RESOLUCIÓN 169 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXCEPTÚA DE LOS TOPES ANUALES DE UNIDADES RETRIBUTIVAS - POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - PERSONAL DE LAS DIRECCIONES GENERALES DE DEFENSA CIVIL - LOGÍSTICA - GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS - JUSTICIA REGISTRO Y MEDIACIÓN - SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES - ORDEN PÚBLICO Y COORDINACIÓN DE AGENTES - COORDINACIÓN OPERATIVA DEL CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MJYSGC - UNIDAD MINISTRO DEL MJYSGC - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ELECCIONES 2021 - ACTIVOS DIGITALES TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - COMITÉ DE SEGURIDAD EN EL FÚTBOL DE LA CABA - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DEL MJYSGC - EN LA SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Y SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - SUBSECRETARÍA SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO

Publicación:

20/04/2022

Sanción:

13/04/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Los Decretos Nros. 1202/05 y sus modificatorios, 798/06, 1090/08, la

Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022, y Expediente Electrónico N° 12625381-

GCABA-DGTALMJYS-2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto, se propicia exceptuar de los topes anuales de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), autorizados por

Resolución N° 227GCABA-/MJYSGC/2022, a diferentes reparticiones del Ministerio de

Justicia y Seguridad;

Que el Decreto N° 1202/05 y modificatorios, reglamenta el otorgamiento de Unidades

Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones

que deben ser cumplidos por los agentes gubernamentales y cuyo desarrollo exceden

las jornadas normales de labor;

Que el Decreto N° 798/06, modifica el artículo 6° del Decreto N° 1202/05, autorizando

a los Ministros a habilitar prestaciones remuneradas mediante el presente sistema,

determinando también que el tope anual de URSE por agente no podrá excederse de

DOSCIENTAS SETENTA Y CINCO (275) cuando las mismas sean realizadas en días

hábiles y de CIENTO TREINTA Y SIETE (137) cuando se realicen en días inhábiles;

Que por Decreto 1090/98 se facultó a los Señores Ministros del área requirente y al

entonces Ministro de Hacienda a dictar en forma conjunta la norma que autorice

superar los topes de URSE establecidos por el artículo 6° del Decreto N° 1202/05 y

modificatorios;

Que la Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022, autorizó la prestación de tareas

adicionales por el sistema de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

(URSE), para el personal que presta servicios, en las Direcciones Generales de

Defensa Civil; Logística; de Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y

Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes, Orden Público y Coordinación de

Agentes, Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención, Técnica

Administrativa y Legal; Unidad Ministro; Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en

el Futbol de la CABA; Unidad de Auditoría Interna; en la Subsecretaría de

Emergencias y Subsecretaría de Justicia, Subsecretaría Seguridad Ciudadana y

Orden Público, todas dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad; por el

período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022;

Que las mencionadas dependencias solicitaron la excepción al tope establecido en el

Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios y autorizado mediante la Resolución N°

227/GCABA-MJYSGC/2022 con motivo de la realización de tareas específicas que

justifican la solicitud realizada;

Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a fin de exceptuar

de los topes establecidos en la normativa vigente al personal que presta servicios en

las Reparticiones en cuestión;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 1090/08

y su complementario,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptúase, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2022 y

el 31 de diciembre de 2022, al personal que presta servicios en las Direcciones

Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia

Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes; Orden Público y

Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de

Prevención; Técnica Administrativa y Legal del MJYSGC; Unidad Ministro del

MJYSGC; Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales

Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de

Auditoría Interna del MJYSGC; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría

de Justicia; Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, de los topes anuales

de Unidades Retributivas por servicios extraordinarios (URSE) establecidos en el

artículo 6° del Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios y autorizados por

Resolución N° 227/GCABA-MJYSGC/2022.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de

Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de

Bienes; Orden Público y Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo

de Agentes de Prevención; Técnica Administrativa y Legal; Unidad Ministro; Unidad de

Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e

Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de Auditoría

Interna; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría de Justicia;

Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, todas dependientes del

Ministerio de Justicia y Seguridad, para su conocimiento y demás efectos remítase a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. D'Alessandro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.1 de la Resolución Conjunta 169/MHFGC/22, exceptua, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, al personal que presta servicios en las Direcciones Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes; Orden Público y Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención; Técnica Administrativa y Legal del MJYSGC; Unidad Ministro del MJYSGC; Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de Auditoría Interna del MJYSGC; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría de Justicia; Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, de los topes anuales de Unidades Retributivas por servicios extraordinarios (URSE) establecidos en el artículo 6° del Decreto 1202/GCABA/05. </p>
INTEGRA
<p>Art.1 de la Resolución Conjunta 169/MHFGC/22, exceptua, por el período comprendido desde el 01 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, al personal que presta servicios en las Direcciones Generales de Defensa Civil; Logística; Guardia de Auxilio y Emergencias; Justicia Registro y Mediación; Seguridad Privada y Custodia de Bienes; Orden Público y Coordinación de Agentes; Coordinación Operativa del Cuerpo de Agentes de Prevención; Técnica Administrativa y Legal del MJYSGC; Unidad Ministro del MJYSGC; Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Elecciones 2021; Activos Digitales Tecnología e Informática; Comité de Seguridad en el Fútbol de la CABA; Unidad de Auditoría Interna del MJYSGC; en la Subsecretaría de Emergencias y Subsecretaría de Justicia; Subsecretaría Seguridad Ciudadana y Orden Público, de los topes anuales de Unidades Retributivas por servicios extraordinarios (URSE) establecidos en el artículo 6° del Decreto 1202/GCABA/05 y sus modificatorios y autorizados por Resolución 227/GCABA-MJYSGC/2022.</p>