RESOLUCIÓN 1658 2025 MINISTERIO DE SEGURIDAD
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 356-MJYSGC/18 - REGLAMENTACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUD DE SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA
Publicación:
06/01/2026
Sanción:
30/12/2025
Organismo:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
VISTO: La Ley N° 5.688 y N° 6.684 (ambos con texto consolidado según Ley N°
6.764), la Resolución N° 356/MJYSGC/18 y modificatorias, la Comunicación Oficial N°
NO-2025-49912449-GCABA-DGOPU y el Expediente Electrónico N° 54785222-
GCABA-DGARHC/2025, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios N° 6.684 establece entre las competencias del Ministerio de
Seguridad, elaborar, implementar y evaluar las políticas y estrategias de seguridad
pública y las directivas generales y específicas necesarias para su gestión y control,
así como la dirección específica y coordinación de las fuerzas policiales de la Ciudad;
Que asimismo, la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.764) creó la Policía
de la Ciudad y estableció en su artículo 109 el Servicio de Policía Complementaria,
autorizando al entonces Ministro de Justicia y Seguridad, actual Ministro de Seguridad,
a reglamentar sus condiciones, organizar su prestación y fijar su precio;
Que la Resolución N° 356/MJYSGC/18 aprobó la reglamentación del "Servicio de
Policía Complementaria" de la Policía de la Ciudad y el "Servicio Auxiliar a la Policía
Complementaria prestado por los Cuerpos de Agentes de Prevención y de Tránsito y
Seguridad", como también el procedimiento para la tramitación de solicitud de dicho
servicio, a prestarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en virtud del artículo 21 del Anexo I de la Resolución N° 356/MJYSGC/18 se
estableció para el desempeño de los servicios auxiliares a la Policía Complementaria a
prestar por el Cuerpo de Agentes de Prevención y Agentes de Tránsito y Seguridad el
tope máximo de ocho (8) horas diarias;
Que asimismo y mediante la Comunicación Oficial N° NO-2025-49912449-GCABA-
DGOPU el Director General de Orden Público dependiente del Ministerio de
Seguridad, solicitó con el V.B. del Subsecretario de Seguridad Comunal y Orden
Público, teniendo en cuenta las condiciones operativas actuales del personal que
cumple los citados servicios, se considere la modificación del mencionado artículo,
estableciendo un tope máximo de 12 horas;
Que conforme se desprende de la Providencia N° PV-2025-54826996-GCABA-
DGARHC el Director General de Recursos Humanos y Compensaciones, considera
oportuno propiciar el incremento del tope máximo en 12 horas de servicio para los
servicios prestados por el cuerpo de Agentes de Prevención y de Agentes de Tránsito
y Seguridad;
Que por su parte, ha tomado intervención la Subsecretaría de Capital Humano, como
así también la Secretaría de Coordinación;
Que asimismo, ha tomado intervención la Dirección General Técnica Administrativa y
Legal del Ministerio de Seguridad.
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por las Leyes Nros. 5.688 y 6.684,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2022-13532611-GCABA-MJYSGC) aprobado por la
Resolución N° 356/MJYSGC/18 por el Anexo I (IF-2025-55730699-GCABA-DGARHC)
que a todos sus efectos forma parte integrante la presente resolución, a partir del día
de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura de
la Policía de la Ciudad, a la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, a la Subsecretaría de
Seguridad Comunal y Orden Público, a la Secretaría de Coordinación, a la
Subsecretaría de Capital Humano, a la Dirección General Administración de Recursos
Humanos y Compensaciones, a la Dirección General Tesorería y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívar. Giménez