DECRETO 36 2000

Síntesis:

APRUEBA EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, PARA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS, DESTINADO A LA POBLACIÓN HOSPITALARIA Y PERSONAL AUTORIZADO DE LOS MISMOS

Publicación:

21/01/2000

Sanción:

14/01/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 76.759/98, el Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, el Decreto N° 386/75 (B.M. N° 14.955), modificado por el Decreto N° 4.968-76 (B.M. N° 15.385), y el Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la Contratación de un Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas, destinado a la Población Hospitalaria y Personal Autorizado de los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dada la naturaleza del servicio que se propicia, resulta necesario establecer cláusulas no contempladas en el Reglamento de Contrataciones del Estado, e instrumentar un régimen especial de penalidades y de causales de rescisión que permitan resolver los eventuales incumplimientos contractuales;

Que el Inc. 128) del Decreto N° 5.720/ PEN/72 y modificatorios, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, adoptados por Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193), prevé las circunstancias mencionadas en el considerando precedente;

Que por Decreto N° 386/75, modificado por el Decreto N° 4.968/76, se reglamenta el procedimiento de aprobación de Pliegos de Características Especiales;

Que la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, ha elaborado el pertinente proyecto de instrumento licitario;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinion en los presentes actuados;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Inc. 128) del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del Art. 61 del Decreto Ley N° 23.354/56, y las facultades legales que le son propias, Art. 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Comisión de Estudios de Pliegos de Condiciones Especiales, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que como Anexo forma parte del presente decreto, para contratar el Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas, destinado a la Población Hospitalaria y Personal Autorizado de los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que a continuación se determinan:

Hospital General de Agudos Dr. Teodoro Alvarez.

Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear

· Centro de Salud Mental N° 3

Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich.

· Centro de Salud N° 9.

· Centro de Salud N° 15.

Hospital de Odontología Infantil Benito Quinquela Martín.

Hospital Neuropsiquiátrico Dr. José Tiburcio Borda.

Hospital de Oncología María Curie.

Hospital General de Agudos Dr. Carlos Gustavo Durand.

Hospital General de Niños Pedro de Elizalde.

Hospital General de Agudos Dr. Juan Antonio Fernández.

Centro de Salud N° 21.

Hospital de Rehabilitación Respiratoria María Ferrer.

Hogar Respiratorio.

Hospital General de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez.

Hospital de Oftalmología Dr. Pedro Lagleyze.

Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Braulio Aurelio Moyano.

Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz.

Pabellón Koch.

Hospital General de Agudos José María Penna.

Centro de Salud N° 8.

Centro de Salud N° 10.

Centro de Salud N° 16.

Centro de Salud N° 17.

Centro de Salud San Martín.

Hospital General de Agudos Parmenio Teódulo Piñero.

Centro de Salud N° 6.

Centro de Salud N° 13.

Centro de Salud N° 14.

Centro de Salud N° 18.

Centro de Salud N° 19.

Centro de Salud N° 20.

Centro de Salud N° 24.

Hospital General de Agudos Dr. Ignacio Pirovano

Centro de Salud N° 1 Manuela Pedraza.

Hospital de Quemados.

Hospital General de Agudos José María Ramos Mejía.

Centro de Salud N° 11.

Centro de Salud Carlos Gardel.

Hospital de Odontología Dr. José Dueñas.

Hospital de Rehabilitación Psicofísica.

Hospital General de Agudos Bernardino Rivadavia

Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca.

Hospital de Oftalmología Santa Lucía.

Hospital General de Agudos Donación Francisco Santojanni.

Centro de Salud N° 3.

Centro de Salud N° 4.

Centro de Salud N° 5.

Centro de Salud N, 7.

Centro San José,

Hospital Materno Infantil Ramon Sardá.

Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García.

Hospital General de Agudos Enrique Tornú,

Hospital de Gastroenterología Dr. Carlos Bonorino Udaondo.

Hospital General de Agudos Dalmacio Vélez Sársfield.

Hospital General de Agudos Abel Zubizarreta.

Art. 2° Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el Art. 55 del Decreto Ley N° 23.354-56, sobre la documentación aprobada en el Art. 1°, por la suma aproximada de $ 54.260.280 (pesos cincuenta y cuatro millones doscientos sesenta mil doscientos ochenta).

Art. 3° Facúltase a los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas a emitir circulares ampliatorias y/o modificatorias sobre la documentación aprobada en el Art. 1° del presente decreto, como asimismo a designar a los miembros que integrarán la Comisión de Preadjudicaciones y Análisis Técnico de ofertas y adjudicación de la contratación.

Art. 4° El gasto que demande la presente gestión será imputado a las Partidas Presupuestarias de los ejercicios correspondientes.

Art. 5° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite y comuníquese a la Secretaría de Salud.

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