la CABA que se
encuentra vacunada con dos dosis (90%);
Que en ese marco, y en atención a que resulta adecuado continuar con el cuidado de
la población se propicia aprobar una "GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LA
POBLACIÓN GENERAL EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19";
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias la Subsecretaría de
Gestión Sanitaria y Planificación en Red y la Dirección General Legal y Técnica de
éste Ministerio de Salud.
Por ello, y en uso de sus facultades,
Artículo 1°.- Apruébese la "GUÍA DE RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN
GENERAL EN CONTEXTO DE PANDEMIA COVID-19", que como Anexo (IF-2022-
09040419-GCABA-MSGC) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados para su
conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós