DECRETO 101 2022
Síntesis:
SE INSCRIBE - DOMINIO PRIVADO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - TERRENO INDIVIDUALIZADA SEGÚN PLANO 34-C-2020 - PARCELA 1H DE LA MANZANA 30E SECCIÓN 66 CIRCUNSCRIPCIÓN 1
Publicación:
22/03/2022
Sanción:
18/03/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 351, 1.251,
1.770 y 5.705 (textos consolidados por la Ley N° 6.347), el Decreto N° 94/22, el
Expediente Electrónico N° 35519573-GCABA- DGADB/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto se promueve la primera inscripción
de dominio a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de una superficie de
terreno de 26.690,62 m 2 (sumatoria) que se ubica dentro del área delimitada por las
vías del Ferrocarril Gral. Belgrano Sur, Avda. Escalada, Avda. Gral. Fernández de la
Cruz, virtual prolongación de la calle Pola y calles Unanue y Miralla, identificada por
Plano de mensura con Fraccionamiento 34-C-2020 (lámina 3 /4) como polígonos A-B-
C-D-E-F-G-S-T-U-V-W-X-Y-Z-A1-B1-C1-D1-E1-F1-G1-H1-I1-A (sup. 14.719,86 m 2 ) y
J1-K1-L1-M1-N1-O1-P1-Q1-R1-S1-T1-U1-V1-W1-X1-Y1-Z1-A2-B2-C2-J1 (sup.
11.970,76 m 2 ) a incorporar a la Parcela 1h de la Manzana 30E, Sección 66,
Circunscripción 1;
Que, conforme la Ley N° 1.251, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad, en su carácter
de órgano de aplicación de las políticas de vivienda del Gobierno de esta Ciudad, tiene
como principio garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los
destinatarios de las diferentes operatorias;
Que mediante la Ley N° 1.770, el polígono dentro del cual se emplazan las superficies
objeto del presente, se afectó a la urbanización del "Barrio 20", mientras que por la Ley
N° 5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración socio-urbana;
Que de esta manera, en virtud del artículo 20 de la citada Ley N° 5.705, la superficie
correspondiente a las ex trazas de las calles comprendidas en los polígonos
descriptos, han sido desafectadas del dominio público para su incorporación al
dominio privado de la Ciudad, resultando necesario proceder a la primera inscripción
registral y a su incorporación a la Parcela 1h de la Manzana 30E, Sección 66,
Circunscripción 1;
Que le corresponde a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio de dichas
superficies de terreno en virtud del artículo 236 inc. a) del Código Civil y Comercial de
la Nación, por estar situadas dentro de los límites territoriales de la Ciudad y carecer
de otro dueño;
Que en este sentido, de conformidad con la Ley N° 351, por Decreto N° 94/22, se
declaró adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el dominio de los
inmuebles identificados catastralmente como Parcelas 1f, 1g y 1i de la Manzana 30E,
Sección 66, Circunscripción 1 ubicadas según Plano de mensura con fraccionamiento
34-C-2020 (lámina 1/4) dentro del área delimitada por las vías del Ferrocarril General
Belgrano Sur, Avda. Escalada, Avda. Gral. Francisco Fernández de la Cruz, virtual
prolongación calle Pola y calles Unanue y Miralla;
Que la Dirección General Administración de Bienes de la Subsecretaría de
Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción, se ha expedido en el marco de sus competencias;
Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario autorizar a la Dirección
General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la
inscripción de las superficies de terreno mencionadas en el Registro de la Propiedad
Inmueble de la Capital Federal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° inciso
a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le corresponde de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6347).
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Inscríbase bajo el dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires la superficie de terreno de 26.690,62 m2 (sumatoria) individualizada según Plano
34-C-2020 como polígonos A-B-C-D-E-F-G-S-T-U-V-W-X-Y-Z-A1-B1-C1-D1-E1-F1-
G1-H1-I1-A y J1-K1-L1-M1-N1-O1-P1-Q1-R1-S1-T1-U1-V1-W1-X1-Y1-Z1-A2-B2-C2-
J1 a incorporar a la Parcela 1h de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, de
conformidad con lo prescripto por Ley N° 5.705.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la declaratoria de dominio de la superficie
de terreno mencionada en el artículo 1° a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y a inscribirlo por documento administrativo y/o escritura pública en el Registro
de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría
de Gestión Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura
de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes de la
Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía
General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Giusti - Migliore - Miguel