RESOLUCIÓN 326 2026 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

SUSTITUYE ANEXO I - RESOLUCIÓN 356-MJYSGC-18 - APRUEBA REGLAMENTACIÓN  SERVICIO DE POLICÍA COMPLEMENTARIA - POLICÍA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE SEGURIDAD

Publicación:

25/03/2026

Sanción:

17/03/2026

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: Las Leyes 5.688 y 5.847 (textos consolidados según Ley 6.764), el Decreto

399/17, la Resolución 356/GCABA/MJYSGC/18, y los Expedientes EX-2025-

53922645-GCABA-SOPE y EX-2026-05933773-GCABA-DGARHC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 5.688, creó la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y

el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

determinando las bases jurídicas e institucionales que rigen la relación de empleo del

personal de dichas Instituciones;

Que asimismo, el artículo 12 de la norma precitada establece que: "El Ministerio de

Justicia y Seguridad es responsable de la planificación estratégica de las políticas de

seguridad pública basándose en las siguientes funciones [...] 6. La gestión

administrativa general de la Policía de la Ciudad en todo lo que compete a la dirección

de los recursos humanos, la reglamentación del servicio de policía complementaria y

del servicio complementario de prevención de incendios, la planificación y ejecución

presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la

planificación y gestión logística e infraestructural y la asistencia y asesoramiento

jurídico-legal";

Que por su parte, el artículo 109 de la norma mencionada refiere que: "El Ministerio de

Justicia y Seguridad puede establecer el servicio de Policía Complementaria,

reglamentar sus condiciones, organizar su prestación y fijar su precio [...] La

asignación de los servicios complementarios se efectúa priorizando aquéllos servicios

particulares que, por su naturaleza y características de prestación coadyuven al interés

público tales como eventos públicos masivos, eventos deportivos, seguridad bancaria,

seguridad en medios de transporte público y todos aquellos que la autoridad de

aplicación defina como tales";

Que a su vez, a través de la Resolución 356/GCABA/MJYSGC/2018 se aprobó la

reglamentación del "Servicio de Policía Complementaria" de la Policía de la Ciudad a

prestarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en virtud de ello, el Anexo I de la citada resolución, en su artículo 7, establece

que: "El servicio de policía complementaria es prestado exclusivamente por el personal

de la Policía de la Ciudad con estado policial que se encuentra en actividad y en

servicio efectivo, perteneciente a los cuadros de Oficiales de Supervisión, Oficiales

Operativos y por el personal que se hubiere retirado en la Policía de la Ciudad en los

grados mencionados y se encuentre llamado a prestar servicios. Sin embargo, dentro

de los cuadros de Oficiales de Dirección y Superiores, las jerarquías de Subcomisario,

Comisario y Comisario Inspector, que se encuentren en actividad y servicio efectivo,

podrán prestar servicios complementario discontinuos, en aquellos eventos que se

desarrollen en el marco de lo definido por el artículo 2° de la Ley 5.847 (texto

consolidado según Ley N° 6.764), así como también en los que por su característica

de masividad y de operación, requieran la intervención, ejecución y planificación de los

servicios por parte de dichos Oficiales. Asimismo, el personal llamado a prestar

servicios debe cumplir, en todos los casos, las condiciones establecidas en los incisos

b), c) y d) de la reglamentación del artículo 111 de la Ley N° 5.688 contenida en el

Anexo I del Decreto N° 399/17";

Que asimismo, en el marco del Expediente EX-2025-53922645-GCABA-SOPE, la

Dirección Prevención en Eventos Masivos dependiente del Ministerio de Seguridad,

solicitó incorporar al artículo 7, del mencionado Anexo I, la inclusión del grado de

Comisario Mayor dentro del régimen de prestación del Servicio de Policía

Complementaria;

Que en este sentido, el Jefe de la Policía de la Ciudad tomó intervención otorgando

conformidad a la prosecución del trámite;

Que consecuentemente, la Dirección General Administración de Recursos Humanos y

Compensaciones, la Subsecretaría Capital Humano y la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal han tomado la debida intervención de sus competencias;

Que al respecto, los Secretarios de Coordinación y de Seguridad otorgaron

conformidad elevando las actuaciones para su continuidad;

Que en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las

intervenciones de las áreas competentes, corresponde el dictado del acto

administrativo que dispone la modificación del Anexo I de la Resolución

356/GCABA/MJYSGC/18;

Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley 5.688,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I de la Resolución 356/GCABA/MJYSGC/18 por el

Anexo I (IF-2026-05949208-GCABA-DGARHC) que a todos sus efectos forma parte

integrante la presente resolución.

Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, comunicar a la Dirección General Tesorería y a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la Jefatura y Subjefatura de la Policía de la

Ciudad, , a la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, a la Subsecretaría de Seguridad

Ciudadana y Orden Público, a la Oficina de Transparencia y Control Externo de la

Policía de la Ciudad, a la Secretaría de Coordinación, a la Subsecretaría Capital

Humano, a la Dirección Apoyo Administrativo y Asistencia Policial, a la Obra Social del

Personal de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Comunicar

y pasar a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y

Compensaciones para su conocimiento para su conocimiento y demás efectos.

Cumplido, archivar. Giménez


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7330

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 326-MSEGC-26 sustituye el Anexo I de la Resolución 356/GCABA/MJYSGC/18</p>