DECRETO 12/01/1938 1938
Síntesis:
DEBER DE SOLICITUD - HABILITACIÓN MUNICIPAL - ESTUDIOS - ESTACIONES RADIODIFUSORAS
Publicación:
18/01/1938
Sanción:
12/01/1938
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Artículo 1°-Antes de librarse al servicio un local para Instalar uno o más estudios de Estaciones Radiodifusoras, se deberá solicitar previamente la habilitación municipal de ese local.
Art. 6° Estos locales funcionarán Independientemente de cualquier otro y no serán habitables salvo por persona encargada de su vigilancia en horas que no funciona la estación.
Art. 8°-Cuando en estos locales se destinen ambientes o dependencias para contener público o invitados, la Inspección de Espectáculos dispondrá que se cumplan todas las disposiciones sobre seguridad e higiene de acuerdo con la capacidad del mismo.
NOTA AL USUARIO: El presente texto figura en el Digesto Municipal de 1993, AD 793.2
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
DEROGADA POR
<p>Artículo 2° del Decreto N° 134/2022 deroga el Decreto de fecha 12/1/1938.</p>