DECRETO 241 2014
Síntesis:
NORMA DEROGADA - CONCEDE SUBSIDIO - CASA DEL TEATRO DE PROTECCIÓN RECÍPROCA - SUBSIDIO MENSUAL - A PARTIR 1 DE MARZO 2014 - DEROGA DECRETO 1349-04 - EJERCICIO 2014
Publicación:
23/06/2014
Sanción:
17/06/2014
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
El Decreto N° 1.349/04 y el Expediente Electrónico N° 6.350.503/MGEYA-
DGTALMC/14, y
CONSIDERANDO:
Que la "Casa del Teatro de Protección Recíproca" es una entidad de bien común, que
tiene por objeto no sólo el desarrollo de actividades vinculadas a lo artístico, sino
también la solidaridad social y la ayuda recíproca entre sus asociados, contribuyendo
a su bienestar material, a través del albergue, la manutención y la asistencia médica;
Que el cumplimiento de dichos objetivos, implica afrontar los gastos derivados de
ellos, como así también los costos de los servicios básicos de luz, gas, teléfono, etc., y
el mantenimiento general del edificio que posee más de 80 años de antigüedad;
Que la mencionada entidad, cumple sus fines con las contribuciones y donaciones de
terceros que desean colaborar con ella;
Que los fines y objetivos que realiza la "Casa del Teatro de Protección Recíproca",
resultan de interés para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 1.349/04, se otorgó a favor de dicha entidad un subsidio
mensual, a fin de que sea destinado al cumplimiento de sus tareas sociales;
Que con la finalidad que la "Casa del Teatro de Protección Recíproca" continúe
desarrollando sus objetivos, el Ministerio de Cultura propicia el otorgamiento de un
subsidio mensual por la suma total de Pesos Veinte Mil ($ 20.000);
Que el Ministerio de Hacienda ha tomado debida intervención;
Que en virtud de todo ello, corresponde conceder un subsidio mensual por la suma
mencionada, y en consecuencia derogar el Decreto N° 1.349/04.
Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104
inciso 17) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Concédase a la "Casa del Teatro de Protección Recíproca", a partir del 1°
de marzo de 2014, en carácter de subsidio mensual la suma total de Pesos Veinte Mil
($ 20.000).
Artículo 2°.- El gasto que demande el presente Decreto será imputado a la partida
presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor.
Artículo 3°.- Derógase el Decreto N° 1.349/04.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura,
de Hacienda, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería del Ministerio
de Hacienda, y para su conocimiento, notificación a la interesada, y demás efectos,
pase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Vidal p/p - Lombardi - Grindetti -
Rodríguez Larreta