RESOLUCIÓN 169 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE EXCEPTÚA DE LOS TOPES ANUALES DE UNIDADES RETRIBUTIVAS - POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - PERSONAL DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE DEFENSA CIVIL - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN - SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - ORDEN PÚBLICO Y COORDINACIÓN DE AGENTES - COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MJYSGC - UNIDAD MINISTRO DEL MJYSGC - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ELECCIONES 2021 - ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CABA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DEL MJYSGC - EN LA SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Y SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - SUBSECRETARÍA SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO
Publicación:
20/04/2022
Sanción:
13/04/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Los Decretos Nros. 1202/05 y sus modificatorios, 798/06, 1090/08, la
Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022, y Expediente Electrónico N° 12625381-
GCABA-DGTALMJYS-2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se propicia exceptuar de los topes anuales de
Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), autorizados por
Resolución N° 227GCABA-/MJYSGC/2022, a diferentes reparticiones del Ministerio de
Justicia y Seguridad;
Que el Decreto N° 1202/05 y modificatorios, reglamenta el otorgamiento de Unidades
Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones
que deben ser cumplidos por los agentes gubernamentales y cuyo desarrollo exceden
las jornadas normales de labor;
Que el Decreto N° 798/06, modifica el artículo 6° del Decreto N° 1202/05, autorizando
a los Ministros a habilitar prestaciones remuneradas mediante el presente sistema,
determinando también que el tope anual de URSE por agente no podrá excederse de
DOSCIENTAS SETENTA Y CINCO (275) cuando las mismas sean realizadas en días
hábiles y de CIENTO TREINTA Y SIETE (137) cuando se realicen en días inhábiles;
Que por Decreto 1090/98 se facultó a los Señores Ministros del área requirente y al
entonces Ministro de Hacienda a dictar en forma conjunta la norma que autorice
superar los topes de URSE establecidos por el artículo 6° del Decreto N° 1202/05 y
modificatorios;
Que la Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022, autorizó la prestación de tareas
adicionales por el sistema de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios
(URSE), para el personal que presta servicios, en las Direcciones Generales de
Defensa Civil; Logística; de Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y
Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes, Orden Público y Coordinación de
Agentes, Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención, Técnica
Administrativa y Legal; Unidad Ministro; Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en
el Futbol de la CABA; Unidad de Auditoría Interna; en la Subsecretaría de
Emergencias y Subsecretaría de Justicia, Subsecretaría Seguridad Ciudadana y
Orden Público, todas dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad; por el
período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022;
Que las mencionadas dependencias solicitaron la excepción al tope establecido en el
Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios y autorizado mediante la Resolución N°
227/GCABA-MJYSGC/2022 con motivo de la realización de tareas específicas que
justifican la solicitud realizada;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de exceptuar
de los topes establecidos en la normativa vigente al personal que presta servicios en
las Reparticiones en cuestión;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 1090/08
y su complementario,
Artículo 1°.- Exceptúase, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2022 y
el 31 de diciembre de 2022, al personal que presta servicios en las Direcciones
Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia
Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes; Orden Público y
Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de
Prevención; Técnica Administrativa y Legal del MJYSGC; Unidad Ministro del
MJYSGC; Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales
Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de
Auditoría Interna del MJYSGC; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría
de Justicia; Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, de los topes anuales
de Unidades Retributivas por servicios extraordinarios (URSE) establecidos en el
artículo 6° del Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios y autorizados por
Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de
Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de
Bienes; Orden Público y Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo
de Agentes de Prevención; Técnica Administrativa y Legal; Unidad Ministro; Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e
Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de Auditoría
Interna; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría de Justicia;
Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, todas dependientes del
Ministerio de Justicia y Seguridad, para su conocimiento y demás efectos remítase a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. D'Alessandro - Mura