DECRETO 477 1996

Síntesis:

ESTABLECE EL ÁREA DE GESTIÓN DE LA RIBERA - AGR - DESIGNA A CARGO AL ARQUITECTO JOSÉ MARÍA OLIVER - LE N° 4249956

Publicación:

26/11/1996

Sanción:

30/10/1996

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, recientemente sancionada, y

CONSIDERANDO:

Que en su Art. 8°, ratifica la condición de la Ciudad de corribereña del Río de la Plata y del Riachuelo y que ello requiere poner especial énfasis en la coordinación y seguimiento de las acciones y gestiones a realizar en el área;
Que es vocación del Gobierno de la Ciudad recuperar el río para Buenos Aires, reestablecer y preservar las áreas verdes y los espacios recreativos y turísticos para todos los ciudadanos, ordenar e impulsar el desarrollo del área para transformarla en un espacio urbano de la más alta calidad y solucionar los conflictos existentes;

Que para alcanzar estos objetivos expuestos, la función considerada necesaria requiere una persona de trayectoria y experiencia acorde con la responsabilidad a asumir y la política fijada;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 9 del, artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Art. 1 ° - Queda establecida el Área de Gestión de la Ribera (A.G.R.), que tendrá el nivel de Dirección General, para iniciar su desarrollo.

Art. 2° - Desígnase a cargo del Área de Gestión de la Ribera (A.G.R.), al Arquitecto José María Oliver, L.E. N° 04.249.956, a quien se le asigna la responsabilidad de:

a) Coordinar las gestiones, acciones y proyectos involucrados que el Gobierno de la Ciudad impulsará en el área.

b) Analizar y compatibilizar los proyectos que organismos nacionales deseen llevar a cabo en la misma para evitar desajustes y contradicciones funcionales.

c) Formar la estructura de personal inicial indispensable para llevar adelante su cometido y adecuar y equipar el lugar físico que se asigne para poder desempeñarse.

d) Proponer la organización funcional y jurídica futura más adecuada para hacer eficiente la tarea encomendada.

Art. 3° - El Área de Gestión de la Ribera (A.G.R.), dependerá directamente de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad y podrá solicitar a todos los Secretarios la colaboración que requerirá para poder cumplir con su cometido.

Art. 4° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Planificación Presupuestaria, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto.

Art. 5° - El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Secretarios del Órgano Ejecutivo.

Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a todas las áreas integrantes del Órgano Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Modifica estructura organizativa del ministerio de Desarrollo Urbano
CESADA POR
EL Dec 73-02 acepta la renuncia del Arq J M Olivier, como responsable del Organismo F/N Área Gestión de la Ribera, ex SMAYDS, a partir del 01-06-01
MODIFICADA POR
Dec. 339-99 Art. 8 modifica al Art. 3° del Dec. 477-96
MODIFICADA POR
Dec. 2125-99 Asigna al Arq. José María Oliver, a cargo del Area Gestión de la Ribera el nivel retributivo de Subsecretario
COMPLEMENTADA POR
Res. 313-SED-97 complementa al Dec. 477-96
INTEGRADA POR
Dec. 477-96 crea el Área Gestión de la Ribera y el Dec. 1333-04 le asigna la tarea de supervisar el cumplimiento del Convenio N° 53
MODIFICA
Dto.707-00 Acepta renuncia presentada por el arquitecto José María Oliver, a los haberes que percibe actualmente, correspondientes a la designación a cargo del Area de Gestión de la Ribera (A.G.R.)