RESOLUCIÓN 262 2022 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE SUSTITUYEN LOS ANEXOS I II Y III - RESOLUCIÓN 356-MJYSGC/18 - REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PERSONAL QUE PRESTA EL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - SOLICITUD DE SERVICIOS - SERVICIOS AUXILIARES A LA POLICÍA COMPLEMENTARIA PRESTADOS POR EL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - PERSONAL QUE CUMPLE SERVICIOS AUXILIARES A LA POLICÍA COMPLEMENTARIA PRESTADOS POR EL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - TRAMITACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO CONTINUO - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO DISCONTINUO - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO AUXILIAR DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y DE LOS AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - DISPOSICIONES COMUNES - SECCIÓN A - OBJETO - DURACIÓN - PRESTACIONES - VALORES - PAGO - SEGURIDAD O DEFENSA NACIONAL - RENOVACIÓN AUTOMÁTICA - RESCISIÓN - PERSONAL AFECTADO AL SERVICIO - RECLAMO - DOMICILIO - RESOLUCION DE CONTROVERSIAS - SECCIÓN B - DETALLE DEL SERVICIO CONTRATADO - PRESUPUESTO
Publicación:
12/04/2022
Sanción:
11/04/2022
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y 6.395,
Resolución N° 356/MJYSGC/18, el Expediente N° 13248710-GCABA-DGCOMP/2022,
y
CONSIDERANDO:
Que la ley 5.688 (Texto consolidado Ley 6.347) establece las bases jurídicas e
institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función,
organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e
institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que allí se establece que la seguridad pública implica la acción coordinada y la
interacción permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático,
representativo y republicano, particularmente, los organismos componentes del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
acuerdo al Artículo 3° del referido cuerpo normativo;
Que de conformidad con el artículo 109 de la citada ley, el Ministerio de Justicia y
Seguridad puede establecer el servicio de Policía Complementaria, reglamentar sus
condiciones, organizar su prestación y fijar su precio. (...) La asignación de los
servicios complementarios se efectúa priorizando aquéllos servicios particulares que,
por su naturaleza y características de prestación coadyuven al interés público tales
como eventos públicos masivos, eventos deportivos, seguridad bancaria, seguridad en
medios de transporte público y todos aquellos que la autoridad de aplicación defina
como tales;
Que en este sentido, por resolución N° 356/MJYSGC/18 reglamentaria del "Servicio de
Policía Complementaria", se aprobó el procedimiento para la tramitación de solicitud
de Servicio de Policía Complementaria a prestarse en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y el modelo de Convenio de prestación del servicio de
Policía Complementaria;
Que a partir de la sanción de la ley 6.395, se incorporó como componente del Sistema
Integral de Seguridad Pública a los Agentes en Calle, entre quienes se contemplan a
los Agentes de Prevención de la Ciudad y los Agentes de Control de Tránsito y
Seguridad, entre otros;
Que a fin de optimizar la coordinación en el despliegue de los distintos integrantes del
Sistema Integral de Seguridad Pública a la luz de las innovaciones normativas, resulta
conveniente actualizar la reglamentación del servicio de Policía Complementaria;
Que, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica Administrativa y
legal han tomado la debida intervención en el marco de su competencia;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688 (texto consolidado
según Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo I
(IF-2022-13532611-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo II
(IF-2022-13532917-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 3°.- Sustitúyese el Anexo III de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo
III (IF-2022-13533182-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 4°.- Facúltese a las Subsecretarías de Capital Humano y de Seguridad
Ciudadana y Orden Público a dictar las normas procedimentales para el efectivo
cumplimiento de la presente.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en Orden
del Día de la Policía de la Ciudad, comuníquese al Jefe de la Policía de la Ciudad, a la
Subsecretaría de Capital Humano, a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y
Orden Público, y comuníquese y pase a la Dirección General Compensaciones.
Cumplido, archívese. D'Alessandro