RESOLUCIÓN 77 2022 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

SE PRORROGA - PLAZO PARA RATIFICAR O RECTIFICAR - EL/LOS DOMICILIO/S DE EXPLOTACIÓN - REGISTRO DE DOMICILIOS DE EXPLOTACIÓN - RDE - EJERCICIO FISCAL 2022 - HASTA EL DÍA 29 DE ABRIL DE 2022 - CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES - ARTÍCULO 3° DE LA RESOLUCIÓN N° 24-AGIP/22

Publicación:

21/03/2022

Sanción:

17/03/2022

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: La Resolución N° 24-AGIP/22 (BOCBA N° 6301), y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución N° 24-AGIP/22 se implementa un Registro de

Domicilios de Explotación (RDE) de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos

Brutos, a los fines de facilitar la adopción de medidas de política tributaria sobre la

base de la información relativa al desarrollo de actividades económicas en los

inmuebles de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el articulo 2° de la citada Resolución define al domicilio de explotación como el

inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o

desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica;

Que asimismo, mediante el artículo 3° se establece que el domicilio de explotación

resulta exigible para los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los

Ingresos Brutos, comprendidos en todas las categorías del tributo, exceptuándose

algunos supuestos específicos;

Que complementariamente, se dispone en el artículo 7° de la norma mencionada que

los contribuyentes y/o responsables alcanzados deben ratificar o rectificar el/los

domicilio/s de explotación con carácter anual, desde el día 1° de enero al día 31 de

marzo de cada año;

Que en aras de facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales por parte de los

contribuyentes y/o responsables alcanzados, deviene oportuno disponer

excepcionalmente una prórroga del plazo fijado para la ratificación o rectificación

del/de los domicilio/s de explotación.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 29 de abril de 2022, el plazo para ratificar o

rectificar el/los domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación

(RDE), cuyo vencimiento original para el ejercicio fiscal 2022 opera el día 31 de marzo

del corriente año, respecto de los contribuyentes y/o responsables detallados en el

artículo 3° de la Resolución N° 24-AGIP/22.

Artículo 2°.- La prórroga prevista en el artículo anterior no resulta aplicable para la

actualización del/de los domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de

Explotación (RDE), establecida con carácter obligatorio para la realización de trámites

o procedimientos y/o el reconocimiento de beneficios.

Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales y demás áreas

dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido

archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 77/AGIP/22 prorroga hasta el día 29 de abril de 2022 el plazo previsto en el artículo 7° de la Resolución N° 24-AGIP/22.</p>