DECRETO 12/01/1938 1938

Síntesis:

DEBER DE SOLICITUD - HABILITACIÓN MUNICIPAL - ESTUDIOS - ESTACIONES RADIODIFUSORAS 

Publicación:

18/01/1938

Sanción:

12/01/1938

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Artículo 1°-Antes de librarse al servicio un local para Instalar uno o más estudios de Estaciones Radiodifusoras, se deberá solicitar previamente la habilitación municipal de ese local.

Art. 6° Estos locales funcionarán Independientemente de cualquier otro y no serán habitables salvo por persona encargada de su vigilancia en horas que no funciona la estación.

Art. 8°-Cuando en estos locales se destinen ambientes o dependencias para contener público o invitados, la Inspección de Espectáculos dispondrá que se cumplan todas las disposiciones sobre seguridad e higiene de acuerdo con la capacidad del mismo.

Ver archivo 1

NOTA AL USUARIO: El presente texto figura en el Digesto Municipal de 1993, AD 793.2

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° del Decreto N° 134/2022 deroga el Decreto de fecha 12/1/1938.</p>