RESOLUCIÓN 3860 2022 SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
Síntesis:
SE APRUEBAN PAUTAS - REASIGNACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE INTERINO Y TITULAR - PRIMERO A CUARTO AÑO - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES BACHILLERATO CON ORIENTACIÓN EN ARTE - ARTES VISUALES - BACHILLERATO CON ORIENTACIÓN EN ARTE MÚSICA - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE
Publicación:
29/04/2022
Sanción:
20/04/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°
26.206, las Leyes Nros. 898 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), la
Resolución del Ministerio de Educación de la Nación N° 497/77, las Resoluciones del
Consejo Federal de Educación Nros. 84/09 y 93/09, las Resoluciones Nros. 321-
MEGC/15 y complementarias, 1.099-GCABA-MEDGC/22 y 1.100-GCABA-
MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 12.010.911-GCABA-SSCPEE/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que el Estado, las Provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable de
proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los habitantes de
la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de ese
derecho;
Que la Ley N° 898, establece la obligatoriedad de la educación hasta la finalización del
nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones;
Que conforme la Ley N° 6.292, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social;
Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 84/09, se aprobó el
documento "Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria
Obligatoria", en el marco de los procesos de unificación de la escolaridad secundaria y
estableció en el marco de la obligatoriedad del nivel secundario previsto por la Ley
Nacional de Educación, la implementación de un Ciclo Básico y un Ciclo Orientado;
Que por Resolución del Consejo Federal de Educación N° 93/09 se aprobó el
documento "Orientación Pedagógica e Institucional de la Educación Secundaria
Obligatoria" el cual establece que el desarrollo curricular podrá presentar variantes
según las posibilidades de las organizaciones institucionales;
Que por la Resolución del Ministerio de Educación Nacional N° 497/1977 se aprobó el
Plan de Estudios del Bachillerato con Orientación Artística para Adultos;
Que por Resolución N° 321-MEGC/15 y sus complementarias, se aprobó el diseño
curricular de la jurisdicción ajustado a la Ley Nacional de Educación No 26.206 y la
normativa federal de referencia aprobada por las Resoluciones CFE N° 84/09 y N°
93/09 para el nivel secundario;
Que de acuerdo a los lineamientos federales, las Resoluciones N° 1099-GCABA-
MEDGC/22 y N° 1100-GCABA-MEDGC/22, aprobaron la implementación progresiva
de los Planes "Bachillerato con orientación en Arte Artes visuales" y "Bachillerato con
orientación en Arte Música" en los establecimientos educativos dependientes de la
Dirección de Educación Artística, detallados en los Anexos N° IF-2022-08881382-
GCABA-DGPLEDU e IF-2022-08881499-GCABA-DGPLEDU, respectivamente;
Que asimismo, y en miras a la generación de consensos respecto de la aplicación del
nuevo plan de estudio, esta Administración mantuvo dialogo y mesas de trabajo con
los distintos actores de la comunidad educativa implicada, en pos de garantizar la
continuidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje;
Que en atención a la progresiva implementación a partir del ciclo lectivo 2022 antes
señalada, la Dirección de Educación Artística propicia la aprobación de las pautas para
la reasignación del personal docente interino y titular de primero a cuarto año, de los
establecimientos educativos alcanzados por las Resoluciones N° 1.099- GCABA-
MEDGC/22 y N° 11.00-GCABA-MEDGC/22 de conformidad con al Anexo (IF-2022-
14276668- GCABA-SSCPEE);
Que habiendo tomado intervención las Subsecretarías Carrera Docente y de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y la Dirección General de Carrera
Docente, han brindado su conformidad con el proyecto cuya aprobación se propicia;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse las pautas para la reasignación del personal docente interino
y titular de primero a cuarto año de los establecimientos educativos alcanzados por las
Resoluciones Nros. 1.099-GCABAMEDGC/22 y 1.100-GCABA-MEDGC/22 que
aprobaron la implementación de los Planes "Bachillerato con orientación en Arte
Artes visuales" y "Bachillerato con orientación en Arte Música", de conformidad al
detalle obrante en el Anexo (IF-2022-14276668-GCABA-SSCPEE), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Establécese que la reasignación de horas cátedra, cargos, funciones y/o
tareas del personal docente titular e interino alcanzado por las Resoluciones Nros.
1.099-GCABA-MEDGC/22 y 1.100-GCABAMEDGC/22 se efectuará a partir del
análisis de compatibilidad de los títulos y certificaciones de base y capacitación
continua del docente y su correlación con el contenido de enseñanza de las unidades
curriculares del nuevo plan de estudio.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Efectúense las Comunicaciones Oficiales
a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las
Direcciones Generales de Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión
Estatal y a la Dirección de Educación Artística. Cumplido, archívese. Ghillione