RESOLUCIÓN 146 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE ESTABLECE - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO POLICIAL - MOPOL - VALOR DEL MÓDULO RETRIBUTIVO PARA EL PERSONAL NO POLICIAL - MONOPOL - SUPLEMENTOS - DECRETO 47/2017

Publicación:

01/04/2022

Sanción:

29/03/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Leyes Nros. 6.292 y N° 5.688 (ambos textos consolidados según la Ley N°

6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico 09104257-

GCABA-DGCOMP/22, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por la Ley N° 6.347), se sancionó la Ley

de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por su parte, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la

creación de la Policía de la Ciudad;

Que, el Jefe de Gobierno estableció la estructura salarial de la Policía de la Ciudad en

el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, disponiendo que el sueldo básico

correspondiente a cada grado del escalafón policial se determine como un porcentaje

del sueldo básico del Jefe de la Policía, y que este último se fije en Módulos

Retributivos Policiales (MOPOL);

Que, en la misma normativa se decretó que el sueldo básico correspondiente a los

distintos niveles del agrupamiento de personal sin estado policial integrante de la

Policía de la Ciudad se determine como un porcentaje del sueldo básico del nivel A, y

que este último se fije en Módulos Retributivos para el Personal No Policial

(MONOPOL);

Que, en el artículo 3° del citado Decreto, se facultó a los titulares de los Ministerios de

Justicia y Seguridad y del entonces Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de

Hacienda y Finanzas, en forma conjunta, a fijar el valor de los Módulos Retributivos

referidos;

Que, resulta oportuno establecer una actualización de los Módulos Retributivos citados

a partir del 1° de marzo del corriente año;

Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente;

Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292 (Texto

consolidado según Ley N° 6.347), el Decreto N° 47/17 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD Y

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establecer, a partir del 1° de marzo de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CUARENTA Y TRES CON 0558/10000 ($ 43,0558).

Artículo 2°.- Establecer, a partir del 1° de marzo de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES CON 8840/10000

($ 53,8840).

Artículo 3°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los

artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de marzo de 2022.

Artículo 4°.- Establecer, a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo

Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS

CUARENTA Y SIETE CON 2531/10000 ($ 47,2531).

Artículo 5°.- Establecer, a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo

para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N°

47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CON 1369/10000 ($ 59,1369).

Artículo 6°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los

artículos 4 y 5 de la presente a partir del 1° de Julio de 2022.

Artículo 7°.- Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma

de PESOS CINCUENTA Y TRES CON 5491/10000 ($ 53,5491).

Artículo 8°.- Establecer, a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo

Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del

Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE CON 0163/10000

($ 67,0163).

Artículo 9°.- Establecer que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,

15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus

modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los

artículos 7 y 8 de la presente a partir del 1° de Octubre de 2022.

Artículo 10°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente

será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.

Artículo 11°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Subsecretaría

de Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia

y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública, y para su conocimiento y

demás efectos, pase a la Dirección General Compensaciones. Cumplido, archívese.

D'Alessandro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 146/MHFGC/22 establece a partir del 1° de marzo de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA Y TRES CON 0558/10000 ($ 43,0558)</p><p>Art. 2 establece a partir del 1° de marzo de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES CON 8840/10000 ($ 53,8840).</p><p>Art. 3 establece que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14,<br />15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los artículos 1 y 2 de la presente, a partir del 1° de marzo de 2022.</p><p>Art. 4 establece a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON 2531/10000 ($ 47,2531).</p><p>Art. 5 establece  a partir del 1° de Julio de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE CON 1369/10000 ($ 59,1369). </p><p>Art. 6 establece que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los artículos 4 y 5 de la presente a partir del 1° de Julio de 2022.</p><p>Art 7 establece a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo Policial (MOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES CON 5491/10000 ($ 53,5491).</p><p>Art. 8 establece a partir del 1° de Octubre de 2022, el valor del Módulo Retributivo para el Personal No Policial (MONOPOL) creado por el artículo 2° del Decreto N° 47/17 en la suma de PESOS SESENTA Y SIETE CON 0163/10000 ($ 67,0163).</p><p>Art 9 establece que los suplementos establecidos en los artículos 12, 13, 14, 15, 27, 28, 33 inciso b), 34, 35 inciso a), 36 y 40 del Decreto N° 47/2017 y sus modificatorios se ajustan en la misma proporción que el salario básico indicado en los artículos 7 y 8 de la presente a partir del 1° de Octubre de 2022.</p>