DECRETO 1333 2004
Síntesis:
ASIGNA AL ÁREA GESTIÓN DE LA RIBERA LA SUPERVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO N° 53 SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SA - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - RECUPERACIÓN DE VEREDÓN - COSTANERA SUR - AV ELVIRA RAWSON - AV DELLEPIANE - MONUMENTO A ESPAÑA
Publicación:
03/08/2004
Sanción:
26/07/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 10.120/03 y;
CONSIDERANDO:
Que, por Convenio registrado bajo el N° 53, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. y la Corporación Buenos Aires Sur S.E. acordaron la recuperación del tramo de veredón que conforma el Paseo conocido como Costanera Sur desde la avenida Elvira Rawson de Dellepiane hasta su finalización frente al Monumento a España de A. Dresco;
Que, el mencionado instrumento no delega específicamente el área del gobierno que estará a cargo de cumplimentar con las obligaciones que asume;
Que, resulta necesario asignar la responsabilidad de velar por el cumplimiento acabado de dicho acuerdo;
Que, por Decreto N° 477/96, se asignó al Área Gestión de la Ribera la responsabilidad de coordinar las gestiones, acciones y proyectos involucrados en el área ribereña que impulse en forma directa al Gobierno de la Ciudad, por sí, a través de terceros y/o sociedades en las que forma parte;
Que, asimismo el Área mencionada tiene la responsabilidad de analizar y compatibilizar los proyectos que se deseen llevar a cabo en dicha zona a fin de evitar desajustes y contradicciones funcionales;
Que, en consecuencia resulta conveniente asignar a dicha Área la tarea de supervisar el cumplimiento del Convenio registrado bajo el N° 53 suscripto entre la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. y la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1° - Asígnase al Área Gestión de la Ribera, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable la tarea de supervisar el cumplimiento del Convenio N° 53 suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Corporación Antiguo Puerto Madero S.A. y la Corporación Buenos Aires Sur S.E.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la Sra. Secretaria de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable. Cumplido, archívese.