DISPOSICIÓN 85 2022 F/N ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL (E.M.U.I) - LEY N 473

Síntesis:

SE FIJA EL VALOR DE COLOCACIÓN DE CHAPÓN DE SEGURIDAD PARA OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA (CMS) - VALOR DEL ALQUILER DE CHAPÓN DE SEGURIDAD POR DÍA (CAC) - RÉGIMEN DE APERTURAS Y/O ROTURAS EN LA VÍA PÚBLICA - MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL

Publicación:

21/03/2022

Sanción:

17/03/2022

Organismo:

F/N ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL (E.M.U.I) - LEY N 473


VISTO: la Ley N° 473, la Ley N° 5.901 y su Decreto Reglamentario N° 81/2018, la

Resolución N° 88-MEPHUGC/22, la Disposición N° 5-EMUI/19, y el Expediente N° EX-

2022- 10266307-GCABA-EMUI, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la mencionada Ley N° 473, se creó este Ente de Mantenimiento

Urbano Integral (EMUI), con carácter de ente descentralizado;

Que el EMUI, que se encuentra en la órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento

Urbano del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, tiene por objeto la

dirección, administración y ejecución de los Servicios Públicos de Mantenimiento

Urbano Integral en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por Disposición 5-EMUI/19 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ente,

estableciendo que es competencia de la Gerencia Operativa de Planificación

supervisar las tareas de aperturas y/o roturas por obras realizadas por empresas de

servicio públicos;

Que la Ley N° 5.901 abrogó la Ley N° 2.634, aprobó el nuevo Régimen de Aperturas

y/o Roturas en la Vía Pública, y designó como Autoridad de Aplicación de la misma al

entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público, actual Ministerio de Espacio

Público e Higiene Urbana;

Que, mediante los artículos 1° y 17 de la citada ley, se dispuso que todo sujeto que

realiza aperturas en la vía pública tiene a su cargo el costo del cierre y que la

Autoridad de Aplicación debe establecer un sistema de recupero de costos;

Que, por medio del Decreto N° 81/18, se aprobó la reglamentación de la citada ley y

se facultó a la Autoridad de Aplicación de la Ley a dictar todos los actos interpretativos,

aclaratorios y complementarios, así como las cuestiones técnico-operativas que fueran

necesarias;

Que la Resolución 88-MEPHUGC/22 abrogó la Resolución N° 695-MEPHUGC/20 y

aprobó las cuestiones técnico-operativas en materia de obras de apertura en la vía

pública;

Que por Anexo V se facultó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a

intervenir de emergencia, con la colocación de un vallado y/o chapón, ante un

hundimiento de la calzada o un cierre provisorio o definitivo que revista un riesgo para

terceros y/o sus bienes;

Que, en este sentido y de conformidad con el Anexo VI de la citada Resolución, se

estableció que la subsanación de las medidas de seguridad por parte del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se hará con cargo al obligado, practicando la

liquidación correspondiente y emitiendo el certificado de deuda;

Que, asimismo, por su Anexo VII se fijó el cálculo del costo para la liquidación del

Valor de Medidas de Seguridad (VMS) para cuando el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires subsane la situación, en cuya ecuación se incluyó el Costo

de alquiler de chapón de seguridad por día (CAC) y el valor de colocación del chapón

de seguridad para obras en la vía pública (CMS), los que deberán ser fijados por acto

administrativo de este Ente;

Que, en cuanto a la metodología utilizada para determinar el CMS, la Gerencia

Operativa de Planificación ha informado mediante IF-2022-10269684-GCABA-EMUI

que se han tomado los renglones con sus correspondientes precios, adjudicados por

las empresas contratistas de la Licitación Pública N° 7162-0552-LPU21 que tiene por

objeto la contratación del "SERVICIO DE ALQUILER DE FLOTA VEHICULAR

(GRUAS, CAMIONETAS Y CAMIONES), MAQUINARIA MOVIL

(AUTOELEVADORES, MINI CARGADORAS, CARGADORAS FRONTALES) Y SU

SERVICIO OPERATIVO (EQUIPO DE OPERARIOS)", que este Ente de

Mantenimiento Urbano Integral utiliza para la colocación de los chapones de seguridad

en la calzada;

Que, concluye la Gerencia Operativa que el Valor de Colocación de chapón de

seguridad para obras en la vía pública (CMS) asciende a la suma de PESOS DOCE

MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 09/100 ($ 12.947,09);

Que, por su parte y respecto al Costo alquiler de chapón de seguridad por día (CAC),

la Gerencia Operativa calculó un valor promedio por la provisión del chapón de

seguridad, el cual contempla el valor del chapón de seguridad, el valor de los bulones

y arandelas para su colocación y la probabilidad de extravío, concluyendo que el valor

Costo alquiler de chapón de seguridad por día (CAC) asciende a la suma de PESOS

MIL DOSCIENTOS ($ 1.200);

Que en consecuencia corresponde dictar el correspondiente acto administrativo;

Que la Subgerencia Operativa Legales ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Resolución N° 88-MEPHUGC/22,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL

DISPONE:

Artículo 1°. - Fíjase, a partir del mes de abril 2022, el Valor de Colocación de chapón

de seguridad para obras en la vía pública (CMS) en la suma de PESOS DOCE MIL

NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 09/100 ($ 12.947,09).

Artículo 2°. - Fíjase, a partir del mes de abril 2022, el Valor del alquiler de chapón de

seguridad por día (CAC) en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200).

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a la

Dirección General Planificación y Coordinación de Intervenciones Urbanas y a la

Subsecretaría de Mantenimiento Urbano. Cumplido, archívese. Celerier

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 85-EMUI/22 fija, a partir del mes de abril 2022, el Valor de Colocación de chapón de seguridad para obras en la vía pública (CMS) en la suma de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 09/100 ($ 12.947,09), según lo previsto por Resolución 88-MEPHUGC/22.</p><p>Art. 2 fija, a partir del mes de abril 2022, el Valor del alquiler de chapón de seguridad por día (CAC) en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200).</p>