RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 87 2021 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2021. SE MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 114/PARA/2019 - PROCEDIMIENTO PARA TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS, CONSULTAS Y RECLAMOS PRESENTADOS ANTE EL ERSP - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Publicación:
14/03/2022
Sanción:
30/06/2021
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: el Art. 46 y el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210 y la
Resolución de Presidencia N° 34/PARA/2019 Y N° 114/PARA/2019, el Acta de
Directorio N° 779 de fecha 16 de junio de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es
autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, a través de la Resolución N° 34/PARA/2019 se creó la Comisión de
Procedimientos cuyo objeto es el relevamiento de los procedimientos del ERSP y la
propuesta de diseño de nuevos procedimientos y/o mejoras de los existentes;
Que, en el marco de la citada Comisión se han efectuado relevamientos en diferentes
Unidades Organizativas,
Que, como consecuencia de ello, se aprobó la Resolución N° 114/PARA/2019 que
dispuso el Procedimiento para Tramitación y Gestión de Denuncias, Consultas y
Reclamos presentados ante el ERSP;
Que, con posterioridad se advirtió la necesidad de modificar el Art. 24 de la resolución
señalada para hacer frente a las condiciones de depreciación de la moneda nacional,
con el fin de garantizar la protección del patrimonio del usuario afectado, según lo
normado en el del Art. 46 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, a tales fines por Acta de Directorio N° 779 de fecha 16 de junio de 2021 se
acordó modificar el artículo mencionado;
Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las
cuestiones relativas a la administración del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
Artículo 1°. -Modifíquese el Art. 24 de la Resolución N° 114/PARA/2019, que quedará
redactado de la siguiente manera: " Artículo 24° Pautas para la resolución de los
reclamos. Si de las pruebas obrantes en autos surgiera la existencia de un daño por
parte de un prestador de un servicio público definido por la Ley 210, el instructor
deberá sugerir el monto del resarcimiento que correspondiere al reclamante. A tales
fines, el instructor tendrá en cuenta las circunstancias del caso, las pruebas obrantes
en autos y el daño sufrido por el reclamante. El presupuesto y/o factura presentada por
el reclamante será considerado a los efectos de la estimación de resarcimiento, sin
que implique que será equivalente a la reparación otorgada. Previo al inmediato
tratamiento por el Directorio del caso en cuestión, se devolverá el expediente al
instructor interviniente a los fines que establezca el monto actualizado a la fecha y
desde la presentación de alguno de los documentos comerciales mencionado
anteriormente, que certifiquen el daño ocasionado, conforme la utilización de la tasa
activa publicada por el Banco de la Nación Argentina. "
Artículo 2°. -Establézcase que la presente Resolución entrará en vigencia el 1° de
septiembre de 2021.
Artículo 3°. -Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a todas las Unidades Organizativas del ERSP. Cumplido, archívese.
Ameijenda