RESOLUCIÓN 1099 2022 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN PROGRESIVA - BACHILLERATO CON ORIENTACIÓN EN ARTE - ARTES VISUALES - ESCUELA DE BELLAS ARTES LOLA MORA - EDUCACIÓN SECUNDARIA

Publicación:

29/03/2022

Sanción:

03/03/2022

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y su modificatoria, las Leyes Nros. 898 y 6.292 (textos consolidados por Ley N°

6.347), las Resoluciones CFE Nros. 84/09 y 93/09, las Resoluciones Nros. 556-

SED/03, 645-SED/04, y 321-MEGC/15 y sus complementarias, el Expediente

Electrónico N° 08.795.004-GCABA-DGPLEDU/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que el Estado, las Provincias y la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de

proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de

la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de ese

derecho;

Que la Ley N° 898, establece la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del

nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones;

Que por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Educación;

Que el citado Ministerio tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social;

Que por Resoluciones Nros. 556-SED/03 y 645-SED/04, se aprobó el Plan de Estudios

Bachillerato con Orientación Artística para Adultos (Área de focalización: Diseño), en la

Escuela de Bellas Artes "Lola Mora" del Distrito Escolar N° 21;

Que por Resolución CFE N° 84/09, se aprobó el documento "Lineamientos Políticos y

Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", en el marco de los procesos de

unificación de la escolaridad secundaria y estableció en el marco de la obligatoriedad

del nivel secundario previsto por la Ley Nacional de Educación, la implementación de

un Ciclo Básico y un Ciclo Orientado;

Que por Resolución CFE N° 93/09 se aprobó el documento "Orientación Pedagógica e

Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria" el cual establece que el

desarrollo curricular podrá presentar variantes según las posibilidades de las

organizaciones institucionales;

Que por Resolución N° 321-MEGC/15 y sus complementarias, se aprobó el diseño

curricular jurisdiccional para el nivel secundario, que contempla los campos de la

formación general y la formación orientada;

Que asimismo la mencionada Resolución, aprobó el Diseño Curricular y la Estructura

Curricular para el Ciclo Orientado de la Formación Específica en Arte- Artes Visuales;

Que la Dirección General de Planeamiento Educativo y la Dirección de Educación

Artística dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, propician la actualización e implementación de la Nueva Escuela

Secundaria, en la modalidad de Bachiller con Orientación en Arte-Artes Visuales;

Que de este modo se desarrollarán los campos de la formación general y orientada,

pero con una organización adecuada a las necesidades de este grupo de jóvenes

destinatario;

Que por ello se propicia la implementación progresiva del Bachillerato con Orientación

en Arte-Artes Visuales, aprobado por la Resolución N° 321-MEGC/15 y sus

complementarias, en la Escuela de Bellas Artes "Lola Mora" del Distrito Escolar N° 21,

dependiente de la Dirección de Educación Artística de la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa que, actualmente, dicta el plan de

estudio aprobado por las Resoluciones Nros. 556-SED/03 y 645-SED/04;

Que en este orden de ideas, se propicia aprobar el "Régimen de Implementación

Curricular", de conformidad con lo previsto por la Resolución CFE N° 93/09 para el

establecimiento educativo mencionado;

Que habiendo tomado intervención las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa y de Carrera Docente, las Direcciones Generales de Planeamiento

Educativo, la Dirección de Educación Artística, y la Gerencia Operativa de Currículum

han brindado su conformidad en los presentes;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención legal de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase la implementación progresiva del Bachillerato con Orientación

en Arte- Artes Visuales, aprobado por la Resolución N° 321-MEGC/15 y sus

complementarias, en la Escuela de Bellas Artes "Lola Mora" del Distrito Escolar N° 21,

dependiente de la Dirección de Educación Artística de la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, de acuerdo con el "Régimen de

Implementación Curricular", que se detalla en el Anexo (IF-2022-08881382- GCABA-

DGPLEDU), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Establécese que la implementación del Bachillerato con Orientación en

Arte-Artes Visuales aprobada en el Artículo 1° será de implementación gradual y

progresiva, a partir del ciclo lectivo 2022.

Artículo 3°.- Encomiéndase a las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa y de Carrera Docente, dictar las normas complementarias que

fueren necesarias para la efectiva implementación de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Efectúense las Comunicaciones Oficiales correspondientes a las Subsecretarías de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, y de Carrera Docente a las

Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, y de Carrera Docente, a las

Gerencias Operativas de Currículum, de Títulos y Legalizaciones y, para su

conocimiento y demás efectos pase a la Comisión de Registro de Evaluación de

Antecedentes Profesionales del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6346

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art 1° de la Resolución N° 3860/SSCDOC/22 aprueba las pautas para la reasignación del personal docente interino y titular de primero a cuarto año de los establecimientos educativos alcanzados por la Resolucion Nro. 1.099-GCABAMEDGC/22 que aprueba la implementación de los Planes “Bachillerato con orientación en Arte – Artes visuales”.</p>