RESOLUCIÓN 262 2022 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Síntesis:

SE SUSTITUYEN LOS ANEXOS I II Y III - RESOLUCIÓN 356-MJYSGC/18 - REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PERSONAL QUE PRESTA EL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - SOLICITUD DE SERVICIOS - SERVICIOS AUXILIARES A LA POLICÍA COMPLEMENTARIA PRESTADOS POR EL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - PERSONAL QUE CUMPLE SERVICIOS AUXILIARES A LA POLICÍA COMPLEMENTARIA PRESTADOS POR EL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - TRAMITACIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DE SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO CONTINUO - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO DISCONTINUO - DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS - TRAMITACIÓN DEL SERVICIO AUXILIAR DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN Y DE LOS AGENTES DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD - DISPOSICIONES COMUNES - SECCIÓN A - OBJETO - DURACIÓN - PRESTACIONES - VALORES - PAGO - SEGURIDAD O DEFENSA NACIONAL - RENOVACIÓN AUTOMÁTICA - RESCISIÓN - PERSONAL AFECTADO AL SERVICIO - RECLAMO - DOMICILIO - RESOLUCION DE CONTROVERSIAS - SECCIÓN B - DETALLE DEL SERVICIO CONTRATADO - PRESUPUESTO 

Publicación:

12/04/2022

Sanción:

11/04/2022

Organismo:

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y 6.395,

Resolución N° 356/MJYSGC/18, el Expediente N° 13248710-GCABA-DGCOMP/2022,

y

CONSIDERANDO:

Que la ley 5.688 (Texto consolidado Ley 6.347) establece las bases jurídicas e

institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función,

organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e

institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y

estrategias de seguridad pública;

Que allí se establece que la seguridad pública implica la acción coordinada y la

interacción permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático,

representativo y republicano, particularmente, los organismos componentes del

Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de

acuerdo al Artículo 3° del referido cuerpo normativo;

Que de conformidad con el artículo 109 de la citada ley, el Ministerio de Justicia y

Seguridad puede establecer el servicio de Policía Complementaria, reglamentar sus

condiciones, organizar su prestación y fijar su precio. (...) La asignación de los

servicios complementarios se efectúa priorizando aquéllos servicios particulares que,

por su naturaleza y características de prestación coadyuven al interés público tales

como eventos públicos masivos, eventos deportivos, seguridad bancaria, seguridad en

medios de transporte público y todos aquellos que la autoridad de aplicación defina

como tales;

Que en este sentido, por resolución N° 356/MJYSGC/18 reglamentaria del "Servicio de

Policía Complementaria", se aprobó el procedimiento para la tramitación de solicitud

de Servicio de Policía Complementaria a prestarse en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y el modelo de Convenio de prestación del servicio de

Policía Complementaria;

Que a partir de la sanción de la ley 6.395, se incorporó como componente del Sistema

Integral de Seguridad Pública a los Agentes en Calle, entre quienes se contemplan a

los Agentes de Prevención de la Ciudad y los Agentes de Control de Tránsito y

Seguridad, entre otros;

Que a fin de optimizar la coordinación en el despliegue de los distintos integrantes del

Sistema Integral de Seguridad Pública a la luz de las innovaciones normativas, resulta

conveniente actualizar la reglamentación del servicio de Policía Complementaria;

Que, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica Administrativa y

legal han tomado la debida intervención en el marco de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688 (texto consolidado

según Ley N° 6.347),

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo I

(IF-2022-13532611-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente

resolución.

Artículo 2°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo II

(IF-2022-13532917-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente

resolución.

Artículo 3°.- Sustitúyese el Anexo III de la Resolución 356/MJYSGC/18, por el Anexo

III (IF-2022-13533182-GCABA-MJYSGC) que forma parte integrante de la presente

resolución.

Artículo 4°.- Facúltese a las Subsecretarías de Capital Humano y de Seguridad

Ciudadana y Orden Público a dictar las normas procedimentales para el efectivo

cumplimiento de la presente.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en Orden

del Día de la Policía de la Ciudad, comuníquese al Jefe de la Policía de la Ciudad, a la

Subsecretaría de Capital Humano, a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y

Orden Público, y comuníquese y pase a la Dirección General Compensaciones.

Cumplido, archívese. D'Alessandro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6356- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6356- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6356- ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1 de la Resolución 262/MJYSGC/22, sustituye el Anexo I de la Resolución 356/MJYSGC/18.</p><p>Art. 2 Sustituye el Anexo II.</p><p>Art.3 Sustituye el Anexo III.</p>