DISPOSICIÓN 88 2022 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Síntesis:

SE MODIFICA - PROTOCOLO N° 017 - TITULADO - OPERATIVO DE CONTROL DE VELOCIDAD - DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

Publicación:

04/05/2022

Sanción:

29/04/2022

Organismo:

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), 5.688 (texto

consolidado por la Ley N° 6.347), 6.292, los Decretos Nros. 463/GCABA/19 y sus

modificatorios, las Disposiciones Nros. 124/DGCATRA/20, 11/DGCATRA/2022, el

expediente electrónico N° 13008459/DGCATRA/2022, y

CONSIDERANDO:

Que el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito es la autoridad de control del

tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según lo determinado

en el artículo 1.1.3 del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148 y

sus modificatorias (texto consolidado por la Ley N° 6.347);

Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N°

6.347), se instituyó el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, que en su artículo 499 estableció que el Cuerpo de Tránsito y

Transporte es un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que

tiene como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y

Transporte, el ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular, incluido todo

tipo de transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención,

seguridad vial y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas

de educación vial que se establezcan;

Que por su parte, el art. 505 de la misma Ley, dispone que el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito está a cargo de un Director General que tendrá las funciones que

le otorga el art. 507 que a su vez, faculta al Director General a dirigirlo ejecutiva y

operativamente, así como también velar por el cumplimiento de las funciones de dicho

cuerpo;

Que la Ley N° 6.292 estableció la estructura ministerial y las competencias

actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que de acuerdo con las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Cuerpo

de Agentes de Tránsito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuestas

mediante el Decreto N° 463/19 y su modificatorio 215/21, entre ellas la de fiscalizar y

controlar el cumplimiento de las normas viales, en coordinación con las reparticiones

coincidentes en ese objetivo y con las fuerzas policiales y de seguridad que actúan en

el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que resulta menester tener en cuenta la importancia institucional del Cuerpo de

Agentes de Tránsito en el Sistema Integral de Seguridad Pública, como así también en

la prevención y constatación de infracciones a la normativa de faltas y contravencional,

lo que torna imperiosa la implementación de nuevas modalidades y estrategias en el

empleo de los recursos, tanto materiales como humanos, que tiendan a la eficiencia y

eficacia de los mismos;

Que, en función de estos objetivos, oportunamente se aprobaron los reglamentos

establecidos en el "Manual de procedimientos Operativos", por medio de la

Disposición N° 124/DGCATRA/20 y sus modificatorias, referida a los procedimientos

desplegados por el personal dependiente de esta Dirección General;

Que, en razón de la dinámica operacional que involucra la actuación del Cuerpo de

Agentes de Tránsito en el contexto descripto, resulta necesario y oportuno dictar el

presente acto administrativo con el objeto de actualizar el Protocolos N° 17 titulado

"Operativo de Control de Velocidad", aprobado por la Disposición N°

124/DGCATRA/20;

Que la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad ha tomado intervención y prestado

conformidad con el trámite aquí propiciado;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias conforme el Decreto N°

463/GCABA/19 y sus modificatorios;

EL DIRECTOR GENERAL

DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

DISPONE:

Artículo 1°.- Modifíquese el Protocolo N° 017 titulado "Operativo de Control de

Velocidad", aprobado por la Disposición N° 124/DGCATRA/20, por lo preceptuado en

el Anexo IF N° IF-2022-16069723-GCABA-DGCATRA, que forma parte integrante del

presente acto dispositivo.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese para su conocimiento a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas y a

la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad. Cumplido, archívese. Ricciardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6370

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 41/DGCATRA/24, deja sin efecto la Disposición Nº 88/DGCATRA/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 88-DGCATRA/22 modifica el Protocolo N° 017 titulado Operativo de Control de Velocidad”, aprobado por la Disposición N° 124-DGCATRA/20.</p>