RESOLUCIÓN 502 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

SE APRUEBA - PROSECUCIÓN - PROGRAMA - FORMACIÓN DE ADOLESCENTES PROMOTORES EN DERECHOS - PERÍODO MARZO A DICIEMBRE DE 2022 - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

27/04/2022

Sanción:

25/04/2022

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N° 361-

CDNNyA/13 y sus modificatorias, la Resolución N° 425-CDNNyA/17, el Expediente

Electrónico N° 12880231-GCABA- CDNNYA/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6347) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes;

Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y

administrativa y autarquía financiera;

Que por la Resolución N° 361-CDNNyA/13 y sus modificatorias se aprobó la creación

del Programa "Formación de Adolescentes Promotores en Derechos" bajo la órbita del

Departamento de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana, entonces

dependiente de la Dirección General de Programas Descentralizados de este Consejo,

el que tiene por objeto promover el desarrollo de las capacidades y habilidades de

los/as adolescentes en materia de derechos humanos, basado en actividades de

participación que se llevan a cabo en distintas instituciones de las Comunas,

proponiendo crear un espacio territorial de reflexión y discusión entre pares;

Que por la Resolución N° 425-CDNNyA/17 se modificaron las dependencias de las

distintas áreas de este Consejo, transfiriéndose el mencionado Departamento de

Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana bajo la órbita de la Presidencia del

organismo;

Que mediante IF-2022-13431809-GCABA-CDNNYA se solicitó arbitrar los medios a fin

de garantizar la continuidad del Programa "Formación de Adolescentes Promotores en

Derechos" durante el período comprendido entre los meses de marzo y diciembre de

2022, aclarándose al respecto que se cuenta con un presupuesto total anual de

PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL ($ 780.000.-) a fin de solventar las becas no

remunerativas para quienes participen en el mencionado Programa;

Que la Dirección Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección

General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo, tomó intervención en el

ámbito de su competencia e informó que existe crédito suficiente para afrontar la

erogación en cuestión;

Que por las consideraciones vertidas precedentemente, resulta procedente dictar el

acto administrativo por el que se apruebe la prosecución del Programa "Formación de

Adolescentes Promotores en Derechos" durante el período comprendido entre los

meses de marzo y diciembre de 2022, asignándose para las becas de carácter no

remunerativas otorgadas a los/as participantes del mencionado Programa un

presupuesto total anual de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL ($ 780.000.-);

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado

por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,

LA PRESIDENTE

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese la prosecución del Programa "Formación de Adolescentes

Promotores en Derechos" durante el período comprendido entre los meses de marzo y

diciembre del año 2022, asignándose para las becas de carácter no remunerativas

otorgadas a los/as participantes del mencionado Programa un presupuesto total anual

de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL ($ 780.000.-).

Artículo 2°.- Establézcase que el/la titular del Departamento de Capacitación,

Promoción y Participación Ciudadana y/o Dirección Operativa de Articulación

Institucional Área Presidencia enviará mediante comunicación oficial el último día hábil

de cada mes a la Dirección Operativa de Gestión Financiera de la Dirección General

Legal Técnica y Administrativa de este Consejo, el importe a abonar a cada

adolescente que se encuentre participando en el Programa.

Artículo 3°.- El presente gasto fue imputado a la partida presupuestaria

correspondiente al ejercicio 2022.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección Operativa de

Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y

Administrativa de este Consejo, y pase a el/la responsable del Programa -el/la titular

del Departamento de Capacitación, Promoción y Participación Ciudadana del

organismo-, para su conocimiento y demás efectos. Leguizamón

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 502-CDNNYA/22 aprueba la prosecución del Programa “Formación de Adolescentes Promotores en Derechos” durante el período comprendido entre los meses de marzo y diciembre del año 2022.</p>