DISPOSICIÓN 53 2022 DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA
Síntesis:
SE FIJAN - ARANCELES MÁXIMOS - ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE GESTIÓN PRIVADA QUE PERCIBE APORTE GUBERNAMENTAL - A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2022
Publicación:
13/04/2022
Sanción:
25/03/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA
VISTO: La Ley 24.240, los Decretos Nros 2.542-PEN/91, 2.417-PEN/93, 463-AJG/19 y
128-AJG/20, las Resoluciones Nros. 567-MEGC/08 y N° 960 MEGC/09, la
Resolución N° 678-SICM/99 y la Disposición N°527-DGEGP/21, el Expediente
Electrónico N° 11475274-GCABA-DGEGP/22, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2542-PEN/91 crea la Comisión Asesora honoraria determinada por
los artículos 12 y 13, la cual ha sido conformada en la jurisdicción por la Disposición
N°150-GCABA-DGEGP/20 y la Disposición N° 68-GCABA-DGEGP/21;
Que de acuerdo con lo establecido por las normas que regulan el sistema de
financiamiento de la educación pública de gestión privada, corresponde analizar la
actualización del valor de los aranceles y contribuciones de las escuelas que
desarrollan su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en cumplimiento de la normativa vigente corresponde aprobar los criterios a
aplicar para la comunicación a los padres de las pautas arancelarias para el ciclo
lectivo 2022 que han sido elaboradas a partir de la reunión mantenida con la Comisión
Asesora honoraria;
Que, oportunamente, por Disposición N°527-DGEGP/21 se definieron los aranceles
para el Ciclo Lectivo 2022, siendo comunicados oportunamente a los padres;
Que la Resolución N° 678/99 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
fija para los establecimientos educativos de gestión privada, la obligación de informar a
la Autoridad de Aplicación sobre aranceles mensuales, matrícula de inscripción o
reinscripción, cantidad de cuotas, entre otros conceptos, todos ellos correspondientes
al ciclo lectivo subsiguiente;
Que, en igual sentido, los Decretos Nros. 2542-PEN/91 y 2417-PEN/93 estipulan la
fecha de la efectiva comunicación de los nuevos contratos de enseñanza a los padres
o responsables de los alumnos;
Que atento al incremento salarial docente en virtud de la paritaria suscripta entre el
Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los gremios
docentes corresponde analizar el impacto de dicho aumento en los aranceles
oportunamente informados;
Que se ha analizado el impacto de la situación económica respecto de los
establecimientos educativos que perciben aporte gubernamental, así como sobre las
familias y resulta adecuado autorizar una actualización del valor de los aranceles y
contribuciones a cobrarse a partir del mes de abril 2022;
Que en virtud de dicho incremento los establecimientos educativos deberán presentar
ante esta dependencia antes del 29 de abril, del 29 de julio y del 31 de octubre, la
declaración jurada anual de aranceles correspondiente al presente ciclo lectivo,
incluyendo copia de la comunicación enviada a los padres;
Que el presente acto administrativo se realiza en orden a las facultades otorgadas a
esta Dirección General por el Decreto N° 463-AJG/19 y su modificatorio Decreto N°10-
AJG/22.
Por ello,
Artículo 1°.- Fíjanse los aranceles máximos por categoría para el ciclo lectivo 2022 de
establecimientos, niveles, regímenes y modalidades para la enseñanza programática,
que deberán observar las Escuelas Públicas de Gestión Privada que perciben aporte
estatal a partir del 1° de abril de 2022 que como Anexo I (DI-2022-11498017-GCABA-
DGEGP) forma parte integrante de la presente disposición.
Artículo 2°.- Apruébanse las "Pautas para fijar los aranceles y contribuciones que
podrán percibir las Escuelas Públicas de Gestión Privada de la C.A.B.A. para el ciclo
lectivo 2022" y que como Anexo II (DI-2022-11498238-GCABA-DGEGP) forma parte
integrante de la presente disposición.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. Ortíz