RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 87 2021 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Síntesis:

VIGENCIA ESPECIAL 1° DE SEPTIEMBRE DE 2021. SE MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 114/PARA/2019 - PROCEDIMIENTO PARA TRAMITACIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS, CONSULTAS Y RECLAMOS PRESENTADOS ANTE EL ERSP - ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Publicación:

14/03/2022

Sanción:

30/06/2021

Organismo:

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS


VISTO: el Art. 46 y el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210 y la

Resolución de Presidencia N° 34/PARA/2019 Y N° 114/PARA/2019, el Acta de

Directorio N° 779 de fecha 16 de junio de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es

autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, a través de la Resolución N° 34/PARA/2019 se creó la Comisión de

Procedimientos cuyo objeto es el relevamiento de los procedimientos del ERSP y la

propuesta de diseño de nuevos procedimientos y/o mejoras de los existentes;

Que, en el marco de la citada Comisión se han efectuado relevamientos en diferentes

Unidades Organizativas,

Que, como consecuencia de ello, se aprobó la Resolución N° 114/PARA/2019 que

dispuso el Procedimiento para Tramitación y Gestión de Denuncias, Consultas y

Reclamos presentados ante el ERSP;

Que, con posterioridad se advirtió la necesidad de modificar el Art. 24 de la resolución

señalada para hacer frente a las condiciones de depreciación de la moneda nacional,

con el fin de garantizar la protección del patrimonio del usuario afectado, según lo

normado en el del Art. 46 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, a tales fines por Acta de Directorio N° 779 de fecha 16 de junio de 2021 se

acordó modificar el artículo mencionado;

Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°

456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las

cuestiones relativas a la administración del ERSP;

Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello,

EL PRESIDENTE

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°. -Modifíquese el Art. 24 de la Resolución N° 114/PARA/2019, que quedará

redactado de la siguiente manera: " Artículo 24° Pautas para la resolución de los

reclamos. Si de las pruebas obrantes en autos surgiera la existencia de un daño por

parte de un prestador de un servicio público definido por la Ley 210, el instructor

deberá sugerir el monto del resarcimiento que correspondiere al reclamante. A tales

fines, el instructor tendrá en cuenta las circunstancias del caso, las pruebas obrantes

en autos y el daño sufrido por el reclamante. El presupuesto y/o factura presentada por

el reclamante será considerado a los efectos de la estimación de resarcimiento, sin

que implique que será equivalente a la reparación otorgada. Previo al inmediato

tratamiento por el Directorio del caso en cuestión, se devolverá el expediente al

instructor interviniente a los fines que establezca el monto actualizado a la fecha y

desde la presentación de alguno de los documentos comerciales mencionado

anteriormente, que certifiquen el daño ocasionado, conforme la utilización de la tasa

activa publicada por el Banco de la Nación Argentina. "

Artículo 2°. -Establézcase que la presente Resolución entrará en vigencia el 1° de

septiembre de 2021.

Artículo 3°. -Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a todas las Unidades Organizativas del ERSP. Cumplido, archívese.

Ameijenda

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución de Presidencia N° 87/ERSP/21 modifica el Art. 24 de la Resolución de Presidencia Nº 114/ERSP/2019. <strong>Vigencia: 1° de septiembre de 2021.</strong></p>