RESOLUCIÓN 1075 2022 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE AUTORIZA LA PRESTACIóN DE TAREAS ADICIONALES

Publicación:

07/04/2022

Sanción:

04/04/2022

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

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VISTO: Los Decretos Nros 1.202/05 y 798/06, la Resolución N° 46-SSHA/22 y el

Expediente Electrónico N° 10384596-GCABA-DGAYDRH/22, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 1.202/05 se estableció que los servicios y las prestaciones

extraordinarias que deban ser cumplidas por los agentes gubernamentales, cuyo

desarrollo excedan sus jornadas normales de labor serán reconocidas y liquidadas

bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

(URSE), de carácter remunerativo;

Que, el artículo 1° del Decreto N° 798/06 dispuso que la autorización para habilitar

prestaciones remuneradas mediante el presente sistema es dispuesta, según la

dependencia de la repartición involucrada, por el Ministro o funcionario con nivel o

rango equivalente, o por el Secretario correspondiente, no pudiéndose exceder el tope

por agente de doscientos setenta y cinco (275) URSE anuales cuando éstas sean

realizadas en días hábiles, o de ciento treinta y siete (137) URSE cuando se realicen

en días inhábiles;

Que, por Resolución N° 46-SSHA/22, se aprobó el ajuste presupuestario para la

liquidación de las Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios que nos ocupan;

Que, ponderando el requerimiento en cuestión, resulta procedente dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase la prestación de tareas adicionales por la cantidad de

TREINTA Y CUATRO MIL VEINTE (34.020) Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios para días hábiles y VEINTISIETE MIL OCHOCIENTAS OCHENTA Y

CINCO (27.885) Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios para días

inhábiles, a favor del personal de este Ministerio, para el período 1° de enero al 31 de

diciembre de 2022.

Artículo 2°.- El costo total que demandará la aplicación de lo dispuesto en el artículo

precedente, asciende a la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS

SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO ($ 9.468.281), cifra que

incluye Sueldo Anual Complementario y Contribución Patronal.

Artículo 3°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, tomará los recaudos necesarios con relación a lo

dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 4°.- Comuníquese a la Dirección General Administración y Desarrollo de

Recursos Humanos de este Ministerio y, para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la

Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos, ambas del Ministerio de Hacienda y

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

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Finanzas. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 213-MHFGC-MSGC/22 exceptua por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, a todo el personal de la Planta Orgánica del Ministerio de Salud de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1202/05 y que fueran autorizados por Resolución Conjunta N° 1075-MHFGC-MSGC/22.</p>