RESOLUCIÓN 356 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 12-MJYSGC-17 - SE APRUEBA REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUD DE SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - PAGO - SOLICITUDES - VIGILANCIA A PERSONAS - COSAS - LUGARES - ORGANISMOS PÚBLICOS DE CUALQUIER JURISDICCIÓN - PERSONAS HUMANAS O JURÍDICAS - CONTINUO - DISCONTINUO - MÓDULOS - EFECTIVOS POLICIALES - POLICÍAS - CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - AGENTES - PERSONAL - CUSTODIA - EVENTOS - TRAMITACIÓN -
Publicación:
24/04/2018
Sanción:
10/04/2018
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
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Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en:
ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO:
Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), 5.688, el Convenio N°
1/16 aprobado mediante Resolución N° 298/LCBA/15, el Decreto N° 221/2017, las
Resoluciones Nros. 12/MJYSGC/17 y 440/MJYSGC/17, el Expediente N° 2018-
09584241-DGSCS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el "Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
efectivos de la Policía Federal Argentina que cumplen funciones de seguridad en
materias no federales en el ámbito territorial local;
Que mediante Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación de la Policía de la Ciudad y estableció en su
artículo 107 el Servicio de Policía Complementaria, autorizando al Ministro de Justicia
y Seguridad a reglamentar sus condiciones, organizar su prestación y fijar su precio;
Que en consecuencia se dictó la Resolución N° 12/MJYSGC/17 mediante la cual se
aprobó la reglamentación del "Servicio de Policía Complementaria" de la Policía de la
Ciudad, y el procedimiento para la tramitación de solicitud de Servicio de Policía
Complementaria a prestarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos;
Que atento las necesidades puestas de manifiesto por la Dirección General Servicios
Complementarios de Seguridad, dependiente de la Subsecretaría Gestión
Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, resulta conveniente dejar sin
efecto lo dispuesto por Resolución N° 12/MJYSGC/17, y actualizar los procedimientos
referidos;
Que los Agentes de Prevención dependientes de la Subsecretaría de Prevención del
Delito participan con frecuencia en operativos de seguridad en eventos masivos,
cumpliendo servicios auxiliares a aquéllos prestados por los efectivos policiales en el
marco del servicio de Policía Complementaria. Esta intervención permite cubrir
funciones de bajo riesgo con agentes públicos no policiales y no armados y contribuye
a implementar una concepción de la seguridad urbana basada en los conceptos de
prevención comunitaria y mediación en los potenciales conflictos, y constituye un
avance en la construcción de un abordaje más democrático y comunitario de la
seguridad urbana;
Que por otra parte, el principio de equidad impone que quien organiza una actividad
lucrativa y requiere para su concreción un servicio de seguridad más intenso o
focalizado - y que por lo tanto demanda más recursos - que el brindado en forma
general en todo el territorio de la Ciudad, asuma el costo diferencial de este servicio
especial, puesto que de otra manera traslada a todos los contribuyentes de la Ciudad -
y en particular a los más vulnerables - parte de los costos de organización de su
emprendimiento lucrativo;
Que, en suma, resulta conveniente incorporar dentro de la reglamentación del servicio
de Policía Complementaria, la actuación de los miembros del Cuerpo de Agentes de
Prevención regulado por el Decreto N° 221/17 y la Resolución N° 440/MJYSGC/17.
Por ello, y de acuerdo con las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N°12/MJYSGC/17.
Artículo 2°.- Apruébase la reglamentación del "Servicio de Policía Complementaria" de
la Policía de la Ciudad que como Anexo I (IF-2018-10029460-MJYSGC) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébase el procedimiento para la tramitación de solicitud de Servicio de
Policía Complementaria a prestarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires que como Anexo II, (IF-2018-10029376-MJYSGC) forma parte integrante de la
presente.
Artículo 4°.- Apruébase el modelo de Convenio de prestación del servicio de Policía
Complementaria que como Anexo III (IF-2018-10029369-MJYSGC) forma parte
integrante de la presente.
Artículo 5°.- Facúltase a la Dirección General Servicios Complementarios de
Seguridad para elaborar y aprobar los formularios de solicitud del "Servicio de Policía
Complementaria" y determinar la documentación que deben acompañar los
solicitantes.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sr. Jefe de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Seguridad, a la
Secretaría de Administración de Seguridad, a las Subsecretarías de Prevención del
Delito, de Seguridad Ciudadana y de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos
de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Ministerio de Hacienda.
Cumplido, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad,
fecho pase a la Secretaría de Administración de Seguridad. Ocampo