DECRETO 6031 1981

Síntesis:

CREACIÓN DE UNA COMISIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN DE NORMAS SOBRE PREVENCIÓN DE INCENDIOS. SINIESTROS

Publicación:

11/11/1981

Sanción:

29/10/1981

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Vistas las Ordenanzas Nros. 36.973 y 37.141, por las que se actualizan, compatibilizándolas con el Código de Planeamiento Urbano las disposiciones contenidas en el Código de la Edificación relativas a las prevenciones contra incendio y se establecen las que regirán para edificios existentes de gran altura, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que dichas normas, resultantes de los estudios realizados con la participación de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal Argentina, contemplan todas las prevenciones aconsejables para disminuir notablemente los perjuicios que en caso de siniestro se ocasiona a las personas y a los bienes de la comunidad;

Que esas medidas de seguridad deben ser revisadas y actualizadas periódicamente en función de la experiencia que se recoja durante su aplicación y de la evolución tecnológica que se produzca en la materia;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1°.- Créase una Comisión Permanente que tendrá por objeto la revisión y actualización bianualmente de las normas contenidas en el Código de la Edificación que legislan sobre prevenciones contra incendio.

Art. 2°.- La Comisión creada por el artículo anterior estará formada por sendos representantes de las Subsecretarías de Desarrollo Urbano y de Inspección General y de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal Argentina.

Art. 3°.- Los representantes que designen dichos organismos quedarán de hecho incorporados a la Comisión creada por el artículo 1° y actuará como coordinadora de todo lo referente a la realización de las respectivas reuniones la representación de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano.

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras Públicas y de Gobierno.

Art. 5°.- Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a las Subsecretarías de Desarrollo Urbano y de Inspección General y previo conocimiento de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, archívese.

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