DECRETO 1349 2004
Síntesis:
NORMA DEROGADA - OTORGA UN SUBSIDIO A FAVOR DE LA CASA DEL TEATRO - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - AUMENTO DE MONTOS - SUBSIDIO MENSUAL
Publicación:
05/08/2004
Sanción:
26/07/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto el Expediente N° 15.350/04 y;
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la Casa del Teatro, solicita incrementar a la suma de pesos diez mil ($ 10.000) el monto del subsidio mensual otorgado por la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, mediante Ordenanza N° 40.525, de fecha 2 de mayo de 1985, que a la fecha asciende a la suma de pesos seis mil cuatrocientos treinta ($ 6.430);
Que motiva dicha solicitud la imperiosa necesidad de contar con los fondos suficientes que permitan cubrir los gastos de alimentación, albergue, manutención y asistencia médica de los cuarenta y cinco pensionados, como así también, los costos ocasionados por la prestación de los servicios de luz, gas, teléfono, aguas, sueldos del personal, impuestos, además del mantenimiento total del edifico, que sufre el natural deterioro de sus 75 años;
Que la mencionada Institución tiene por objeto el bien común, la solidaridad social y la ayuda recíproca entre sus asociados, contribuyendo a su bienestar material y espiritual, mediante prestaciones, servicios y beneficios;
Que entre sus múltiples actividades, efectúa acciones de carácter benéficas a personalidades del quehacer artístico con una destacada trayectoria en diversas manifestaciones culturales, que se encuentran sin recursos y sin medios adecuados;
Que la Secretaría de Cultura solicita se contemple la posibilidad de otorgar los fondos peticionados, avalando el pedido formulado por la Casa del Teatro;
Que habiendo tomado intervención la Secretaría de Hacienda y Finanzas consideró, en virtud de las facultades constitucionales conferidas, propiciar el dictado de la norma legal por la cual se conceda un nuevo subsidio por la suma de pesos tres mil quinientos setenta, ($ 3.570);
Por ello y en uso de las facultades establecidas en el artículo 104, inciso 17), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Otórgase en carácter de subsidio la suma mensual de pesos tres mil quinientos setenta ($ 3.570) a favor de la Casa del Teatro, a partir del 1° de julio de 2004, a fin de que la misma continúe desarrollando las tareas sociales que brinda en la actualidad.
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su notificación y demás efectos, remítase a la Secretaría Jefe de Gabinete y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Contaduría. Cumplido, archívese. IBARRA - Albamonte - Fernández