RESOLUCIÓN 81 2022 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
Síntesis:
SE SUSTITUYE ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 130-SSGEFYAR-21 - PROGRAMA COOPERAR EN COMUNIDAD - PROMOVER EL TRABAJO EN CONJUNTO ENTRE LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS - CONDUCCIONES ESCOLARES Y LA COMUNIDAD EDUCATIVA - SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERAY ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS
Publicación:
09/05/2022
Sanción:
13/04/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
VISTO: la Ley Nacional N° 26.759, la Ordenanza N° 35.514 (texto consolidado por Ley
N° 6.347), el Decreto N° 578/16, N° 130-GCABA-SSGEFYAR/21, el Expediente
Electrónico N° EX-2021-12927500- -GCABA-DGSE, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.759 de Cooperadoras Escolares, en su artículo 3°,
establece que las respectivas jurisdicciones deben dictar las normas específicas para
promover y regular la creación y el fortalecimiento de las cooperadoras, el
reconocimiento de las ya existentes y el seguimiento y control de su funcionamiento;
Que así también prevé que implementarán un registro en cada jurisdicción y
establecerán el marco normativo que permita a las cooperadoras escolares la
administración de sus recursos;
Que la mencionada norma dispone que las Cooperadoras Escolares podrán recibir
aportes y subsidios que otorguen las autoridades nacionales, provinciales o
municipales;
Que la Ordenanza N° 35.514 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su artículo 11
inciso f) establece que una de las fuentes de recursos de las Asociaciones
Cooperadoras proviene de las subvenciones que le acuerden;
Que mediante Resolución N° 130- GCABA-SSGEFYAR/21 se creó el Programa
Cooperar en Comunidad con la finalidad de promover el trabajo en conjunto entre las
Asociaciones Cooperadoras, las Conducciones Escolares y la comunidad educativa, a
través de la transferencia de un subsidio pensado para solventar gastos
exclusivamente destinados al Proyecto Educativo Institucional, a fin de colaborar en el
proceso educativo de los alumnos y alumnas;
Que, asimismo, en dicho acto se establecieron las bases y condiciones para llevar a
cabo el mentado programa, como así también se determinó como requisito para poder
percibir futuras transferencias referidas al mismo, la presentación de la rendición de
los fondos asignados en el año 2021;
Que, teniendo en consideración la experiencia adquirida en la realización del
Programa durante el año 2021 y siendo necesario introducir modificaciones, resulta
necesario sustituir el Anexo aprobado por la Resolución N° 130-GCABA
SSGEFYAR/21, a los efectos de establecer las nuevas bases y condiciones que
regularan el mencionado Programa para el ciclo lectivo 2022;
Que la Gerencia Operativa Apoyo a Escuelas y Cooperadoras Escolares y la Dirección
General Servicios a las Escuelas promueven el dictado de la presente medida;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete;
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 578/16;
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I (IF-2021-17652059-GCABA-DGSE), aprobado por
Resolución N° 130- GCABA-SSGEFYAR/21, por el Anexo I ( IF-2022-14056697-
GCABA-SSGEFYAR -), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que demande la implementación del presente será imputado a la
Partida Presupuestaria Jurisdicción 55 Unidad Ejecutora 582 Programa 52
Actividad 10.000 Partida 5.1.7.55. Fuente de Financiamiento 11.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a
las Direcciones Generales de Servicios a las Escuelas, de Administración de Recursos
y de Coordinación Legal e Institucional, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese. Tomaghelli